El tribunal de Apelación, integrado por los camaristas Arnulfo Arias, María Belén Agüero y Arnaldo Fleitas, revocó la resolución del juez Miguel Palacios, que había ordenado a la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad) que informe sobre financistas y participantes del evento del pleno del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat), que se realizó en nuestro país el año pasado.

Con la presente resolución judicial, la Seprelad no está obligada a brindar la información que ha solicitado vía amparo judicial Ezequiel Santagada, director ejecutivo del Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA), contra la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad).

Los camaristas mencionan en su resolución que “el derecho al acceso a la información pública se halla garantizada para todas las personas, sin embargo en este caso, la apreciación sobre si la proporcionada por la entidad del Estado es completa o incompleta responde a una apreciación subjetiva del reclamante, al quedar satisfecho o insatisfecho por la contestación que pueda recibir”.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Te puede interesar: Anulan depósito de marihuana y detienen a cuatro personas en Canindeyú

También agregan que “en el informe de Seprelad, sobre los nombres o denominaciones de las personas físicas o jurídicas de los organismos públicos o privados nacionales de derecho internacional extranjeros que financiaron total o parcialmente el evento, ha informado que “los datos solicitados no forman parte de sus registros y se puede concluir en consecuencia que, en realidad, al requerimiento del demandante ha existido una respuesta; que esta no haya complacido al mismo, ya responde a su entendimiento, pero de por sí, no constituye un acto ilegítimo de parte de la demandada es decir de la Seprelad” señala la determinación judicial.

Asimismo los jueces indicaron que el juez de primera instancia no ha considerado suficientemente los requerimientos de la norma constitucional para admitir el amparo, que debe ser revocado, al encontrar que no cumple con los presupuestos para su procedencia.

Podes leer: Cae camión con matrícula paraguaya que llevaba 400 kilos de cocaína colombiana

Déjanos tus comentarios en Voiz