La Asociación de Bancos del Paraguay (Asoban) emitió un comunicado con relación a la aprobación de la Ley de Servicios de Confianza, en referencia al Art. 103, el cual establece un nivel de seguridad alto en la verificación de la identidad para transacciones financieras y otras operaciones electrónicas.
Al respecto, destaca que ambas versiones estudiadas de la ley establecen la necesidad de elevar el nivel de seguridad y fijar un estándar para la verificación de identidad en las personas en las transacciones financieras y operaciones electrónicas.
Sostienen que los usuarios de estos servicios financieros de bancos, financieras, cooperativas y EMPES (billeteras) van a seguir operando con la institución y el servicio de su elección como hasta ahora, sin motivo alguno para que esto sea alterado.
Asoban precisa que un nivel de seguridad alto de identificación electrónica como el que se aprobó no implica una carga operativa ni mayores costos para el usuario como se pretende instalar.
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“La verificación de identidad ocurre en el mundo digital y lo que va a aportar en beneficio del ciudadano es su mayor seguridad y la posibilidad, en un futuro, de poder acceder a las distintas plataformas y redes para comprar o pagar con el medio de pago de su elección”, afirma el gremio.
Agrega que un nivel de seguridad alto en la verificación de la identidad para las operaciones financieras potenciará la inclusión financiera antes que afectarla, y es beneficioso para el ciudadano, bueno para el país y va a contribuir a reducir la delincuencia. “La ley aprobada está basada en los más actuales y modernos estándares que permitirán un salto cuantitativo y cualitativo en los servicios digitales en Paraguay”.
La semana pasada, la Cámara de Senadores determinó sancionar la resolución Nº 2.582, que ratifica la sanción inicial acordada al proyecto de ley “De los servicios de confianza para las transacciones electrónicas, del documento electrónico y los documentos transmisibles electrónicos”, con el cual se establecerán mayores exigencias.
A través de la votación nominal, se aceptó la ratificación remitida por la Cámara de Diputados y el documento quedó sancionado y fue remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto.
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