Luego de los reclamos hechos por las centrales obreras, el Gobierno evalúa un eventual reajuste en torno al 9,3% del salario mínimo legal vigente, de acuerdo con lo afirmado por la directora de Trabajo, abogada Karina Gómez.
Aclaró que la determinación se hará con base en los informes técnicos del Banco Central del Paraguay (BCP) y el Ministerio de Hacienda. La profesional habló de la necesidad de plantear una política salarial que incorpore más beneficios para los trabajadores.
“El monto siempre va a ser un piso salarial, es el límite, es la base que se debe tener. Entonces, esa política salarial debe abarcar mucho más lejos, como el aspecto de acceso a la vivienda, el aspecto en cuanto al transporte, la formalidad en el empleo, para que justamente pueda generar que el trabajador pueda tener atenciones de salud primaria y la jubilación en el futuro”, acotó.
Explicó que el Consejo Nacional de Salarios Mínimos está integrado por un representante designado por los miembros del sector empresarial, un representante de las centrales obreras y la presidenta del consejo, que en este caso recae en su persona en representación del Estado.
“Lo que hizo el sector de los trabajadores fue solicitar una reunión extraordinaria de consejo a los efectos de analizar el último informe del Banco Central en relación a la elevada tasa de inflación. Entonces, llamamos al consejo la semana pasada, pero el sector trabajador solicitó nuevamente una mesa de trabajo un poco más amplia”, comentó a radio Ñandutí.
Dijo que la regla es que en junio de cada año se reúna el consejo, pero en esta ocasión se adelantó por pedido de los trabajadores. “Para circunstancias excepcionales como la que hizo el sector de los trabajadores, nosotros llamamos con anticipación a esta reunión”, indicó.
Con respecto al reclamo de un ajuste de G. 600.000 solicitado por los trabajadores, y ahora podría darse solo G. 230.000 sobre el salario mínimo, la directora de Trabajo señaló que los cálculos se realizan con base en la inflación.
“Lo que pasa es que a estas alturas la inflación interanual a febrero del 2022 es del 9,3%, según el Banco Central del Paraguay (BCP), a partir del año 2016 se toma como base para cualquier reajuste salarial ese índice. Entonces, hasta lo que se puede determinar en el mes de marzo, este sería el porcentaje de un eventual reajuste siempre que se cumpla con la hipótesis legal condicionante, que es la de conjugar una elevada tasa de inflación y también de una alteración de las condiciones económicas”, puntualizó.
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