Hoy viernes 8 de setiembre, el Ministerio de Hacienda pagará a un nuevo grupo de víctimas de la dictadura, que cuenten con Resoluciones de la Defensoría del Pueblo del año 2013 (ver cuadro). Los pagos serán efectuados entre las 8:00 y las 13:00 horas, en el Salón Abierto de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP), en Iturbe entre Simón Bolívar (1ra. Proyectada) y Abay (2da. Proyectada), Planta Baja.
Para los pagos, que están establecidos en la Ley N° 838/96 y 3608/08, será de rigor la presentación de la Cédula de Identidad Civil vigente y fotocopia de la misma. Los cheques serán entregados única y exclusivamente a los beneficiarios de forma directa.
Además, se estará abonando la resolución de la Defensoría del Pueblo Nro. 53/12 y sus resoluciones rectificativas 924/14, 637/16 y 265/17.
Las resoluciones de la Defensoría del Pueblo N° 486/13 y 517/13 fueron excluidas de este listado por contener dictamen denegado de la P.G.R. anterior a la Ley Nº 4381/11 y sus expedientes se encuentra en trámites en la Defensoría del Pueblo.
Las resoluciones de la Defensoría del Pueblo N° 488/13, 506/13, 511/13, 532/13 y 570/13 fueron excluidas de este listado por contener dictamen denegado de la P.G.R. posterior a la Ley Nº 4381/11.
La resolución de la Defensoría del Pueblo N° 560/13 fue excluida de este listado porque la misma fue rechazada por la citada entidad.
Las resoluciones de la Defensoría del Pueblo D.P. N° 498/13, 526/13, 531/13, 542/13 y 567/13 fueron excluidas del listado por inconsistencias en los datos y sus expedientes fueron derivados a la Defensoría del Pueblo.
Las resoluciones de la Defensoría del Pueblo N° 505/13, 566/13, 581/13 y 584/13 fueron excluidas de este listado y remitidas a la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda para su estudio y consideración.
Las siguientes Resoluciones D.P. N° 483, 484, 490, 496, 497, 499, 500, 501, 502, 503, 509, 513, 518, 519, 520, 521, 522, 523, 527, 529, 535, 536, 537, 543, 544, 545, 546, 547, 548, 549, 554, 556, 557, 558, 559, 561, 563, 565, 569, 571, 572, 573, 574, 582 y 586 del año 2013 no fueron recepcionadas en la CODE.
El Ministerio de Hacienda recuerda a toda la ciudadanía que los servicios brindados son gratuitos y no se necesita gestores para el cobro de las indemnizaciones. En caso de dudas o necesidad de mayores aclaraciones, se insta a los beneficiarios acercarse a la oficina de la Coordinación de Obligaciones Diversas del Estado (CODE), en Estrella c/Chile, 5to. Piso del Edificio City Center, o llamar al Tel. (021) 493.754.