Un total de 297 locales comerciales en Ciudad del Este, Alto Paraná, fueron inspeccionados por el departamento Jeroviaha de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), con el objetivo de concientizar a los comerciantes mediante la ejecución de procedimientos denominados “Persuasivos”.

Estas visitas fueron realizadas la semana pasada en el marco del evento denominado “Black Friday”. Durante las mismas se verificaron datos declarados en el RUC y la correcta utilización de comprobantes de venta.

La SET seguirá realizando distintos tipos de operativos con la finalidad de lograr la formalización. Foto: Gentileza.

En ese sentido, se procedió a instruir a los encargados o propietarios sobre la importancia de estar inscriptos en el RUC, mantener actualizados sus datos, así como de emitir y entregar comprobantes legales por cada venta realizada.

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Asimismo, durante los trabajos realizados se entregaron materiales informativos tanto a los responsables de los locales comerciales como a los clientes.

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Desde la SET informaron que seguirán realizando distintos tipos de operativos con la finalidad de lograr la formalización de aquellos que ejercen algún tipo de comercio, a través de los procesos de verificaciones y monitoreo de la expedición de comprobantes de venta.

Presentación de estado financiero

La SET establece medidas excepcionales relacionadas a la presentación de estados financieros y dictámenes de auditoría externa impositiva del ejercicio fiscal 2020.

Emitió la Resolución General N° 102/2021, que modifica el Art. 3° de la Resolución General N° 77/2020 y dispensa a los contribuyentes del IRE-Régimen General que antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 6.380/2019 contaban con el mes de cierre de ejercicio fiscal junio (06) y a quienes actualmente les corresponde el mes de cierre de ejercicio fiscal diciembre (12), de la obligación de incluir en los Estados Financieros y en el Dictamen de Auditoría Externa Impositiva del ejercicio fiscal 2021, la información de las operaciones realizadas en el periodo comprendido entre el 01/07/2020 y el 31/12/2020.

En ese sentido, el acto administrativo referido dispone que dicha información deberá permanecer exclusivamente, y de manera excepcional, en el archivo tributario del contribuyente.

Los interesados en consultar la Resolución General N° 102/2021 pueden hacerlo a través de la página web (www.set.gov.py), en la sección Normativas/Resoluciones/2021.

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