El director de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), Pablo Seitz, abordó y amplió el alcance del proyecto de ley que pretende suprimir la obligatoriedad que tienen las personas físicas y jurídicas, radicadas en el extranjero, de presentar declaración jurada de bienes y rentas para contratar con el Estado, específicamente en lo relacionado con la provisión de combustibles.
Seitz recalcó que para Petropar es importante que se apruebe el proyecto para su dinámica comercial, ya que se agilizará la compra, además de que se evitarán los intermediarios, pero aclaró que libera a la estatal de realizar los procesos propiamente de las contrataciones públicas.
“Esta ley no exime a Petropar del proceso de Contrataciones Públicas, lo que elimina es un punto burocrático”, expresó en entrevista con el programa “Así son las cosas”, emitido por Universo 970 AM-Nación Media.
Es así que básicamente no hará falta atravesar por una burocracia excesiva de cargar al sistema de Contrataciones Públicas la operación de compra de los combustibles, que además de ralentizarlo, tiende a desalentar la participación de proveedores de reconocida capacidad técnica.
Proceso ralentizado y más costoso
Esa situación es la que genera un perverso incentivo para la creación artificial de intermediarios, encareciendo el servicio con impacto directo en el costo final de los combustibles y perjudicando al consumidor final, en medio del contexto económico complicado que enfrenta el país por una serie de factores.
Hay que mencionar que el principal objetivo es que Petropar compre combustibles sin intermediarios y, en este sentido, la Cámara de Senadores aprobó el lunes el proyecto de ley “por el cual se exceptúa a toda persona jurídica dedicada a la comercialización de hidrocarburos para la provisión de los combustibles y biocombustibles del cumplimiento de las disposiciones previstas en las leyes Nº 2.051/2003 y Nº 6.355/2019 y sus modificatorias”, y ahora queda en manos de los Diputados.
El proyecto de ley contempla también que Petropar deberá transparentar la estructura de costos de los productos combustibles derivados del petróleo y biocombustibles que adquiera en el marco de la presente ley, a más de tener que publicar los datos y contratos en su página web en una sección especial, además de remitir al Congreso Nacional trimestralmente la rendición de cuentas de las compras realizadas con la documentación que respalde cada operación.