El viceministro de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), Óscar Orué, puntualizó en comunicación con Universo 970 AM y GEN acerca de los tres nuevos decretos con las actualizaciones tributarias que salieron el último viernes, como medidas de contención ante la crítica situación económica actual y el pronóstico de las recaudaciones de este año.
Mencionó que si bien la recaudación actual del mes de marzo es positiva en un 2%, no es la que se esperaba ya que se venía recaudando en términos del 6 y 8%, pero que todavía faltan dos vencimientos, así que se esperará el comportamiento de esta última semana.
La reducción en la recaudación del mes, que en gran parte es producto del Impuesto a la Renta Personal (IRP), tiene que ver en que muchos contribuyentes perdieron dinero en el 2020, e incluso algunos ni siquiera llegaron a los G. 80 millones, por lo que evidentemente este año se va a resentir la recaudación por este impuesto.
Lea también: Medidas tributarias no tendrán impacto negativo en las recaudaciones previstas
Esperan repunte con nuevas tasas
“Entendemos que ahora habrá un repunte porque muchas personas justamente estaban esperando estas reducciones de las tasas de financiamiento, y ojalá que esta semana muchos contribuyentes puedan ponerse al día y así aumentar el porcentaje de recaudación”, expresó.
Con relación al bajo volumen de solicitud de financiamiento de la deuda del IRP, solo 5.000 de 90.000 contribuyentes, explicó dos aspectos; uno, que no todos pagan el impuesto ya es una obligación que se puede deducir todo lo que se compra.
En segundo lugar, algunos no lo hacen porque no es mucho lo que deben abonar, y al momento de deducir si se habla de G. 1 o 2 millones, algunos lo pagan al contado y se ahorran ese interés por el financiamiento. Así como otros que recurren al sistema financiero o afuera para pagar la deuda al contado.
Nuevos decretos
En cuanto a los nuevos decretos, el primero es sobre la reducción de la tasa de financiamiento del Impuesto a la Renta Personal (IRP), se redujo del 1,4% al 1,1% mensual al igual que para todos los impuestos, por lo que si el fraccionamiento se extiende a 12 meses se habla de una tasa menor que la de una tarjeta de crédito, quedando en 13,2% anual.
Respecto a alguna validez, mencionó que no tiene fecha de caducidad, pues está vigente para todo el año, al tiempo de recordar que el financiamiento estaba disponible para las deudas desde el 2016, hasta el viernes, y que ahora con la nueva reglamentación queda como tasa de interés fija de financiamiento.
Deudas anteriores
El segundo decreto vigente para exonerar multas de intereses moratorios para deudas anteriores al 2020, como ser una del 2018 que no se pudo pagar, ahora podrá hacerlo siempre y cuando lo pague al contado, y de esa manera se le exonera el interés moratorio y se extiende hasta el mes de junio.
En ese sentido, recordó que el interés moratorio es del 1,5% mensual que ya no se modifica pues está fijado por ley, como una especie de castigo por no realizar a tiempo el pago del impuesto, por lo que la medida excepcional corresponde a una exoneración del interés moratorio de deudas anteriores al 2020.
Mientras que el tercer decreto tiene que ver con los pequeños productores agropecuarios que no estén formalizados, a quienes se les retendrá solo el 1% cuando realicen la comercialización de sus productos a las empresas acopiadoras o agroexportadoras. En este punto, la retención era del 3%, y con la nueva medida queda en 1%, y rige hasta el mes de mayo.
En cuanto al Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), cuyo decreto debe salir, tiene que ver con la prórroga hasta junio de las reducciones, al igual que la reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 10% al 5% a los sectores gastronómicos, eventos y afines se extiende hasta el mes de octubre.