El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales (DGPEJBF), decidió extender el plazo de comunicación del registro administrativo de personas y estructuras jurídicas y el registro de beneficiarios finales.
En el transcurso de esta semana será debidamente comunicado el nuevo calendario, conforme a la terminación del RUC.
Atendiendo el vencimiento del plazo de actualización de datos del registro administrativo de personas y estructuras jurídicas y registro administrativo de beneficiario final, establecido para hoy, 30 de junio del 2021, según decreto Nº 3.241/20, y considerando la sobrecarga de trámites percibida en la víspera, lo que ocasiona inconvenientes en la conclusión de trámites, la DGPEJBF determinó la prórroga del plazo pertinente.
En este registro deberán inscribirse todas las personas físicas que, directa o indirectamente, posean una participación sustantiva o control final sobre la persona jurídica o estructura jurídica (la cual debe estar inscrita en el Registro Administrativo de Personas y Estructuras Jurídicas), o se beneficien de estas.
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Los beneficiarios finales serán siempre personas físicas, las cuales reúnen ciertos requisitos como tener participación sustantiva; es decir, la tenencia de acciones o participaciones en un porcentaje igual o mayor al 10% con respecto al capital total de la persona o estructura jurídica.
También los gerentes, administradores o quienes frecuentemente usen o se beneficien de los activos que son propiedad de la persona o estructura jurídica, o en cuyo nombre o beneficio se realice una transacción de la persona o estructura jurídica.
La ley y su decreto reglamentario prevén que serán aplicadas medidas como impedimento de abrir nuevas cuentas, realizar depósitos o remesas, bloqueo de RUC, suspensión en la tramitación de cualquier otra presentación ante el Ministerio de Hacienda, así como la aplicación de distintas multas si no se realiza dicha inscripción o comunicación.