La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó que el médico Miguel Ángel Cabarcos, condenado a cinco años de cárcel por homicidio culposo a raíz de una mala praxis por el fallecimiento de un niño de 4 años de edad, seguirá cumpliendo su condena privado de su libertad. La máxima instancia judicial rechazó un hábeas corpus presentado por la defensa del condenado. Según los datos, está privado de su libertad hace 3 años y 9 meses y 14 días.
En agosto del 2022 la máxima instancia judicial integrada por Manuel Ramírez Candia, Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera, confirmó la condena al médico Miguel Ángel Cabarcos, sentenciado a 5 años de cárcel por homicidio culposo de un niño durante una cirugía de amígdalas en el año 2016.
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Los altos magistrados declararon inadmisible el recurso de casación presentado por el abogado Arsenio Centurión, defensor del profesional de blanco de nacionalidad uruguaya Miguel Cabarcos.
El médico fue sentenciado el 24 de mayo del 2021 por el Tribunal de Sentencia de San Lorenzo, integrado por Julio César Granada, Leticia de Gásperi y Gloria Garay. El fallo fue apelado y tras meses de estudio, el Tribunal de Apelación de Central decidió confirmar el fallo condenatorio.
El médico estuvo prófugo por un buen tiempo, pero luego fue detenido en la ciudad de Coronel Oviedo para ser sometido a la Justicia. La fiscal Mirtha Rivas califica de histórica la condena al mencionado galeno por homicidio culposo.
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Tras juicio oral condenan a médico por brutal golpiza a su pareja
- Ciudad del Este. Agencia Regional
Un médico cirujano fue condenado a dos años de prisión, con suspensión a prueba de la ejecución de la condena por hechos de violencia familiar. Se trata de Daisson Batista Carvalho (42), de nacionalidad brasileña, quien había sido denunciado por su pareja. El fiscal Alberto Torres es quien investigó la causa y defendió la acusación.
El juicio oral culminó hoy miércoles donde fueron presentados y tomados en cuenta por el tribunal varias pruebas documentales y testimoniales para la determinación de la culpabilidad del acusado, a cargo del Tribunal de Sentencia, presidido por la jueza Emilia Santos e integrado por los magistrados Milciades Ovelar y Flavia Lorena Recalde.
De acuerdo a lo expuesto en juicio, los episodios de violencia ocurrieron el 28 de junio de 2023, alrededor de las 21:00, en un apartamento ubicado en el barrio Sagrado Corazón de Jesús de Presidente Franco. En esa ocasión, el agresor llegó ofuscado al lugar y empezó a agredir verbalmente con palabras denigrantes a su entonces pareja.
Acto seguido, le propinó varias cachetadas y la arrastró del cabello hasta la habitación, donde la tiró a la cama y continuó golpeándola. Luego, la tomó del cuello y apretó con fuerza, tratando de asfixiarla. En ese momento, la víctima pudo zafarse y buscó la forma de tranquilizar a su atacante.
Posteriormente, el médico quedó dormido y entre las 6:00 y 6:30 se levantó, la despojó de su celular a la mujer y la dejó encerrada en el apartamento antes de ir a trabajar. Horas después, la víctima gritó y pidió auxilio a los vecinos, quienes abrieron la puerta a la fuerza y lograron rescatarla.
Después, radicó la denuncia contra el responsable de la golpiza y fue ordenada su detención por el Ministerio Público. El denunciado fue detenido el 10 de octubre de 2023, siendo imputado y ahora condenado a dos años con suspensión de la medida.
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Vínculo narco: rechazan chicana de Giuzzio y confirman a jueces para seguir juicio
El Tribunal de Apelaciones rechazó este lunes la recusación presentada por el exministro del Interior, Arnaldo Giuzzio, contra los integrantes del Tribunal de Sentencia especializado en Delitos Económicos, Matías Garcete y Adriana Planás. De esta forma, su juicio oral y público podrá avanzar sin inconvenientes con la fijación de una nueva fecha.
La chicana fue promovida mediante su abogado Emilio Fuster, el pasado 14 de marzo. El exfuncionario de confianza del gobierno de Mario Abdo Benítez está acusado por cohecho pasivo agravado por presuntos vínculos con el narcotraficante brasileño Marcus Vinicius Espíndola Marqués de Padua, quien se encuentra detenido en Brasil.
Igualmente, el Tribunal de Sentencia deberá evaluar el requerimiento realizado por el Ministerio Público consistente en que en el desarrollo del juicio oral y público sea incluido como prueba los datos extraídos del celular del narcotraficante brasileño Lindomar Reges Furtado, asociado con Marcus Vinicius Espíndola y que se había fugado de un operativo en Hernandarias, en 2022.
El requerimiento realizado por el órgano extrapoder a la justicia brasileña vía exhorto surge teniendo en cuenta que Reges Furtado formaría parte del grupo criminal del también capo narco brasileño Marcus Vinicius. Se sospecha que Giuzzio recibió obsequios por parte de Reges Furtado y que habría colaborado en su fuga del barrio cerrado en el marco del fallido operativo Turf.
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Antecedentes
La acusación contra Giuzzio fue presentada el 16 de agosto del 2023 por los fiscales anticorrupción Diego Arzamendia y Jorge Arce, quienes argumentan que el también exministro de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) tenía pleno conocimiento de las intenciones de Marcus Vinicius de obtener contratos con el Estado paraguayo, concretamente con el Ministerio del Interior, que Giuzzio lideraba hasta febrero del 2022.
El Ministerio Público construyó su hipótesis conforme a supuestas conversaciones vía WhatsApp que fueron anexadas a la documentación de la causa, concluyendo que dichas evidencias exponen que hubo más de un encuentro entre Giuzzio y Marcus Vinicius. Entre las pruebas presentadas por los agentes se menciona también que Giuzzio usó una camioneta del capo narco para vacacionar en Brasil entre diciembre de 2021 y enero de 2022.
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La habitación de Maradona estaba “muy sucia”, declaró médico en juicio
- San Isidro, Argentina. AFP.
La habitación donde murió Diego Maradona “estaba muy sucia” para una persona “recién operada” y no tenía desfibrilador, testificó este jueves un médico durante el juicio en Argentina para determinar la responsabilidad de siete profesionales de la salud en el fallecimiento del astro argentino del fútbol hace cuatro años.
“La casa estaba muy sucia, muy desordenada, especialmente el cuarto, no había ningún tipo de orden o limpieza por lo menos básica para poder tener una persona recién operada”, dijo Colin Campbell, un médico que era vecino de la difunta estrella de la selección argentina y que llamaron para asistirlo antes de que llegaran ambulancias.
Campbell contó que ese 25 de noviembre de 2020, al entrar a la habitación de la casa en el barrio privado de Tigre (provincia de Buenos Aires), encontró a una enfermera haciéndole masaje cardíaco a Maradona (60 años) y a un custodio realizando respiración boca a boca. Al relevar a la enfermera, notó que la temperatura del cuerpo y la rigidez mandibular de la leyenda del fútbol indicaban que “ya no tenía signos vitales hace un tiempo largo”.
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“Más de una o dos horas seguro”, declaró Campbell a los jueces del tribunal de San Isidro, un suburbio al norte de Buenos Aires. El médico fue llamado aquel día a las 12:26 por personal de seguridad del barrio privado porque el astro “se había descompensado”.
Juan Carlos Pinto, otro médico que llegó con la primera ambulancia, confirmó la versión de Campbell al declarar que el paciente ya estaba muerto a su arribo. Pinto relató que fue él quien comunicó la muerte a la exesposa de Maradona, Claudia Villafañe, y a sus hijas, que ya estaban presentes. “Hacía más de dos horas que estaba muerto”, afirmó.
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“No había nada que pudiera ayudar a una reanimación, no había oxígeno, no había tubos de oxígeno, no había desfibrilador”, detalló Pinto, ratificando la versión de Campbell. Los policías que testificaron hasta ahora afirmaron que no había “elementos médicos” en el cuarto. Maradona, quien tuvo periodos de excesos durante su agitada vida, falleció por una crisis cardiorrespiratoria en su casa en Tigre, donde cumplía internación domiciliaria tras una neurocirugía.
Siete profesionales de la salud (médicos, enfermeros, una psiquiatra y un psicólogo) son acusados de homicidio con dolo eventual, una figura que implica que eran conscientes de que su accionar podía ocasionar la muerte. El juicio se prolongará al menos hasta julio y se espera que declaren unos 120 testigos. Los fiscales aún no dijeron quiénes prestarán testimonio en la próxima audiencia, prevista para el martes. Los acusados, que defienden su inocencia, arriesgan entre 8 y 25 años de prisión.
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Corte declaró competente al juez Humberto Otazú en caso penal de exjueza Tania Irún
La sala penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por Carolina Llanes, Alberto Martínez Simón y María Belén Agüero, declaró competente al juez de Delitos Económicos, Humberto Otazú, para que pueda seguir tramitando la causa penal por el delito de prevaricato contra la ex jueza en lo Civil y Comercial, Tania Irún.
En un llamativo fallo judicial y con los votos de los camaristas Cristóbal Sánchez y Agustín Lovera Cañete se anuló de forma sorpresiva la elevación a juicio oral de Irún y se ordenó que se realice una nueva audiencia preliminar para estudiar la acusación. Los dos citados camaristas ya fueron acusados por mal desempeños en sus funciones en el JEM.
Ahora, el referido magistrado deberá fijar la fecha para la realización de la audiencia preliminar donde se definirá si Tania Irún va a juicio oral y público. La exjueza está acusada por prevaricato y destituida del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados luego de comprobarse mal desempeño de sus funciones con los votos de los ministros Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia.
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Contundente acusación fiscal
En julio del año pasado, la fiscal adjunta Soledad Machuca acusó y pidió juicio oral y público para la exjueza en lo Civil Tania Irún, procesada por el delito de prevaricato. Machuca fue contundente al señalar que la ex magistrada obligó de forma irregular a la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial y en consecuencia habría intimado a la parte demandada, a otorgar la escritura pública traslativa de dominio de los inmuebles ubicados en el departamento de Alto Paraguay.
La acusación también señala que “como bien podrá advertirse la entonces magistrada Irún al referirse al cumplimiento de lo previsto en la Ley especial N°2532/05 (que establece la zona de seguridad fronteriza de la República del Paraguay), tan sólo se habría limitado a hacer mención a lo referente al cumplimiento del artículo 2° de la ley, en lo que respecta a la nacionalidad de las personas actoras, afirmando que las mismas no serían oriundas de los países limítrofes, sin embargo en el expediente civil no existirían constancias de dichas afirmaciones”, refiere el escrito de la acusación del Ministerio Público.
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