El juez de Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia hizo lugar a la desestimación de la denuncia que se había presentado contra la magistrada Rosarito Montanía, por presunto prevaricato. La denuncia fue presentada en su momento por el abogado Daniel Lobo Corbeta, quien había denunciado a la citada jueza por haber autorizado la interceptación de llamadas del profesional del derecho que actuaba en el ejercicio de la defensa de un procesado.
Estigarribia hizo lugar a lo solicitado por la fiscal Alma Zayas, cuyo requerimiento señala que el denunciante Marciano Lobo había mencionado que la intervención se realizó en el marco de la causa N.° 5314/201 caratulada: “Juan José Dubbini Franco y otro s/ Ley 1881/2002 que modifica la ley 1340. Ley 6.739 Crimen Organizado” a cargo del entonces agente fiscal Eduardo Royg, sin embargo, no condice la realidad.
Esto se debe a que la solicitud de intervención de comunicaciones se realizó en el marco de la causa N.° 2077/2021 caratulada: “Investigación fiscal s/ supuesto hecho punible previsto en la ley 1340/88 y su modificatoria”.
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El denunciante tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así, será un tribunal de apelación el que deberá estudiar si corresponde ratificar la resolución firmada por Estigarribia o en su defecto corresponde dejar sin efecto.
Del mismo modo, refiere la resolución judicial que se puede concluir que la jueza obró dentro del marco legal, pues existen normas que actúan como causa de justificación para vulnerar el derecho a la comunicación y, además, su decisión fue debidamente fundada debido a que se generó luego de varias solicitudes del Ministerio Público.
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