En el salón Auditorio de la Biblioteca y Archivo del Congreso Nacional se desarrolló un análisis crítico “Al poder disciplinario ejercido por la Corte Suprema de Justicia contra los abogados litigantes”, donde se contó con la presencia de renombrados disertantes. Seis de los exponentes coincidieron de que la Corte no puede sancionar a los abogados que no trabajan para ellos.
Según el profesor doctor Nicolás Gaona Irún hubo coincidencia entre los colegios de abogados de que la Corte no tiene facultades disciplinarias que está ejerciendo sobre los abogados que no dependientes o funcionarios judiciales. Sin embargo, uno de los disertantes se mostró renuente a la situación y demostró su apoyo a la Corte, afirmando que sí tiene la potestad contra los litigantes.
“La postura de seis de los exponentes es que la Corte no puede juzgar disciplinariamente a quien no es su dependiente. Cada uno dio su punto de vista y fue socializado con el auditorio”, detalló Gaona en entrevista con La Nación/Nación Media. El evento organizado por la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Asunción (UNA) contó con una alta participación al tratarse de una situación que compete a los abogados del territorio nacional.
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Confirmó que uno de los expositores se mostró a favor de la Corte Suprema de Justicia y se excusó ante una ley que ya fue derogada. “Excepto el colegio de abogados de Villarrica representado por el doctor David Bogado, quien dijo que cree que la Corte tiene facultades e infundo su punto de vista, pero en una Ley que está derogada que es la 879″, señaló.
Indicó que el auditorio realizó sus preguntas como puntos de vistas, en el que muchos coincidieron en que la corte se extralimita y que no tiene la facultad disciplinaria con los abogados independientes. “En todos los casos hubo coincidencia que no puede disciplinar y que son inconstitucionales las medidas aplicadas por la Corte. Además, se habló de que la colegiatura obligatoria era una salida que había fracasado”, puntualizó.
Agregó que se resolvió hacer un informe sobre la exposición realizada y que será publicada dentro de un mes en formato de libro, que tendrá una presentación en formato digital y más adelante en impreso. “Yo creo que la corte se extralimita que funda la existencia del Consejo de Superintendencia así como la Ley 609 y el mal entendido sobre la vigencia de la ley 879 que fue derogada en el año 1992, sin embargo ellos están poniendo en vigencia”, sentenció.