Un tribunal de sentencia condenó a 23 años y 3 meses de cárcel a un hombre de 74 años de edad tras ser encontrado culpable por abuso sexual en niños. La víctima es una niña de tan solo 9 años. La fiscal Laury Vázquez fue la encargada de representar al Ministerio Público en el juicio oral.
El condenado seguirá con arresto domiciliario debido a la edad, a pesar de la solicitud de revocación realizada por la representación fiscal. La agente del Ministerio Público logró probar la responsabilidad del hombre en la causa a través de los medios probatorios presentados ante el tribunal de sentencia de Caazapá.
Los antecedentes de la causa refieren que los hechos denunciados se cometieron en el 2019 cuando el hoy condenado asistía a un templo como feligrés, quien tenía afinidad con la familia de la víctima, siendo contratado para realizar trabajos en la vivienda de la niña y en la congregación.
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El hombre se aprovechó de la confianza que tenía la familia hacia su persona para perpetrar el hecho, tanto en la feligresía como en su domicilio, donde llevó a la víctima tras convencer a los padres, alegando que la llevaría a jugar a la casa de su nieta.
Aunque la niña intentaba defenderse del agresor no pudo resistir la fuerza del hombre y las amenazas para guardar silencio. El ahora condenado también se encuentra procesado por otro hecho similar del que resultaron víctimas sus nietas.
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Imedic: confirman condena de 4 años de cárcel para Patricia Ferreira
El Tribunal de Apelación en lo Penal confirmó la condena de 4 años de cárcel para la presidenta de Imedic S.A, Patricia Ferreira Pascottini y 4 años de pena privativa de libertad para la directora general Nidia Godoy. Así también, se confirmó la absolución del tercer acusado, el despachante de Aduanas Néstor Ramírez. El Tribunal está conformado por los jueces José Waldir Servín, Delio Vera Navarro y Cristóbal Sánchez.
La Cámara de Apelación señala que la pena de 4 años de cárcel impuesta a Ferreira y Godoy son las adecuadas para el caso en particular. El colegiado ha llevado a cabo, en forma efectiva, el proceso de individualización de las penas impuestas, que deben ser útiles y justas, pues se adecuan a las particularidades del caso concreto. Esto atendiendo al marco penal establecido para el hecho punible realizado, y además, se halla dentro de los límites del grado de reproche y conforme a los fines preventivos” indica parte de la resolución de segunda instancia.
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En octubre del 2024 un Tribunal de Sentencia condenó a Patricia Ferreira y Nidia Godoy a la pena privativa de libertad de 4 años de cárcel, luego de ser encontradas culpables por los delitos de producción de documentos no auténticos y comercialización de medicamentos no autorizados por la falsificación de facturas de la firma Eurofarma, que posibilitó el ingreso de medicamento de dudosa procedencia a nuestro país.
Los jueces de sentencia mencionaron que “se ha producido la falsificación de las facturas, así como también se falsificaron las guías, que decía país de origen Brasil, pero los documentos originales presentados como pruebas indican que los medicamentos provienen de China, la India y México, y una de Colombia. Hubo una manipulación de los representantes de Imedic”.
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Caso Sol Chávez: familiares de la víctima no pueden nombrar a la odontóloga condenada
En un giro controvertido dentro del caso de Sol Chávez, la joven fallecida por intoxicación con flúuro, un juez dictó una medida cautelar que prohíbe a sus familiares mencionar o acercarse a la odontóloga Lilia Graciela Espinoza, condenada por homicidio culposo. La decisión ha generado indignación en los padres de la víctima, María Edith Franco y José Domingo Chávez, quienes recibieron un oficio judicial que, según su abogado, presenta numerosas irregularidades.
La medida fue dictada tras una denuncia presentada por Espinoza contra la familia de Chávez, amparándose en la Ley 5.777/2016 de violencia contra la mujer. Sorprendentemente, el documento judicial señala a la odontóloga como “víctima”, lo que ha sido fuertemente cuestionado por la defensa de la familia Chávez.
El abogado José Armoa denunció errores graves en el oficio judicial, que van desde incongruencias en los nombres de los involucrados hasta la carátula del documento, donde se menciona un hecho punible de violencia doméstica. “No sabemos si es un error de tipeo o qué, pero un error de esta naturaleza no puede tener esas incongruencias. Lo que más nos llama la atención es que la carátula del Juzgado enuncia un hecho punible de violencia doméstica”, expresó Armoa en declaraciones al canal GEN/Nación Media.
El abogado también explicó que no se puede caratular como “violencia doméstica” un conflicto entre personas que no conviven juntas. En este caso, ni la odontóloga Espinoza ni la química Sandra Hermosa (también acusada por la muerte de Sol Chávez) tienen relación de cohabitación con la familia de la víctima.
Piden investigar al juez del caso
Ante las irregularidades en el documento judicial, la familia Chávez solicita que se investigue al juez José Segundo Velázquez Alfonso, responsable de la medida cautelar. La defensa de la familia destaca que el oficio presenta errores desde el encabezado, mencionando a un jefe policial ajeno al caso, hasta restricciones impuestas a personas extrañas, cuyos nombres fueron corregidos a bolígrafo.
Antecedentes del Caso
Sol Chávez falleció el 9 de abril de 2021 debido a una intoxicación con flúuro. Tras un proceso judicial, Lilia Graciela Espinoza y Sandra Hermosa fueron condenadas a solo dos años de prisión, lo que generó indignación en la opinión pública. Sin embargo, la sentencia fue anulada, y actualmente se lleva a cabo un nuevo juicio.
La decisión de prohibir a la familia de la víctima mencionar a la odontóloga condenada ha generado un fuerte rechazo y ha reavivado el debate sobre la transparencia y equidad en el sistema judicial. La familia Chávez insiste en que seguirá luchando por justicia para su hija y exige que se revisen las acciones del juez a cargo del caso.
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México: investigan al exfutbolista y diputado Cuauhtémoc Blanco por presunto abuso
- México. AFP.
El diputado Cuauhtémoc Blanco, tres veces mundialista con la selección mexicana de fútbol, declaró el jueves pasado ante la fiscalía por una acusación de abuso sexual presentada por su media hermana. Blanco, de 52 años y militante del partido oficialista Morena, acudió voluntariamente a la fiscalía del estado de Morelos luego de que la presidenta mexicana, Claudia Sheinbaum, se lo sugiriera en su conferencia de prensa de este jueves.
“Aquí estoy, que se esclarezca (...), esto es una revancha política”, dijo el exgobernador de Morelos (2018-2024) a la prensa en los exteriores del edificio de la fiscalía en Cuernavaca. El legislador federal, quien el pasado martes evitó el desafuero con los votos de su partido (izquierda), es señalado de “violación en grado de tentativa”, luego de que su media hermana Nidia Blanco denunciara que intentó abusar de ella en diciembre de 2023.
Según esa versión, los hechos habrían ocurrido en la casa de gobierno de Morelos (centro), donde también vivía la mujer, quien entonces trabajaba en la gobernación. El desafuero había sido solicitado por el anterior fiscal de Morelos Uriel Carmona, a quien Sheinbaum acusa de encubrir a un presunto feminicida en otro caso ocurrido en 2022.
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Algunas diputadas oficialistas y de partidos aliados apoyaron el desafuero y exigieron que Blanco respondiera a las acusaciones, mientras que la oposición denunció que se protegió a un “violentador”. Pese a sus críticas al anterior fiscal, Sheinbaum asegura que la investigación debe continuar y llamó a Blanco a declarar ante el organismo investigador.
“Sería muy bueno por ejemplo que Cuauhtémoc Blanco fuera a declarar a la fiscalía”, sostuvo este jueves. Colectivos feministas convocaron a una manifestación el próximo sábado para exigir que la Cámara de Diputados retire el fuero a Blanco para que sea juzgado. El exfutbolista disputó con México los Mundiales de Francia 1998, Japón-Corea del Sur 2002 y Sudáfrica 2010.
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Vínculo narco: fijan para el 23 de abril el juicio oral contra Arnaldo Giuzzio
El Tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Adriana Planas, Mathias Garcete y Yolanda Morel, fijó para el 23 de abril el juicio oral y público para el exministro del Interior Arnaldo Giuzzio, acusado por cohecho pasivo agravado por recibir favores del supuesto narcotraficante detenido en Brasil Marcus Vinicius Espíndola Marqués de Padua.
Días atrás, el Tribunal de Apelación rechazó la recusación presentada por el exministro del Interior Arnaldo Giuzzio contra los integrantes del Tribunal de Sentencia especializado en Delitos Económicos, Matías Garcete y Adriana Planás.
La chicana fue promovida en su momento por el abogado Emilio Fúster, el pasado 14 de marzo. El exfuncionario de confianza del gobierno de Mario Abdo Benítez está acusado por cohecho pasivo agravado por presuntos vínculos con el narcotraficante brasileño Marcus Vinicius Espíndola Marqués de Padua, quien se encuentra detenido en Brasil.
El Ministerio Público había solicitado al tribunal de sentencia que sea incluido como prueba los datos extraídos del celular del narcotraficante brasileño Lindomar Reges Furtado, asociados con Marcus Vinicius Espíndola y que se había fugado de un operativo en Hernandarias, en 2022.
Antecedentes
La acusación contra Giuzzio fue presentada el 16 de agosto del 2023 por los fiscales anticorrupción Diego Arzamendia y Jorge Arce, quienes argumentan que el también exministro de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) tenía pleno conocimiento de las intenciones de Marcus Vinicius de obtener contratos con el Estado paraguayo, concretamente con el Ministerio del Interior, que Giuzzio lideraba hasta febrero del 2022.
El Ministerio Público construyó su hipótesis conforme a supuestas conversaciones vía WhatsApp que fueron anexadas a la documentación de la causa, concluyendo que dichas evidencias exponen que hubo más de un encuentro entre Giuzzio y Marcus Vinicius. Entre las pruebas presentadas por los agentes se menciona también que Giuzzio usó una camioneta del capo narco para vacacionar en Brasil entre diciembre de 2021 y enero de 2022.
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