La jueza penal de garantía Alicia Pedrozo rechazó el pedido de permiso para trabajar y ratificó el arresto domiciliario del empresario Luis Augusto Montanaro Bedoya, procesado por lesión del derecho a la comunicación y la imagen por presumiblemente filtrarse contenidos sexuales sin consentimiento.
La defensa del procesado tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación quien tendrá que analizar y decidir si corresponde confirmar la resolución firmada por la jueza Alicia Pedrozo.
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Actualmente, Montanaro guarda reclusión domiciliaria en un edificio céntrico de Asunción. Asimismo se dispuso varias reglas de conducta, como la prohibición de salida del país, prohibición de cambiar de domicilio, la obligación de acudir a la audiencia preliminar y una fianza real de G. 990 millones.
De acuerdo a la investigación, en fecha 10 de julio de 2024, Montanaro Bedoya habría compartido sin consentimiento a través de distintas plataformas de mensajería numerosas imágenes y vídeos de carácter sexual, presuntamente de su expareja.
Este hecho motivó que se realice la denuncia que descubrió el ilícito. La defensa del imputado puede apelar el fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación el que analizará si corresponde confirmar la resolución de la magistrada de Garantías.
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El JEM investiga a jueza de Encarnación por mal desempeño en sus funciones
La presidenta del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, Alicia Pucheta, solicitó copias completa del expediente caratulado “Banco Río S.A.E.C.A. c/ Sergio Luiz Tosetto s/ Acción Ejecutiva” en el que la jueza en lo civil y comercial Nilda Concepción Benítez Caballero fue denunciada por mal desempeño en sus funciones.
Una vez que se remitan las copias del expediente judicial, los integrantes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados deberán estudiar si corresponde iniciar el enjuiciamiento contra la magistrada. Los integrantes del JEM son Alicia Pucheta, Orlando Arévalos, Derlis Maidana, Enrique Berni, Manuel Ramírez Candia, Alejandro Aguilera, César Garay y Mario Varela. Los mismos tendrán que estudiar si corresponde enjuiciar a la citada magistrada.
Días atrás el rematador público Raúl Sosa Navarro formuló acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados en contra de Nilda Concepción Benítez Caballero, jueza en lo civil y comercial 4to Turno de la ciudad de Encarnación, Itapúa.
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En la denuncia presentada por Sosa Navarro ante el órgano juzgador de magistrados, refiere que el 18 de julio del presente año, estaba programada la subasta pública ordenada en el expediente caratulado “Banco Río S.A.E.C.A. c/ Sergio Luiz Tosetto s/ Acción Ejecutiva que se tramita ante la referida magistrada, pero al revisar el expediente se encontró con una providencia de suspensión de la subasta emitida en respuesta a una solicitud de suspensión presentada por Daniela Tosetto Casaril, sucesora del Sergio Luiz Tosetto, quien había comunicado el fallecimiento del demandado mediante el acta de defunción adjunta.
Asimismo, el escrito de acusación refiere que “la jueza Nilda Concepción Benítez Caballero, en una clara muestra de negligencia y omisión de sus deberes, ordenó la suspensión de la subasta sin observar lo estipulado en el Art. 167 del Código de Organización Judicial (C.O.J.), que establece que el peticionante de la suspensión de un remate deberá consignar la suma que el juzgado fije para el reembolso al rematador de los gastos de publicación o transporte de las cosas, más el cincuenta por ciento de la comisión que le correspondería de haberse llevado a cabo la subasta”, señala el documento.
Igualmente dice el escrito que “el accionar de la magistrada generó un perjuicio económico significativo, superando los G. 20 millones debido a los costos asociados con la publicación de edictos realizada en un medio escrito.
“El daño económico ocasionado no solo se limita a los costos directos de publicación, sino que también ha afectado mi reputación profesional y la de mis colegas, creando un entorno de desconfianza e incertidumbre en el ejercicio de nuestra profesión. La falta de consideración por parte de la magistrada y el incumplimiento de los procedimientos legales han puesto en riesgo la credibilidad y el prestigio de nuestro desempeño en el ámbito profesional”, refiere.
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Absuelven de culpa y pena al actor David Aaron Weil
La jueza de sentencia, Mesalina Fernández, absolvió de culpa y pena al actor y conductor del programa “Cuenta Final “ del canal GEN, David Aaron Weil Cáceres, quien fue querellado por difamación por el director del teatro Guaraní Santiago Palumbo. El fallo de la referida magistrada se dio a conocer luego del juicio oral y público llevado a cabo en la sede del Palacio de Justicia.
Fernández sostuvo su decisión señalando que “la interpretación del video de David Weil no alcanza tener la relevancia jurídica penal o que incluso no afectó la honorabilidad de Santiago Palumbo por lo que no existió ningún hecho que pueda afectar el honor del querellante”. Añadió que se consideró como una causa de justificación el video que no pasa el límite de la crítica por un contrato donde se ha vulnerado la palabra al ser un contrato cuasi leonino.
Igualmente, la magistrada de sentencia sostuvo que “David Weil quedó absuelto ya que no afectó el buen nombre o reputación del querellante Palumbo, ya que muchos jóvenes de ese academia contaron que fueron a estudiar y terminaron trabajando para la academia o teatro y generando deudas”.
Del mismo modo, la jueza resaltó que el trato que tenía Santiago Palumbo con los alumnos becados haciéndolos trabajar tanto en la escuela incluso en su casa como servidumbre no es correcto, ya que ninguna persona que va a estudiar debe ser tratado de servidumbre para abaratar costos personales.
Por su parte, el actor Weil Cáceres señaló “me siento satisfecho pero es como una victoria con sabor amargo porque yo denuncié algo que me pasó en el teatro y a raíz de eso se destacó una caja de pandora, donde exalumnos y excolaboradores contaron cómo fue el manejo dentro de la escuela y la propia jueza dijo que no está bien”. Agregó que analizarán la eventual presentación de una demanda en el fuero civil y comercial,
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Corte rechazó aclaratoria y condena de 8 años de cárcel de exintendente de Lambaré quedó firme
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, rechazó una aclaratoria planteada por la defensa de Roberto Cárdenas, exintendente de Lambaré, condenado a 8 años de cárcel por lesión de confianza y actividades peligrosas en la construcción y, por ende, queda firma la sentencia condenatoria.
Ya en abril de este año los integrantes de la sala constitucional de la máxima instancia judicial rechazaron la acción planteada por la defensa del condenado. Los abogados de Cárdenas presentaron una aclaratoria para evitar que quede firme la sentencia que ahora, al rechazarse, ya queda firme y deberá bajar al juzgado de Ejecución para que se pueda cumplir la condena.
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Por los citados hechos punibles, Cárdenas fue condenado a 8 años de cárcel el 23 de diciembre del 2021 por el tribunal especializado en Delitos Económicos, integrado por las magistradas Yolanda Portillo (presidenta), Yolanda Morel y Elsa García.
Condena
La condena a 8 años de cárcel es por lesión de confianza en la causa penal por la reparación y remodelación de instituciones educativas, donde debido a obras deficientes, el techo de una de las aulas se derrumbó sobre los alumnos del Colegio Nacional de la ciudad.
El exjefe comunal debe ser enviado a la cárcel para cumplir su condena por lesión de confianza por la construcción irregular de 15 instituciones educativas, en las que se causó un perjuicio patrimonial a la comuna de G. 859.559.122.
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Autorizan viaje al extranjero de Giuzzio, acusado por tener vínculos con supuesto narco
El tribunal de sentencia, integrado por los jueces Adriana Planás, Karina Cáceres y Yolanda Morel de Ramírez, esposa del ministro de la Corte Manuel Ramírez Candia, otorgó el permiso desde el 3 al 6 de setiembre al acusado por cohecho pasivo por presuntamente mantener vínculos con el narcotráfico Arnaldo Giuzzio para que pueda viajar a Miami, EE.UU.
De acuerdo a la información que se maneja, el acusado Giuzzio va a Miami, Florida a realizar entrevistas sobre hechos relacionados al contrabando. Para tal efecto se agregó los tickets aéreos así como el sitio donde se hospedará el procesado. Ante el presente pedido, los fiscales del caso Diego Arzamendia y Verónica Valdez se allanaron al pedido realizado por la defensa de Giuzzio.
Asimismo, el colegiado que tiene a su cargo juzgar a Giuzzio los días 21, 22 y 23 de octubre dispuso la obligación de que el acusado se presenté ante la secretaria el primer día hábil siguiente a su regreso como prueba de cumplimiento de la orden impuesta por el tribunal de sentencia. También se mantuvo la caución real de G. 1.000 millones, valor del inmueble ubicado en San Lorenzo.
Es de mencionar que Arnaldo Giuzzio había sido imputado por la Fiscalía por el hecho punible de cohecho pasivo agravado, a raíz de sus supuestos vínculos con el narcotraficante brasileño Marcus Vinicius Espíndola Marques de Padua.