La Subsecretaría de Tributación, dependiente del Ministerio de Hacienda, emitió un comunicado relacionado al pago por los servicios digitales, tema el cual estuvo en controversia en la semana debido a la queja de un sector de usuarios y la solicitud de un senador de la suspensión o derogación de los cobros.

Al respecto la SET informa que en atención a lo establecido en la Ley N° 6380/2019 y el Decreto N° 3107/2020, así como lo dispuesto en la resolución Nº 76/2020, las entidades bancarias, financieras, casas de cambio, cooperativas, procesadoras de pago o entidades similares, que intermedien para la provisión de los servicios digitales, que faciliten o administren los pagos al exterior, deben actuar como agentes de percepción del IVA, cuando el titular de la cuenta utilice la tarjeta de crédito o débito o transferencia como medio de pago para adquirir un servicio digital del exterior.

El usuario de una tarjeta de crédito y débito (tarjetahabiente) que identifique en su extracto de cuenta que se ha realizado un débito o cargo en concepto de IVA por una adquisición del exterior que no corresponde según el listado del artículo 12 de la RG N° 76/2020, deberá reclamar a su entidad bancaria o financiera dentro del mes y solicitar la revisión, de acuerdo con el procedimiento habitual para cualquier reclamo de transacciones, conforme a las normativas vigentes de transparencia y defensa al usuario en la utilización de tarjetas de crédito y débito.

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Las entidades bancarias y financieras, en coordinación con las procesadoras de tarjetas, realizarán las verificaciones pertinentes y si corresponde, gestionarán el reembolso al usuario.

Los impuestos a los servicios digitales (IVA 10%) se pagan por tratarse de actividades gravadas, garantizando además una competencia justa con las empresas radicadas en nuestro país, que ofrecen servicios similares y que aportan al fisco.

Entre los rubros afectados se encuentra la distribución digital de contenido multimedia (juegos, películas, música, videos, entre otros), procesamiento y almacenamiento de datos en general, provisión, desarrollo o actualización de softwares o aplicativos en general.

También incluye a los servicios de televisión por cable y satélites, marketing, publicidad. Juegos de azar, apuestas y similares, así como servicios educativos prestados a través de plataformas digitales no reconocidos por el MEC.

Al respecto el senador Stephan Rasmussen presentó recientemente un proyecto de ley para suspender dichos pagos argumentando que es ilegal y viola la intimidad del ciudadano y cobrando gastos fuera de la ley. “Comenzaron a cobrar de forma retroactiva, es inconstitucional, se cobró con un montón de cosas fuera de la ley. No especifican en el extracto sobre qué le están cobrando, es peligroso lo que hace la SET, entrar a la cuenta bancaria del ciudadano y cobrar por servicios digitales. Se debería suspender de manera temporal o inclusive derogar”, sostuvo. Su tratamiento será la próxima semana.

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