El Poder Ejecutivo dio a conocer este martes el decreto Nº 3.735 por el que se dispone la reducción de tasas del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para la comercialización de algunas bebidas alcohólicas y productos electrónicos y celulares. Se trata de una modificación temporal de la ley del Sistema Tributario Nacional, solicitada por el Ministerio de Hacienda a través de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) ante la pandemia a causa del COVID-19.
Las nuevas tasas impositivas estarán vigentes hasta 31 de diciembre del 2020, según se expone en el Art. 1° del aludido decreto. La medida favorece a los importadores de algunas bebidas alcohólicas tales como coñac, whisky, tequila, aguardiente, ron, cócteles, vodka, gin, ginebra, pisco, cañas y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica superior al 30% Vol.a 20Celsius. También se incluyen los vinos de frutas, naturales o dulces, champán y equivalentes, y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica superior al 10%. Todas estas bebidas importadas bajarán su tasa del 11% al 7%, conforme al decreto presidencial.
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Otro sector del comercio beneficiado con la reducción de tasas son los importadores de electrónicos. La lista de productos abarca máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades; lectores magnéticos u ópticos, las máquinas copiadoras, hectográficas y mimeógrafos. Igualmente, las nuevas tasas rigen para la importación de máquinas de imprimir direcciones, máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes, así como aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos receptores de televisión, incluso con aparato receptor de radiodifusión o de grabación o reproducción de sonido o imagen incorporados; videomonitores y videoproyectores. En este caso se reduce a la mitad, estableciéndose un impuesto del 0,5%.
Del mismo modo para los aparatos de telefonía celular y terminales portátiles se fijó bajar del 1% al 0,5% el ISC, según consta en el decreto publicado por la Presidencia de la República.
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