El ministro de la Corte Suprema de Justicia e integrante de la sala civil Alberto Martínez Simón presentó este martes su obra jurídica “Esbozos de las Obligaciones Civiles”. La presentación del material estuvo a cargo de la profesora doctora Aida Kemelmajer con la participación de autoridades judiciales e invitados especiales.

El alto magistrado expresó que el nombre para este trabajo es un reconocimiento sincero de que todo esfuerzo hecho en el estudio de cualquier ámbito de las ciencias jurídicas hará que “no avancemos más allá de unos rasgos preliminares, de unas ideas siempre inacabadas, el resumen de un esbozo y nunca de una obra concluida”, dijo.

Señaló que es una edición ampliada con respecto a la primera y que trata un tema que es esencial en el Derecho y específicamente en el Derecho Civil, en el estudio de las obligaciones con todo lo que eso implica en todas nuestras actividades cotidianas, en donde muchas veces sin pensarlo de forma automática contraemos obligaciones y estamos obligados al cumplimiento de las mismas. En el texto se se canaliza todo lo anteriormente expuesto desde la concepción y extinción de la obligación.

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Por su parte, la doctora Aida Rosa Kemelmajer manifestó: “Estoy convencida que el contenido de ésta obra se trata de un libro abierto a los cambios, prueba de eso desde lo formal es que no contiene el mismo número de capítulos que la primera edición, y desde lo sustancial es la sustitución de muchos textos legales que han sido objeto de reformas en estos siete años que han pasado desde la primera edición a la segunda”.

Igualmente, la jurista indicó que Martínez Simón explica la teoría general de las obligaciones, algo no fácil por cierto, desde el derecho paraguayo pero sin olvidar el derecho comparado. El valor de la comparación ha sido reiteradamente señalado, indicó la doctora. En cuanto a la obra, el prólogo indica que la primera edición tiene 27 capítulos y esta segunda, 28.

Con relación a las obligaciones, el libro contiene continuas referencias a los códigos de Argentina, Chile, Ecuador, Uruguay, España, Francia, entre otros. Y las menciones no se reducen al número de un artículo ni a la transcripción de su texto, sino a la doctrina explicativa y la jurisprudencia que los aplica.

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