El Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Juan Carlos Zárate, María Fernanda García y Yolanda Portillo condenó a Justo Pastor Cárdenas, extitular del Indert a 7 años de cárcel por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.
La fiscal Natalia Fúster había solicitado durante la exposición de los alegatos finales la pena de 11 años de prisión para Cárdenas, pero el colegiado decidió sentenciar al acusado a 7 años de pena privativa de libertad.
En un primer juicio oral, Cárdenas fue condenado a 4 años de pena privativa de libertad. Este fallo fue anulado por un Tribunal de Apelación y confirmado por la Corte Suprema de Justicia.
En el juicio oral se acreditó que Justo Cárdenas adquirió automotores e inmuebles, constituyó diversos certificados de depósito de ahorros en el sistema financiero y ocultó sumas de dinero, entre otros fundamentos. Según la Fiscalía, se detectó una diferencia de G. 4.164 millones que no pudieron justificar.
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Ahora nuevamente la defensa del condenado tiene la posibilidad de poder apelar el presente fallo judicial. En caso de ser así, será un Tribunal de Apelación el que estudie la apelación del condenado y resolver si corresponde ratificar el fallo condenatorio o anular el mismo.
Por su parte, la representante del Ministerio Público sostuvo que está conforme con la sanción penal que otorgó el Tribunal de Sentencia en este segundo juicio oral y público.
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