La Sala Constitucional ampliada de la Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar in limine la acción de inconstitucionalidad presentada por el exjuez de Paz del distrito de Unión, Carlos Hugo Montiel, quien recurrió a la máxima instancia judicial contra una resolución del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados que lo había destituido en setiembre del 2005.
La acción de inconstitucionalidad fue promovida por Montiel contra la resolución del JEM de fecha 6 de setiembre de 2005 donde fue removido de su cargo por presunto mal desempeños en sus funciones.
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Los que firmaron el fallo judicial son Alberto Martínez Simón, quien fue preopinante y quien sostuvo que no corresponde dar trámite a la acción debido a que no ha demostrado en términos claros la arbitrariedad alegada. Asimismo, los ministros César Garay, Luis María Benítez, Carolina Llanes, Nery Villalba, y Lineo Insfrán se adhirieron al voto de Martínez.
Mientras que los ministros Víctor Ríos y Gustavo Santander votaron por dar trámite a la acción y estudiar el planteamiento de fondo sobre la destitución del mencionado magistrado de paz. Por su parte, el ministro Eugenio Jiménez sostuvo que se debe declarar la caducidad de instancia, por lo que no consideró necesario estudiar los requisitos formales de admisibilidad.
Con la presente resolución judicial de la Corte el accionante ya no volverá a la magistratura judicial.
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