El 28 de julio último pasado, en el marco de la XLV Reunión del Pleno de Representantes del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat), en la ciudad de Quito, Ecuador, se aprobó el Informe de Evaluación Mutua de la República de Paraguay, a través del cual se evalúa su sistema Antilavado de Activos y Contra el Financiamiento del Terrorismo ALA/CFT. Esta mañana el Gafilat divulgó el informe, con los resultados de efectividad de la evaluación mutua de Paraguay.
En el reporte, en cuanto al cumplimiento técnico, se señala que Paraguay mejoró notoriamente el marco legal para la lucha contra el Lavado de Activos y Financiamiento de Terrorismo (ALA/CFT). Sobre la efectividad, indica que Paraguay no ingresó a la denominada “lista gris” del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
“El país en materia de efectividad alcanzó un nivel moderado, en línea con los países de la región que pasaron la evaluación, con excepción de lo referente a la investigación, procesamiento y condena de lavado de activos, en donde se calificó como bajo”, menciona el informe. En una lista de 11 resultados, las calificaciones fueron moderadas, y solo una de ellas fue baja, que se trata del procesamiento y condena.
Política, riesgo y coordinación
En el apartado de resultado número 1, sobre la política, riesgo y coordinación, se obtuvo una calificación moderada. Entre los hallazgos relevantes, se resalta la aprobación del paquete de leyes con el objetivo de mitigar las amenazas, vulnerabilidades y riesgos del lavado de activos.
“Importantes esfuerzos del Paraguay en la identificación y comprensión de sus riesgos de lavado de activos y financiamiento al terrorismo. Se resaltaron las evaluaciones nacionales de riesgos de lavado de activos y sus actualizaciones. El Gafilat consideró que las políticas y acciones priorizadas por el país abordan las principales amenazas, vulnerabilidades y riesgos identificados en la Evaluación Nacional de Riesgo”, agregan.
En cuanto a las sugerencias, se destaca que el país debe continuar trabajando en los análisis económicos de los delitos generadores de activos ilícitos como el contrabando, la corrupción y en el análisis del riesgo de los sectores.
También se debe mejorar en la identificación y evaluación de los riesgos de lavado de activos y financiamiento al terrorismo. Además, proseguir impulsando las acciones para la comprensión de las amenazas, vulnerabilidades y riesgos de dichos delitos.
Cooperación internacional
En cuanto al resultado número 2, sobre la cooperación internacional, se obtuvo una calificación sustancial. Entre los hallazgos, se menciona que el Ministerio Público, Ministerio de Justicia y el Ministerio de Relaciones Exteriores cuentan con la base y herramientas que les permite prestar cooperación internacional. Destacan que la Seprelad y las demás autoridades competentes pueden prestar cooperación internacional en materia de inteligencia financiera e investigativa.
La Seprelad y el Ministerio Público cuentan con protocolos y procedimientos para la atención y priorización de las solicitudes de información o extradición. La Seprelad y el BCP cuentan con protocolos de cooperación para intercambiar información con sus contrapartes extranjeras.
Indican además que Paraguay cuenta con el Sistema de Gestión de Exhortos para el tratamiento de las solicitudes de cooperación internacional. En tanto, sugieren mejorar y hacer más eficiente la cooperación con otros países en los tiempos de respuestas brindadas por Paraguay y a través del seguimiento de las solicitudes de información.
Supervisión
En el tercer resultado se basó sobre la supervisión, donde la calificación fue Moderado. “Los supervisores participaron en el proceso de Evaluación Nacional de Riesgos y conocen los resultados de dichas evaluaciones. Se destacan los esfuerzos realizados por Paraguay en la creación en el 2019 del Consejo de Supervisores, el cual está compuesto por todas las autoridades en materia de supervisión del país”, indica entre sus hallazgos.
El Equipo Evaluador verificó un acercamiento por parte de la Seprelad con los sectores no financieros bajo su supervisión para la sensibilización de sus riesgos, y de sus obligaciones, destacando el esfuerzo realizado en materia de supervisión, menciona.
De esta manera, sugieren que se deben continuar las acciones para fortalecer la comprensión e implementación del enfoque basado en riesgos que deriven en un impacto positivo en las supervisiones a todos los sujetos obligados.
Medidas preventivas
En el resultado cuarto, sobre las medidas preventivas, se obtuvo una calificación de Moderado. Entre los hallazgos, el reporte menciona que los sectores bancarios, financieros, seguros y de valores muestran mayor robustez en la aplicación de medidas preventivas, especialmente en cuanto a las medidas de DDC sobre la identificación de los beneficiarios finales y el monitoreo continuo.
“En dos años, el gobierno adecuó todas las normativas con enfoque basado en riesgos para la lucha contra el lavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo. Los sujetos obligados demostraron, en general, un adecuado conocimiento de los factores de riesgos mínimos a considerar en sus respectivas actividades”, indica.
De esta manera, sugieren que se debe fortalecer el entendimiento de riesgos y conocimientos de las obligaciones antilavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo a los sujetos obligados.
Personas y estructuras jurídicas
En el resultado número cinco, sobre las Personas y Estructuras Jurídicas, el informe calificó de Moderado. “Se ha identificado el riesgo del uso indebido de empresas de maletín o de fachada para la comisión de actividades delictivas, incluido el lavado de activos.
En el Registro Administrativo de Personas y Estructuras Jurídicas y el Registro Administrativo de Beneficiarios Finales se logró implementar medidas para impedir la utilización indebida de las personas y estructuras jurídicas para propósitos de lavado de activos y el financiamiento al terrorismo, así como permitir que esos registros estén disponibles para las actividades investigativas, los sujetos obligados y el público en general”, sostienen.
De esta manera, sugieren que se debe continuar realizando esfuerzos y acercamientos para la compresión de los riesgos y dotar de mayores recursos a la autoridad que administra los registros a fin de asegurar el buen funcionamiento de los sistemas, y favorecer el proceso de revisión y monitoreo para garantizar que la información de los registros sea adecuada, precisa y actualizada.
Además de fortalecer la aplicación de sanciones efectivas, proporcionales y disuasivas a las personas jurídicas y otras estructuras jurídicas incumplidoras.
Uso de inteligencia financiera
En el resultado número 6, sobre el uso de inteligencia financiera, se obtuvo Moderado. La UIF-Seprelad cuenta con una estructura que le permite recolectar, analizar la información de los sujetos obligados y producir informes operativos y estratégicos que son utilizados por las autoridades en las investigaciones de lavado de activos y sus delitos determinantes.
La UIF-Seprelad ha realizado grandes esfuerzos para la implementación de sistemas tecnológicos para la recepción de datos de entidades públicas y privadas que son utilizados para sus análisis financieros, lo que le permitió la publicación de más de 700 informes de inteligencia a las autoridades competentes para la apertura de causas de lavado de dinero o sus delitos conexos.
De esta forma, sugieren que se debe aumentar el número bajo de investigaciones, sentencias y decomiso de activos por lavado de activos.
Investigación, procesamiento y condena
En el resultado número 7, sobre la investigación, procesamiento y condena, se obtuvo una calificación baja. Entre sus hallazgos, menciona que Paraguay cuenta con un ordenamiento jurídico acorde para el combate del lavado de activos, pero el número de investigaciones realizadas sobre lavado de dinero como delito autónomo, en general, ha sido bajo.
Dentro del periodo 2015 a julio 2021 se dictaron 28 sentencias de lavado de activos. Todas ellas registraron informes de inteligencia financiera de la Seprelad. Se han llevado a cabo investigaciones por los delitos precedentes de lavado de activos; sin embargo, el número de investigaciones de lavado de activos por los delitos identificados como una mayor amenaza en la Evaluación Nacional de Riesgo del Paraguay no parecen reflejar dicho resultado.
“No se implementaron acciones establecidas en el manual instructivo para impulsar investigaciones financieras paralelas, ante casos de delitos precedentes de lavado de activos. Las autoridades pueden usar una razonable gama de técnicas de investigación de lavado de activos, pero las operaciones encubiertas solo pueden practicarse cuando estuvieran relacionadas con el narcotráfico”, sostienen.
Por su parte, las entregas controladas solo se podrían realizar en caso de crimen organizado, delitos complejos, múltiples y/o trasnacionales; y esto limita las capacidades de las autoridades competentes para la investigación y condena en los casos de lavado de activos.
De esta forma, sugieren que se debe priorizar la implementación del Manual Instructivo para impulsar las investigaciones financieras paralelas. Permitir el uso de las técnicas de investigación judicial y facilitar la incautación de los bienes producto del delito. Reformar lo necesario para utilizar las operaciones encubiertas y las entregas controladas en las investigaciones de lavado de activos de manera más accesible.
Fortalecer la cooperación interinstitucional entre la Fiscalía y las instituciones de inteligencia para garantizar que más pesquisas se conviertan en investigaciones y sentencias por lavado de activos. Investigar más casos de lavado de dinero, pues las sentencias presentadas por el país en su gran mayoría refieren al lavado de activos en concurso con otro delito (contrabando, narcotráfico, evasión, etc.).
Paraguay debe realizar los cambios en el marco legal para aumentar el número de investigaciones y condenas por lavado de activos, incluido el lavado de activos autónomo, y ajustar las penas para garantizar su proporcionalidad y disuasividad, acotan.
Comiso y privación de bienes
En cuanto al resultado número 8, en cuanto al comiso y privación de bienes, la calificación fue moderada. De esa forma, evidenciaron que el comiso en Paraguay se persigue como un objetivo de Estado por medio de la aplicación del comiso, el comiso especial, la privación de beneficios y ganancias y el comiso autónomo.
“Se reconocen los resultados del comiso en casos de narcotráfico en virtud de que este delito es la principal amenaza de riesgo, pero se podría potenciar la persecución y materialización de comisos para otros delitos relacionados con el lavado de activos que también son relevantes en el contexto paraguayo”, agregan.
Resaltaron la oportunidad de investigaciones conjuntas con algunos países limítrofes de la región con fines de persecución de lavado de activos y el comiso.
Entre sus sugerencias, agregan que se deben mejorar los controles para detectar y decomisar dinero y/o valores no declarados, especialmente en las zonas de frontera que representan el mayor riesgo. También se deben desarrollar acciones de cooperación internacional con autoridades competentes en materia de decomiso y recuperación de activos.
Agregan incluir activamente a la UIF-Seprelad en los procesos relacionados con las acciones de identificación y rastreo de activos, particularmente en aquellos que involucren al lavado de activos. Gafilat considera que la Seprelad puede aportar información que optimizará las acciones de comiso.
Investigación y procesamiento de financiamiento al terrorismo
En el resultado noveno, sobre la investigación y el procesamiento de financiamiento al terrorismo, la calificación fue moderada. Mencionan que el país introdujo recientes actualizaciones en las leyes y que se encuentran en proceso de implementación operativa por parte de las entidades del sistema Antilavado de Activos y Contra el Financiamiento del Terrorismo.
“En Paraguay se han iniciado dos (2) investigaciones por Financiamiento al Terrorismo (en virtud de los arts. 2 y 3 de la Ley 4024/10), partiendo de informes de inteligencia financiera de la Seprelad”, indican.
Detallan que en Paraguay ha comenzado un total de 40 investigaciones preliminares, de las cuales 12 causas fueron judicializadas por los delitos de terrorismo y financiamiento al terrorismo, conforme al Art. 2 de la ley 4024 “Asociación Terrorista” (AT), por causas identificadas como terrorismo doméstico, lo cual es en buena medida consistente con el nivel de riesgo que representan las amenazas terroristas de los grupos domésticos en Paraguay (EML, ACA, EPP).
El país ha creado y fortalecido las entidades encargadas de perseguir el financiamiento al terrorismo proveniente de amenazas internas y externas.
De esa forma, se deben establecer mecanismos de cooperación e intercambio de información e incremento de protocolos o acuerdos entre las instituciones de lucha contra el financiamiento del terrorismo. Además de proseguir con la implementación de los mecanismos de retroalimentación a los sujetos obligados financieros y no financieros para mejorar el conocimiento de sus riesgos y el cumplimiento de sus obligaciones de reportar operaciones sospechosas.
Se deben también llevar a cabo capacitaciones específicas en el combate e investigación al financiamiento del terrorismo, a las agencias del sector público, y en la prevención y detección del financiamiento al terrorismo al sector privado; así como realizar más investigaciones, conforme al Manual Instructivo para apoyar el desarrollo de investigaciones financieras paralelas por financiamiento al terrorismo.
Aplicación de sanciones financieras designadas
En el resultado décimo, sobre la aplicación de sanciones financieras designadas, la calificación fue moderada. Paraguay cuenta con un marco normativo para congelar activos en casos relacionados a terrorismo mediante la aplicación de sanciones financieras designadas, conforme a a las Resoluciones del Consejo Seguridad de las Naciones Unidas N° 1267 y N° 1988, N° 1373 y siguientes.
Adicionalmente, el Paraguay tiene mecanismos para designar y excluir personas para la aplicación de sanciones financieras, conforme a las resoluciones enunciadas. Dichas listas se publican en la página web de Seprelad y son consultadas y utilizadas por los sujetos obligados financieros y no financieros, de manera consistente.
Entre sus sugerencias, indican que se debe emitir una instrucción operativa para el congelamiento de bienes locales en virtud de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y emitir guías para que los sectores financieros y no financieros comprendan mejor sus obligaciones para prevenir el financiamiento al terrorismo y verificar las listas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Otra sugerencia es la de fortalecer la coordinación entre la Seprelad y las organizaciones sin fines de lucro, identificadas de mayor riesgo, que podrían ser utilizadas para el financiamiento del terrorismo, a fin de crear mayor conciencia del problema y su impacto, especialmente en la zona de la triple frontera.
También el de realizar mayores esfuerzos para monitorear la actividad de Hezbollah en el área de la triple frontera. Esto incluye, por ejemplo, utilizar de manera más efectiva las facultades de la autoridad transfronteriza en materia de congelación de activos.
Proliferación de armas de destrucción masiva
En el apartado 11, sobre la proliferación de armas de destrucción masiva, la calificación fue moderada. Entre sus hallazgos, Paraguay cuenta con un marco normativo para el congelamiento de activos relacionados con el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Seprelad publica, en su web oficial, las listas de sancionados del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y sus actualizaciones, que pueden ser consultadas por los sujetos financieros y no financieros, quienes parecen tener un nivel acertado sobre las obligaciones relacionadas con la implementación de las sanciones en la materia.
Sobre sus sugerencias, se deben incrementar el nivel de coordinación y capacitación en temas del financiamiento de proliferación de armas de destrucción masiva, por parte de las instituciones del sistema ALA/CFT, particularmente en lo que respecta a la zona de la triple frontera.