Mediante el Decreto Nº 5.361, el Poder Ejecutivo modificó las condiciones y requisitos para el otorgamiento del subsidio de frontera a los trabajadores y comerciantes de las ciudades colindantes con la Argentina.

La nueva normativa modifica varios puntos de los artículos 1, 2, 3, 5, 8 y 9 del Decreto N° 5.088/2021, “Por el cual se reglamenta la implementación del programa de asistencia del Estado establecido en la Ley N° 6.720/2021”.

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En ese sentido, con esta nueva normativa, se abre la posibilidad de que las personas beneficiarias de los subsidios administrados por la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN) y del programa Ñangareko, también puedan ser beneficiarias del subsidio de frontera.

Asimismo, se eleva de uno a tres salarios mínimos el monto del ingreso máximo que debe tener un trabajador informal para poder acceder al subsidio de frontera. Se amplia, además, de uno a tres salarios mínimos el monto de ingreso o renta anual de una persona, contribuyente del Impuesto a la Renta Personal (IRP), para que esta pueda calificar para el subsidio.

Por otra parte, Hacienda ahora tendrá en cuenta las informaciones de los potenciales beneficiarios con Registro Único de Contribuyentes (RUC), relacionadas a las últimas tres declaraciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que correspondan a los periodos de abril del 2020 para adelante. Con la anterior normativa, se tenía la posibilidad de analizar las informaciones de las declaraciones del primer trimestre del 2020.

Devolución de fondos

Otra posibilidad que permite el nuevo decreto es que los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) y del Impuesto a los Dividendos y Utilidades (IDU) puedan calificar para el subsidio; siempre y cuando la utilidad del periodo 2020 no supere el monto equivalente a tres salarios mínimos.

El Decreto Nº 5.361 establece, además, que todos los contribuyentes que presentaron su declaración de impuestos sin movimientos, también serán potenciales beneficiarios. El Ministerio de Hacienda, por su parte, tendrá la potestad de aplicar cruces de verificación de elegibilidad a los potenciales beneficiarios y medidas administrativas a los efectos de compensar, retener, descontar u otras acciones en cuanto a los montos percibidos con anterioridad al dictado del presente decreto.

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En ese sentido, el viceministro de Economía, Iván Haas, mencionó que realizarán un nuevo cruzamiento de datos para determinar si las personas que recibieron mensajes de texto para la devolución del dinero del subsidio, finalmente queden dentro del programa o lo tengan que devolver, tras ser notificadas nuevamente.

“Al tocar las reglas del juego, probablemente algunas de las personas que recibieron estos mensajes para devolver el dinero finalmente terminen quedando dentro del programa y no hará falta que devuelvan el dinero. Otras personas capaz estén en otra situación y aún con estas nuevas reglas del juego, tengan que devolver el dinero”, dijo el subsecretario de Estado, en entrevista con la 800 AM.

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