La Municipalidad de Asunción estableció un periodo de gracia durante todo el mes de abril del corriente año para que los ciudadanos de la capital puedan pagar sus deudas tributarias sin multas ni recargos.

El objetivo de esta decisión es el de incentivar el pago de los tributos y aranceles que se puedan encontrar en mora por parte de los contribuyentes capitalinos. Se busca también otorgar una facilidad de pago a quienes demuestren interés en regularizar sus deudas municipales.

La comuna capitalina precisó que la exoneración para los pagos será de un 100% para los abonos de multas, recargos financieros y demás agregados de los impuestos, tasas, cánones y contribuciones especiales por pagos al contado de cuotas vencidas y a vencer, correspondientes a todos los planes de fraccionamientos, incluyendo los del año en curso.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Lea también: La expo marcará un punto crucial para la reactivación económica del país, afirman desde la ARP

Así también, la exoneración del 100% en el pago de recargos se aplica para los contribuyentes que deseen hacerlo en la modalidad de fraccionamiento, la cual requiere de una entrega del 10% de la deuda y el pago del saldo en 8 cuotas sin intereses. Para los contribuyentes que ya hayan accedido a dichos planes de fraccionamiento en años anteriores, en esta oportunidad podrán usufructuar este beneficio una vez realizada la cancelación total de su fraccionamiento anterior.

Desde la comuna aclararon también que dentro de esta exoneración están incluidas las multas contravencionales por no presentación y presentación tardía de balances. Asimismo, están incluidos dentro de este beneficio de exoneración de pago de multas los recargos por presentaciones tardías de pedidos de permisos para espectáculos públicos, así como por la falta de presentación de permisos para la realización de dichos espectáculos.

Lea además: Semana Santa dejará resultado positivo para cada municipio, estima Senatur

Excepciones

De igual manera, la comuna capitalina comunica que dentro de estas exoneraciones no están incluidas las comisiones por las gestiones de cobros judiciales o extrajudiciales, las multas de tránsito, multas contravencionales de impuestos a la construcción y otras infracciones a normas de carácter regulatorio.

Déjanos tus comentarios en Voiz