Productos referentes al área de salud, en especial dispositivos de uso médico como los “stents y oclusores interauriculares”, al igual que el principio activo utilizado en la elaboración de antibióticos, mantendrán su arancel de 0% en consideración al impacto del contexto sanitario actual por la pandemia.
Esto se dio por concretado luego de que el Gobierno Nacional haya incorporado, por medio del decreto Nº 5.255/2021, al ordenamiento jurídico nacional, las resoluciones del Grupo Mercado Común (GMC) referentes a las modificaciones de la nomenclatura común del Mercosur (NCM) y del arancel externo común (AEC).
Es así que se logró mejorar la clasificación de las nomenclaturas de ciertos productos, de modo que se mantenga un arancel preferencial para la importación, ya sea de 0% como los mencionados, o menor en otros casos.
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Reducción a plásticos para GLP
Asimismo, se estableció una nueva clasificación y reducción arancelaria de 18% a 2% a los “recipientes plásticos para gas licuado de petróleo (GLP)”, teniendo en cuenta que este nuevo envase de plástico cumple con los más altos estándares internacionales de calidad y que permite proveer de GLP al sector industrial.
De esta manera, el nuevo producto resuelve el problema de peso, facilitando su transporte y contribuyendo con el cuidado del medio ambiente, conforme lo comunicaron desde el Ministerio de Hacienda.
Los mencionados ajustes en la nomenclatura común y en el arancel externo común fueron analizados inicialmente en el ámbito del Comité Técnico Nº 1 del Mercosur, donde se examinan las solicitudes de modificación arancelaria presentadas por los Estados partes.
El Comité a nivel nacional se encuentra bajo la coordinación de la Dirección de Integración del Ministerio de Hacienda y cuenta además con la participación de técnicos especialistas en nomenclatura de la Dirección Nacional de Aduanas (DNA).
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