Por una amplia mayoría, la plenaria de Diputados resolvió aceptar el veto parcial del Poder Ejecutivo al artículo 103 “por el cual se objeta parcialmente el proyecto de Ley N° 6.822/2021, ‘De los servicios de confianza para las transacciones electrónicas, del documento electrónico y los documentos transmisibles electrónicos’”. El documento pasa a la Cámara de Senadores para su posterior debate, según informó el medio de la Cámara de Diputados.

El proyecto sancionado tiene por objeto establecer el marco jurídico para la identificación electrónica, el sello electrónico, el sello de tiempo electrónico, el documento electrónico, el expediente electrónico, el servicio de entrega electrónica certificada, el servicio de certificado para la autenticación de sitios web, el documento transmisible electrónico y, en particular, para las transacciones electrónicas.

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Nivel de seguridad

La Cámara Alta, recordemos, había aprobado la normativa con modificaciones, en cuanto al mecanismo de seguridad para las transacciones realizadas a través de las empresas telefónicas. A criterio del Senado, las transacciones de dinero que actualemente se realizan a través de las empresas telefónicas, ya no podrían darse en el futuro, atendiendo que el nivel de seguridad que plantea la versión de Diputados solo podrían cumplirlo las entidades financieras de plaza, según los senadores.

Finalmente, había prosperado la versión original de Diputados que terminó con el veto parcial, de ese punto en particular, del Poder Ejecutivo. En uso de la palabra, el diputado Hugo Ramírez (ANR-Capital) pidió acompañar el veto parcial al referir que las transferencias que se realizan mediante estos sistemas de pago ganaron mucho terreno en el país en los últimos tiempos.

“No aceptar el veto significaría un retroceso en el sistema de trasferencia electrónica y una traba para mucha gente que va a requerir documentaciones, en muchos casos excesivos, para poder acceder y formalizarse y poder utilizar otros sistemas de transferencias”, subrayó.

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Formalización

Por otra parte, el legislador Justo Zacarías (ANR-Alto Paraná), en su carácter de titular de la Comisión de Asuntos Económicos y Financieros, aconsejó a la plenaria la ratificación en el texto inicial de Diputados, al sostener que el mismo servirá para la formalización y que la trazabilidad del dinero sea mejor.

Prosperó, finalmente, la tesis de aceptación del veto parcial del Poder Ejecutivo y la sanción de la parte no objetada. Apoyaron acompañar el veto parcial del Ejecutivo los legisladores Sebastián García (PPQ-Capital), Ángel Paniagua (ANR-Central), Edgar Acosta (PLRA-Central), Jazmín Narváez (ANR-Central) y Juan Carlos Ozorio (ANR-Capital).

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El artículo 103

El artículo 103, respecto a operaciones electrónicas en el ámbito financiero y otros, establece: “En las operaciones que impliquen pagos, giros o transferencias de dinero, apertura y administración de cuentas, financiación y/o créditos, gestión de patrimonio, y/o de valores gestionada por vía electrónica, la identificación electrónica deberá utilizar medios de identificación electrónica expedidos en virtud de un sistema de identificación electrónica con nivel de seguridad alto. Los procedimientos para su implementación serán reglamentados por la autoridad competente en su ámbito de aplicación como el Banco Central del Paraguay (BCP), Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOp), Comisión Nacional de Valores u otr dependencia equivalente”.

En su justificación del veto, el Poder Ejecutivo señaló: “Esta disposición implicaría la generación de factores de exclusión financiera, configurándose en una barrera de acceso para personas de menores recursos y significaría un incentivo para el uso de dinero en efectivo”.

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