El empresario Luis Augusto Montanaro, imputado por lesión del derecho a la comunicación y a la imagen por comercializar material explícito vía plataformas, seguirá privado de libertad. Así resolvió la jueza penal de garantía Alicia Pedrozo luego de la audiencia de revisión llevada a cabo en el Palacio de Justicia.
La resolución judicial señala que el imputado seguirá preso en el Departamento Especializado en Cibercrimen de la Policía Nacional, para luego ser trasladado a una penitenciaría en nuestro país.
La defensa del imputado tiene la posibilidad de poder apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación quien tendrá que resolver si corresponde confirmar la determinación adoptada por la magistrada Pedrozzo.
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De acuerdo a la investigación, en fecha 10 de julio del 2024, Montanaro Bedoya habría compartido sin consentimiento a través de distintas plataformas de mensajería numerosas imágenes y videos de carácter sexual, presuntamente de su expareja.
Este hecho motivó a que se realice la denuncia que descubrió el ilícito. La defensa del imputado puede apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación el que tendrá que analizar si corresponde confirmar la resolución de la magistrada de Garantía.
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Muere segundo preso venezolano en crisis poselectoral
Un segundo detenido en las protestas que siguieron a la cuestionada reelección del presidente venezolano Nicolás Maduro murió en prisión, informó ayer sábado una ONG y el hijo del recluso, quien reclama a las autoridades que le entreguen el cuerpo de su padre. Jesús Rafael Álvarez, de 44 años, detenido en medio de la crisis poselectoral, falleció el jueves pasado en la cárcel de máxima seguridad de Tocuyito (Carabobo, centro), señalaron la ONG Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) y el Comité por la Libertad de Presos Políticos.
“A mi papá lo castigaron y lo mataron en la cárcel”, acusó su hijo, también llamado Jesús Álvarez, en un comunicado del OVP. El joven de 22 años explicó a la AFP que al conocer la noticia en redes sociales se trasladó al servicio de medicina forense, donde lo “único que me enseñaron de él fue unas pertenencias y unas fotos (...) no me dejaron ver el cuerpo físicamente”.
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“No me dan causa de muerte, ayer cuando fui a la morgue lo único que me tomaron fue los datos para el acta de defunción”, añadió. Según el OPV, en las fotos el fallecido aparecía “irreconocible: demacrado, con barba, extremadamente delgado hinchado, con signos evidentes de un golpe”. Cuando la familia de Álvarez intentó iniciar los trámites para retirar el cuerpo, los funcionarios de Tocuyito aseguraron que “no hay ningún muerto”.
Álvarez es el segundo fallecido en custodia desde que estallaron las protestas contra Maduro, que dejaron 27 muertos y casi 200 heridos. El primero fue Jesús Manuel Martínez, de 36 años y miembro del partido de la líder opositora María Corina Machado. Murió en un hospital de la ciudad de Barcelona (este) por un problema cardíaco, asociado a una diabetes tipo II.
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Más de 2.400 personas fueron detenidas tras las protestas que siguieron a la proclamación de Maduro para un tercer mandato de seis años, entre denuncias de fraude de la oposición. Las autoridades informaron de la excarcelación de unas 300, aunque la ONG Foro Penal, que defiende a “presos políticos”, solo ha logrado registrar unas 208, adolescentes incluidos.
Los familiares de los detenidos han denunciado que sus parientes han sido víctimas de torturas, malos tratos y deficiencias alimentarias en los penales. “Mi papá era una persona sana, no padecía de nada. Allí lo castigaban solo por tener hambre. Si se quejaba, lo aislaban y amarraban. Si pedía hablar con la familia, lo golpeaban”, lamentó Álvarez hijo. El joven también tiene a su madre detenida y exige su liberación.
Fuente: AFP.
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El cantante Pablo Benegas enfrentará juicio oral por pornografía infantil y otros
La jueza penal de Garantía, Cynthia Lovera, decidió elevar a juicio oral y público el proceso penal por proxenetismo, pornografía infantil y coacción sexual del cantante Pablo Benegas, quien estará sentado en el banquillo de los acusados por abusar sexualmente de dos menores de 11 y 16 años.
La resolución judicial se dio a conocer luego de la audiencia preliminar llevada a cabo en Palacio de Justicia. Ahora se tendrá que sortear quiénes serán los jueces de sentencia que tendrán a su cargo juzgar el presente caso. Lo más probable es que la audiencia oral se desarrolle recién en el año 2025, atendiendo a que ya llega la feria judicial que se inicia el 1 de enero.
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Acusación
La acusación fiscal revela que el 9 de noviembre de 2023, Benegas desde su casa solicitó el servicio de transporte de plataformas para trasladar a dos hermanas de 11 y 16 años desde Pelopincho hasta su domicilio particular. Igualmente, menciona el escrito que el acusado les hizo consumir droga sin que ambas víctimas se dieran cuenta para dormirlas y luego comenzar a desvestirlas y les filmaba totalmente desnudas.
Refiere el escrito del Ministerio Público que se produjeron los hechos punibles de abuso sexual en niños, así como coacción sexual y violación. También se registró el tipo penal de pornografía relativa a niños y adolescentes y proxenetismo, ya que supuestamente entregó G. 500.000 a la niña.
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Brazo logístico del EPP: jueza pide a Venezuela la extradición del clan Villalba
Este viernes se dio a conocer que la jueza contra el crimen organizado Lici Sánchez solicitó a las autoridades de Venezuela la extradición de Mariana Ayala López, Myrian Villalba Ayala, María Rosa Villalba, Claudia Villalba, Tania Caballero Villalba, Viviana Caballero Villalba, sindicadas de ser el brazo logístico del Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP).
Actualmente la madre y las hermanas de Carmen Villalba, líder del EPP, se encuentran radicadas junto con 10 niños, quienes serían hijos y sobrinos, en la ciudad de Caracas tras solicitar refugio político al gobierno de Nicolás Maduro.
A la vez se admitió la solicitud del agente fiscal Federico Delfino consistente en avanzar con la captura internacional de las mismas. La solicitud de extradición fue realizada en base a las reglas de reciprocidad y tratados internacionales.
Incluso las mujeres son acusadas de criar y adoctrinar a los menores de edad para luego ser integrados al grupo terrorista. Previo a su instalación en Caracas, el clan se encontraba radicado en Argentina tras haber logrado refugio político durante el kirchnerismo.
Sin embargo, la medida fue levantada en octubre pasado por el gobierno de Javier Milei. “Los requerimientos dirigidos a jueces o autoridades extranjeras se efectuarán por exhortos y se tramitarán en la forma establecida por el Derecho Internacional vigente, las leyes y las costumbres internacionales”, indica la resolución emanada por Sánchez citando el artículo 146 del Código Procesal Penal.
Agrega que “no obstante, se podrán dirigir directamente comunicaciones urgentes a cualquier autoridad judicial o administrativa extranjera, anticipando el requerimiento o la contestación a un requerimiento. En lo pertinente, se aplicarán las disposiciones relativas a los exhortos previstas por el Código Procesal Civil”.
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Igualmente hace mención al artículo 147 del Código Procesal Penal sosteniendo que “lo relativo a la extradición de imputados o condenados se regirá por el Derecho Internacional vigente, por las leyes del país, por las costumbres internacionales o por las reglas de la reciprocidad cuando no exista norma aplicable”.
La resolución de la jueza continua afirmando que “conforme a las disposiciones legales trascriptas, a las constancias de autos, a los antecedentes remitidos por el Ministerio Público esta judicatura considera ajustado a derecho el requerimiento fiscal por el que se solicita librar el correspondiente exhorto a las autoridades de la república bolivariana de Venezuela”.
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Jueza otorgó arresto domiciliario a quien arrojó una copa a una joven que perdió el ojo
La jueza Penal de Garantías, Diana Carvallo, otorgó el arresto domiciliario a Elián López Torres, imputado por lesión grave luego de arrojar una copa de vidrio a la joven Dahiana Benítez, quien a raíz del hecho perdió un ojo. La resolución judicial se dio a conocer luego de la audiencia de revisión de medidas cautelares.
La citada magistrada dispuso la prohibición de acercarse o molestar a la víctima y a los familiares de esta por cualquier medio, la obligación de comparecer a la audiencia preliminar a ser fijada en su oportunidad, la obligación de no cambiar el número de teléfono denunciado en el que el mismo recibirá las correspondientes notificaciones.
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Igualmente se le impuso la obligación de presentar en el plazo de 30 días hábiles, una fianza real y/o personal que cubra la suma G. 150 millones y la promesa del procesado de someterse en forma legal y debida a la presente causa, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento de algunas de las medidas impuestas, estas serán revocadas y sustituidas por la prisión preventiva.
De acuerdo a la imputación del Ministerio Público, el joven había arrojado una copa de vidrio a la víctima, quien acabó perdiendo un ojo luego a causa del impacto de dicho objeto contra su rostro. Por su parte, los familiares de la joven víctima del hecho piden justicia por el grave suceso que se registró y que el presente caso no quede impune.