El Pleno de la Corte Suprema de Justicia suspendió sin goce de sueldo a las juezas de Paz Carmen Analía Cibils y Liliana González, investigadas por mal desempeño en sus funciones, debido a la actuación presuntamente irregular en cientos de juicios civiles en el caso conocido como la mafia de los pagarés.

El ministro César Garay fue quien propuso que ambas magistradas sean suspendidas sin goce de sueldo ante la gravedad de los hechos que se está investigando. Este pedido acompañaron los ministros César Diesel, Carolina Llanes, Manuel Ramírez, Gustavo Santander, Luis María Benítez Riera, y Eugenio Jiménez. Mientras que el ministro Víctor Ríos voto por la suspensión con goce de sueldo.

A partir de la determinación adoptada por el pleno de la máxima instancia judicial, ambas magistradas ya no pueden acceder a sus despachos y tampoco pueden firmar alguna esolución judicial.

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JEM

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) inició el enjuiciamiento contra las juezas de Paz Analía Cibils y Liliana González, por presunto mal desempeño. Los integrantes del órgano juzgador de magistrados concluyó que se cumplieron con las exigencias sobre la gravedad, notoriedad y afectación para el enjuiciamiento de oficio a las juezas mencionadas más arriba.

Los miembros del JEM evaluaron el resultado de la auditoría realizada por la propia Corte Suprema de Justicia que dejó al descubierto la actuación irregular de ambas juezas.

El preopinante Manuel Ramírez Candia abordó las actuaciones de la abogada Liliana González de Bristot, a cargo del Juzgado de Paz de San Roque, correspondiente a la circunscripción de capital. El alto magistrado fue contundente al mencionar que el resultado de la auditoría comprobó que más de 100 expedientes sobre resoluciones judiciales se emitieron sin número ni fecha. Asimismo, unos 35 expedientes acerca de juicios civiles no contaban con la documentación pertinente.

Por su parte, el ministro de la Corte, César Garay, preopinante en el caso de la jueza de Paz de la Encarnación, Analía Cibils, explicó que la magistrada en cuestión incurrió en faltas consideradas como graves dentro del ordenamiento de la propia Corte y que son a su vez pasibles de un proceso en el organismo extrapoder.

Cibis, muy criticada, habría dictado resoluciones con una firma pero sin el sello correspondiente. También dictó providencias sin fecha y sin el sello identificatorio correspondiente, mediante las cuales se iniciaron los juicios ejecutivos para el embargo de salarios.

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