Tras la emisión del decreto reglamentario del Presupuesto General de la Nación (PGN) 2021, el Ministerio de Hacienda insta a los administradores de Organismos y Entidades del Estado (OEE) a un análisis fino en su planificación presupuestaria y financiera para ir apuntando hacia una mayor calidad en el gasto público.

Así también, informa que a través del Sistema Integrado de Administración de Recursos del Estado (SIARE) se comunicará oportunamente la fecha de carga del Plan Financiero, así como los topes basados en la disponibilidad financiera del Tesoro público.

Reglamentación del PGN

Se aclara que la reglamentación del PGN 2021 constituye una herramienta normativa que refuerza las políticas de administración presupuestaria y financiera, racionalidad, control de gasto público y rendición de cuentas y establece lineamientos claros para un manejo prudente y racional en la etapa de ejecución del presupuesto.

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Entre las medidas de austeridad fiscal, muchas de ellas ya implementadas desde el año pasado, se destaca la restricción en la entrega de combustibles o de cupos de combustibles a autoridades de los organismos y entidades del Estado y miembros de órganos colegiados.

También prevé la prohibición de compra de alimentos, con excepción de aquellos relacionados a sesiones oficiales de autoridades de la institución, para el personal que realiza jornadas labores continuadas y para eventos internacionales oficiales.

Aumento salarial

Otro punto incorporado es la suspensión de aumento salarial para el personal contratado para este ejercicio fiscal y la aplicación del tope salarial que establece la Ley 6.622/2020, conforme a los criterios aprobados en la Ley de PGN vigente.

Igualmente, hay limitaciones para viáticos y el financiamiento de las capacitaciones. En este punto, la Ley Nº 6.511/2020 “Que establece disposiciones generales sobre el otorgamiento de viáticos en la administración pública”, elevó el porcentaje de rendición mínima del 50 al 80 por ciento de los gastos de viáticos.

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Por otro lado, establece la aplicación de los concursos respectivos en los procesos de nombramiento o recategorizaciones salariales del personal permanente, conforme a lo establecido en la Ley 1.626.

También limita el pago del subsidio familiar al personal público, conforme a los criterios y topes establecidos en el clasificador presupuestario y negativa de adquisición de arreglos florares y decoración. Finalmente se aclara que considerando la situación epidemiológica del país, se mantienen los mecanismos simplificados de contratación para el personal del blanco.

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