La Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales (DGPEJBF) del Ministerio de Hacienda recuerda los plazos para el cumplimiento del proceso de reconducción de las sociedad anónimas (SA). El próximo 15 de junio es la fecha de vencimiento para las terminaciones del Registro Único de Contribuyentes (RUC) 7, 8 y 9.
El Decreto Nº 6583/22, de fecha 25 de enero de este año, establece un calendario para el cumplimiento gradual del proceso de reconducción de sociedades anónimas, con el objeto de evitar la acumulación de trámites o cuestiones ajenas a las sociedades que puedan afectar a las mismas o al cumplimiento de dichos trámites.
De acuerdo a la normativa, a fin de optimizar la operatividad del sistema, se requiere en lo posible una gradualidad en el cumplimiento del trámite de reconducción de sociedades anónimas, con lo cual se estableció el siguiente calendario de vencimientos: 28 de febrero para las terminaciones del RUC 0, 1, 2 y 3; el 15 de abril para las terminaciones 4, 5 y 6; mientras que el 15 de junio corresponde a las terminaciones 7, 8 y 9.
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La dependencia resalta que el plazo de seis meses establecido en la Ley N° 6872/21 se mantiene inalterable. Deberá ser cumplido por las Sociedades Anónimas que se acojan al régimen especial de reconducción para cumplir con la obligación de canje de las acciones al portador a nominativas.
Según el decreto, a partir del 16 de junio todas las sociedades anónimas que no hayan modificado sus estatutos para conversión de acciones ni hayan canjeado sus acciones al portador a nominativas, indefectiblemente deberán proceder a su liquidación y disolución. La Abogacía del Tesoro, a pedido de la DGPEJBF, requerirá judicialmente la disolución de estas sociedades.
Consultas
De esta manera, desde Hacienda señalan que los interesados en consultar el Decreto N° 6583/2022 pueden hacerlo a través de esta página web (www.hacienda.gov.py), en la sección Sociedades/ Resoluciones y Decretos / Decreto N° 6583 del 25 de enero de 2022, o directamente en el enlace: https://bit.ly/38qtowd.
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