Los ingresos de la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar) siguen resentidos y sin poder recuperarse por completo del golpe de la pandemia de COVID-19. Al cierre del primer cuatrimestre del 2021, la recaudación acumulada llegó a G. 34.972 millones (US$ 5,2 millones en el cambio actual) y presentó una reducción de 8% en comparación con los G. 38.019 millones (US$ 5,6 millones) del mismo periodo del 2020.
Antes de la llegada de la pandemia, los ingresos percibidos en el primer cuatrimestre del 2019 por la Conajzar en concepto de canon por explotación de juegos de azar a nivel país totalizaron unos G. 42.000 millones (US$ 6,2 millones), según los detalles publicados por el Ministerio de Hacienda.
El desplome de la recaudación de la comisión de juegos de azar empezó en abril del 2020, mes de plena pandemia y restricciones estrictas establecidas por el Gobierno para tratar de controlar la propagación del virus en el país.
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Promedio mensual
El promedio de recaudación mensual antes de la llegada del COVID-19 fue de G. 10.000 millones; sin embargo, en abril bajó a G. 5.485 millones y se desplomó en mayo del 2020, con un ingreso de apenas G. 625 millones. Esa tendencia siguió durante todo el 2020 y continuó hasta febrero del 2021, mostrando síntomas de recuperación en el segundo bimestre de este año, según se observa en el reporte.
Por la Ley 1.016/97, el monto total ingresado a la Comisión Nacional de Juegos de Azar debe ser transferido en un 10% al Tesoro Nacional; 30% a los gobiernos municipales, 30% a las gobernaciones y otros 30% a la Dirección de Beneficencia y Ayuda Social (Diben). Esto significa que desde abril del 2020, estas instituciones también se vieron afectadas y recibieron menos montos.
La Conajzar es una administración dependiente del Ministerio de Hacienda. La misma tiene a su cargo la elaboración y aprobación de los pliegos de bases y condiciones para los juegos de carácter nacional, el llamado a licitación pública para la concesión de los juegos, la adjudicación de los juegos licitados; los cálculos para la distribución de los cánones fiscales y la proposición al Poder Ejecutivo de las personas a ser designadas como funcionarias.
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