El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), en la última semana sumó a 29 micro, pequeñas y medianas empresas más al beneficio de la exoneración de multas.

La exoneración es aplicada a las mipymes que no hayan realizado la inscripción patronal, presentación de planillas laborales anuales y comunicación de movimiento de empleados. El beneficio está estipulado vía la Resolución Nº 539/21, y desde el inicio hasta la última semana, el monto de exoneraciones asciende a G. 8.539 millones para un total de 1.628 mipymes, según informó la Dirección de Registro Obrero Patronal de la cartera de Trabajo.

Lea también: Consejo Nacional de Salarios Mínimos recomienda no incrementar el sueldo vigente

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Las exoneraciones fueron dispuestas con el objetivo de impulsar y mantener la formalización de las mipymes, que son las que emplean mayoritariamente a la fuerza laboral del país, de modo a que puedan contar con dicha ayuda y así paliar el contexto de la pandemia.

Procedimiento

Las que tengan alguna condición complicada y quieran ser parte de dicho beneficio, pueden remitir una nota dirigida al viceministro de Trabajo, Luis Orué; o al director de Registro Obrero Patronal, Rubén Roa, y así solicitar la exoneración mencionando el RUC, nombre de la empresa y número patronal, firmada por los propietarios o representantes legales, con copia de cédula de identidad.

Será preciso indicar cuál o cuáles exigencias no cumplieron y requieren de la exoneración, a más de presentar el último nivel de facturación anual de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), última planilla de pago a IPS, copia de constancia de RUC.

Puede interesarle: Extenderán hasta diciembre el pago de solo el 50% del IVA a sectores específicos

Si no cuentan con los documentos de la SET e IPS, pueden igualmente presentar la cédula mipymes, también una copia de cuestionario del curso de capacitación aprobado por la Dirección de Registro Obrero Patronal, que es otro de los requisitos que se debe cumplir. Las empresas que aún no están registradas y quieren acogerse al beneficio deberán inscribirse primero en el Mtess en este enlace. En tanto que la presentación de los documentos para solicitar la exoneración se realiza a través de la mesa de entrada en línea que se encuentra en la página web de la institución.

Déjanos tus comentarios en Voiz