La Cámara Nacional de Comercio y Servicios de Paraguay (CNCSP) emitió un comunicado en el cual rechaza enfáticamente la práctica de la Subsecretaría de Tributación del Ministerio de Hacienda, de publicar y pretender aplicar normas con carácter retroactivo, y que se materializa hoy de nuevo a través de la Resolución General N° 90 de fecha 11 de mayo del 2021.

“Un ejemplo cercano lo constituyó el malogrado decreto N° 6560/2016, lo que muestra que la práctica enquistada no depende del administrador de turno, sino que es una cuestión de cultura interna que debería ser radiada de la práctica institucional de este importante organismo estatal”, sostiene.

El documento agrega que, en efecto, la designación de ciertos contribuyentes como agentes de información retroactivo a enero 2021 en adelante es inadmisible desde el punto de vista constitucional y legal, además de ser por demás inoportuna en la actual coyuntura socioeconómica a consecuencia de una terrible pandemia, lo que transmite que las autoridades de la SET no reconocen la realidad del país.

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“El COVID-19 y sus secuelas han colapsado nuestro sistema de salud, cuando aún no se han adquirido vacunas suficientes. Así, entre tanto las diversas actividades comerciales y de servicios se ven resentidas por las medidas sanitarias, reposos, cuarentenas y la natural caída del consumo que afecta negativamente el ingreso de miles ciudadanos y empresas”, remarca.

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Agrega: “En efecto, en momentos donde se dan el cierre de empresas y pérdida sostenida de empleos en el sector privado, los planes de apoyo presentados son insuficientes para la subsistencia de los rubros más afectados por la pandemia y, por el contrario, se los condena inexorablemente al cierre”.

Obnubilada por su afán de recaudar

El comunicado manifiesta que al parecer la administración tributaria está totalmente ajena a la realidad y obnubilada por su afán de recaudar solo piensa en el diseño y puesta en vigencia de más y más mecanismos burocráticos que lo único que hacen es obstaculizar la actividad del contribuyente que desea trabajar formalmente, imponiendo en la práctica todo tipo dificultades para quien –por ejemplo– requiere y le corresponde legítimamente un “timbrado” o un “CCT C”.

“Aparte de ello, se han tomado medidas administrativas que limitan en alto grado la atención oportuna al contribuyente, ya que el sistema de atención vía correo electrónico en servicios es a todas luces ineficaz e ineficiente, mientras se desdeña el uso mejores prácticas como, por ejemplo, el uso de la firma digital”.

Además, expresan que la administración tributaria en la última década, bajo el rótulo del deber de colaboración, ha venido sistemáticamente cargando al contribuyente con cada vez mayores obligaciones formales, traspasando los costos de fiscalización al propio contribuyente.

“Finalmente, la Cámara Nacional de Comercio y Servicios de Paraguay (CNCSP) condena toda práctica de políticas arbitrarias como lo es la intención de aplicar normas retroactivamente, y apoyará decididamente la adopción de las mejores tecnologías para la verificación y control de las operaciones de los contribuyentes, siempre que ellas sean implementadas en tiempo oportuno y que la administración tributaria brinde servicios de calidad que faciliten el día a día del contribuyente”.

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