El monto de reajuste del salario mínimo legal vigente que sugerirá el Banco Central del Paraguay (BCP) al Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam) será de G. 81.135, equivalentes a la variación interanual (desde junio del 2020 hasta mayo del 2021) de la inflación registrada a mayo del 2021, que fue de 3,7%, según el informe de Índice de Precios al Consumidor (IPC) presentado este miércoles por la banca matriz.
La propuesta deberá ser analizada este mes por el Conasam, que finalmente decidirá si recomendará o no a la Presidencia ese aumento sobre los G. 2.192.839 del salario mínimo que actualmente perciben los trabajadores en Paraguay. De concretarse, el salario mínimo mensual que deberán abonar las empresas a sus trabajadores desde julio será de G. 2.273.974.
En el marco de la Ley Nº 5.764 que modifica el Código del Trabajo, el reajuste del salario mínimo es realizado previo análisis de los miembros del Conasam, que se reúnen en junio de todos los años para estudiar la variación del IPC y su impacto en la economía nacional.
Recordemos que a causa de la pandemia del COVID-19 y la crisis económica desatada por las restricciones establecidas para tratar de controlar la propagación del virus, el Gobierno decidió no reajustar el salario mínimo en el 2020. Esto luego de la sugerencia del Consejo Nacional de Salarios Mínimos, que ante la ínfima variación de la inflación en 0,7% registrada a mayo del 2020, recomendó al Ejecutivo mantener el monto de la remuneración mínima de los trabajadores.
Miguel Mora, economista jefe del BCP, explicó que entre esta tarde y mañana enviarán al Conasam la nota de contestación al pedido de variación interanual del IPC realizado a la banca matriz por el Ministerio de Trabajo.
“Esta tarde estaremos abocados en preparar la nota y los proyectos, y ponerlos a consideración de nuestras autoridades. Generalmente, el dato que nos piden es el de la inflación interanual conforme a la norma vigente, y eso es lo que estaríamos contestando”, dijo Mora.
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