La Distribuidora de Combustibles y Asociadas del Paraguay (Dicapar) y la Cámara Distribuidora Paraguaya de Combustible (Cadipar) presentaron la ampliación de una denuncia realizada en setiembre pasado para manifestar que el actuar de Petróleos Paraguayos (Petropar) generó un perjuicio al patrimonio incurriendo en malversación y lesión de confianza.

“Desde la Dicapar y Cadipac se considera que los directivos de Petropar, quienes, al aceptar ocupar sus cargos, también aceptaron y asumieron la obligación de cuidar el patrimonio de la empresa”, explicaron mediante un comunicado. Asimismo, expresaron que la misma nació atendiendo a que existen varias situaciones que deben ser investigadas por el Ministerio Público.

Según indicaron en el documento, se deben adicionar las cesiones de márgenes discrecionales que eran realizadas a favor de distintos operadores, agravándose cada vez más las pérdidas que corresponden a la petrolera. “Claramente, se estarían dando dos situaciones perjudiciales, lo que corresponde el inicio de una investigación de los hechos punibles aquí denunciados”, explicaron.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Leé también: Empresarios de CDE auguran buena perspectiva y mejor clima de negocios tras elecciones en Brasil

Distribuidoras de combustible alegaron que el emblema estatal generó un perjuicio al patrimonio incurriendo en malversación y lesión de confianza. Foto: Cristóbal Núñez.

La mencionada ampliación se dio con base en el reclamo legal presentado por el abogado José Almada, representante de ambos gremios, el 15 de setiembre ante la Unidad Especializada en Delitos Económicos, Anticorrupción, Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo. En aquella ocasión la denuncia se realizó contra personas innominadas, en la cual manifestaron que se estaba realizando una cesión de márgenes discrecionales que son perjudiciales para el erario, puesto que no se ajustan a las normativas vigentes.

Expresaron que esta se realizó nuevamente sobre lo que establece el artículo 192 del Código Penal, que dicta: “El que, con base en una ley, a una resolución administrativa o a un contrato, haya asumido la obligación de proteger un interés patrimonial relevante para un tercero y causara o no evitara, dentro del ámbito de protección que le fue confiado, un perjuicio patrimonial, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa”.

Te puede interesar: Aposta.la, única empresa que cumple requisitos para operar apuestas deportivas en Paraguay

Déjanos tus comentarios en Voiz