La Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco) actualizó la Resolución SDCU Nº 1670/2022, en la que dispone, entre otras cosas, que todos los proveedores deberán fijar los precios de los productos y servicios ofrecidos a consumidores y usuarios en cifras redondas con las denominaciones del circulante monetario nacional vigente disponible para el comercio y público en general.
El informe señala que en todos los casos el ajuste de precios o redondeo deberá ser favorable al consumidor, sea para arriba o para abajo, de la moneda con denominación de cincuenta guaraníes. Aclararon que con esta normativa se deroga la resolución N° 347/14 del 5 de agosto del 2014. En caso de que el precio de productos y servicios sea cotizado en moneda extranjera que fuera resultante de una transacción con la conversión de la tasa cambiaria del día, también se tendrá que utilizar el sistema.
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La misma se aplicará en todos los comprobantes legales emitidos por comercios, entidades bancarias y financieras, casas de crédito, cooperativas, servicios públicos y demás comercios que utilicen facturas, recibos, extractos bancarios y financieros, de la naturaleza que fueren, y cualquier otro documento en el que se consignen precios al consumidor final.
Así también, indicaron que realizarán el correspondiente control a los locales para garantizar el resguardo de los derechos de los usuarios durante la temporada de liquidaciones y recomendaron a la ciudadanía mantenerse al tanto de los precios anteriores, porcentajes de descuento y precio actual del producto o servicio a ser comprado. “En caso de duda se estará a la interpretación más favorable al consumidor”, explicaron.