La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) comunica a los contribuyentes que el decreto Nº 3.668/2020 ha dejado sin efecto el traslado del feriado del 12 de junio, previsto inicialmente para el 15 de junio.

El viceministro de la SET, Óscar Orué, explicó que, a consecuencia del cambio de fecha del feriado previsto de antemano, existen plazos de vencimiento que tienen variación.

Comentó que para la presentación de las declaraciones juradas de liquidación de impuestos, con terminación de RUC en 3 y 4, el vencimiento de presentación será el próximo lunes 15 de junio. Así también, las declaraciones juradas informativas, con terminación de RUC en 2 y 3, el vencimiento será el 15 de junio. A los vencimientos se incluye el pago de las obligaciones tributarias.

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“Informamos a los contribuyentes sobre estos cambios de modo que no sean tomados por sorpresa al momento de realizar los vencimientos y pagos de los tributos”, manifestó el representante de la SET.

Agregó que los demás vencimientos, de acuerdo a la terminación del RUC de los contribuyentes, se mantienen invariables.

Comentó que para cualquier información adicional, consulte el calendario de vencimientos del mes de junio del 2020, disponible en la página web de la SET, o comuníquese al call center de Tributación (021) 417-7000, de 8:00 a 12:00 y de 13:00 a 15:00.

Contravención

El Poder Ejecutivo actualizó, días atrás, la cuantía máxima por la comisión de la infracción de contravención prevista en la ley tributaria. Mediante el decreto Nº 3.599/2020 se establece el monto de 1.500.000 guaraníes.

La contravención es la violación de leyes o reglamentos, dictados por órganos competentes, que establecen deberes formales. Constituye también contravención la realización de actos tendientes a obstaculizar las tareas de determinación y fiscalización de la administración tributaria.

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