Un hombre fue condenado a 20 años de cárcel luego de ser encontrado culpable por abuso sexual en niños. La agente fiscal Claudia Torres Ozorio logró la condena arrimando todos los elementos de prueba. El hoy condenado trabajó como albañil en el domicilio de la víctima. El grave hecho quedó demostrado en juicio oral y público con la presentación de las pruebas.
Estas fueron ofrecidas en el juicio oral y son la Cámara Gessel, diagnóstico médico y testigos calificados, así también fue comprobado que el abuso ocurrió varias veces. El hecho se produjo en Loma Pytâ, en el año 2018, cuando la víctima tenía 10 años. La familia acogió al inculpado en su vivienda mientras duraba la obra, ya que el mismo era oriundo del interior del país.
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La presidenta del Tribunal de Sentencia, Laura Ocampo, con relación a la pena de 20 años manifestó que es conforme a la base de medición del Art 65 del Código Penal, ya que la víctima fue abusada en diversas ocasiones y no quedó ninguna duda de la comisión del hecho punible.
La defensa del condenado tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así, será un tribunal de apelación el que deberá estudiar y resolver si corresponde confirmar la sentencia condenatoria dictada en primera instancia. Si el tribunal de alzada ratifica el fallo, la defensa del condenado tiene la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia.
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Logran primera condena por proxenetismo y abuso sexual contra niño en situación de calle
La fiscal María Isabel Arnold sostuvo la acusación en el juicio oral por proxenetismo y abuso sexual en niños, obteniendo una alta condena contra tres de los acusados y sentando así un precedente sumamente importante para la justicia paraguaya en casos relacionados con el abuso sexual y explotación contra niños en situación de calle, afectando gravemente la vulnerabilidad de la víctima.
En este caso fueron condenados: Jorge Manuel Simberli por el hecho punible de abuso sexual en niños, a 22 años de pena privativa de libertad, y la señora Ninfa Ramona Servín Valdez por los hechos punibles de abuso sexual en niños y el hecho punible de proxenetismo, a 13 años de pena privativa de libertad.
Por la violación del deber de cuidado o educación, la madre del niño C. A. S. V. fue condenada a 3 años de pena privativa de libertad, según el marco normativo vigente, atendiendo a que sabía de que su hijo se encontraba en situación de riesgo, pero no hizo nada para denunciar, ni para protegerlo.
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Según el informe fiscal, la víctima es un niño de 12 años, que vendía golosinas en la calle, quien manifestó que la ahora condenada Ninfa Servín abusaba sexualmente de él, al tomarle imágenes de contenido pornográfico, y que, además, ofrecía al menor a los choferes de larga distancia para mantener relaciones sexuales. Tanto Ninfa como el menor de edad eran ofrecidos, entre otros hechos registrados.
La fiscalía tomó conocimiento de esta situación de vulnerabilidad, y en el momento de la intervención se constató que realmente el niño estaba en situación de calle y estaba siendo explotado tanto por la mujer de nombre Ninfa, identificada por la Fiscalía como también por Jorge Simberli.
El niño manifestó que Jorge Simberli en una ocasión llevó a la víctima a la plaza Uruguaya, donde abusó sexualmente de él y a la vez cuatro personas adultas observaron el abuso del niño, estos hechos de abuso fueron filmados por el procesado Simberli.
Con la investigación y la inspección física médica del niño se constataron los hechos relatados, y los informes coinciden plenamente en todos los relatos realizados por el menor de edad, también la declaración en cámara Gesell realizada fueron demostradas en el juicio oral.
Debido a las características de la situación y la gravedad de los hechos, las penas máximas en este caso significan en gran medida la única manera de actuar que corresponde, ya que la víctima deberá de afrontar un largo camino para su recuperación tras lo acontecido.
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Aprehenden a un hombre por supuesto abuso sexual de su hija de 13 años
Ciudad del Este. Agencia Regional.
Agentes policiales de la Subcomisaría 46 del barrio San Juan, de Ciudad del Este, aprehendieron anoche a un hombre de 48 años, por el supuesto abuso sexual de su propia hija adolescente. El hecho fue denunciado por un joven (23), hermano de la supuesta víctima, una menor de 13 años.
El hombre habría sido encontrado en flagrancia del hecho, según la denuncia del hermano de la niña. El mismo contó que ayer llegó a la casa y encontró a su padre apretando y manoseando a su hermana menor, quien se resistía al hecho.
Después de evitar que prosiga el acto violento, la adolescente le contó a su hermano que desde hacía bastante tiempo que viene siendo manoseada por su padre de distintas maneras, según lo expuesto en la denuncia en sede policial.
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El joven también mencionó que su hermana no contó lo que su papá le estaba haciendo, porque la amenazaba que mataría a su madre y a sus hermanos, si contaba a alguien lo que pasaba.
Ante este relato, el personal policial fue hasta la casa y realizó la aprehensión del hombre, siendo llevado a la comisaría y luego a la Dirección de Policía. El caso fue comunicado a la fiscal Diana Raquel Gómez, quien está interinando la Unidad Especializada en Hechos Punibles contra Niños, Niñas y Adolescentes.
La agente informó a La Nación/Nación Media que la joven ya tuvo una contención psicológica con una profesional del Ministerio Público, pero la revisión médica todavía esperará unos días. La adolescente ratificó que su padre la venía tocando y manoseando desde hace tiempo.
El hombre sería imputado por abuso sexual en niños, según la fiscala Diana Gómez, quien aclaró que los manoseos son hechos de abuso.
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Condenan a 15 años de prisión a “padrino” por abuso sexual de ahijado menor
Ciudad del Este. Agencia Regional.
En juicio oral que concluyó hoy en el Palacio de Justicia de Ciudad del Este, condenaron a un hombre a 15 años de prisión, por abuso sexual sistemático de un niño. El condenado tiene 57 años y es el padrino del menor violentado, de acuerdo a la creencia religiosa de la familia.
La fiscal Julia González fue quien defendió en juicio la acusación pidiendo los 15 años de prisión y que fueron otorgados, según el fallo judicial. La condena fue dada por el Tribunal de Sentencia, presidido por el juez Diego Duarte e integrado por las magistradas Margarita Martínez y Gloria Vera.
El hecho fue denunciado por la madre del adolescente, el 28 de febrero de 2024. Los abusos ocurrieron de manera sistemática durante tres años, aproximadamente, desde que la víctima tenía 12 años hasta los 15 años.
El hoy condenado, como padrino del afectado, gozaba de la completa confianza de la madre del niño. Aprovechándose de esta confianza, el hombre pidió a la mamá que autorizara a su hijo a trabajar con él en la venta de ajos, para ayudarlo con sus gastos escolares.
El comerciante solía buscar al menor de su vivienda por las mañanas e iniciaban su recorrido. Durante el trayecto, desviaba su camino y se adentraba en zonas boscosas donde cometía los abusos, según los datos expuestos en juicio.
El acusado también sobornaba al menor de edad con dinero para que no revelara lo sucedido. En otras ocasiones, lo llevaba a moteles o lugares abandonados, con el mismo propósito. Estos hechos se repitieron de manera casi diaria durante tres años.
Las pruebas presentadas por la fiscalía demostraron que el hoy adolescente sufrió daños psicológicos como consecuencia de las agresiones, las cuales, según la profesional del Ministerio Público, licenciada Maximina Vázquez, tendrán efectos a largo plazo. El médico forense del Ministerio Público, Hugo Céspedes, detalló que hubo daños físicos.
La identidad del condenado no está mencionada porque la Ley 1680/Código de la Niñez y Adolescencia, así lo establece en su artículo 29. Al ser el autor una persona del entorno familiar de la víctima, la divulgación de su nombre permitiría que se conociera quién fue la víctima.
“Queda prohibido publicar por la prensa escrita, radial, televisiva o por cualquier otro medio de comunicación, los nombres, las fotografías o los datos que posibiliten identificar al niño o adolescente, víctima o supuesto autor de hechos punibles. Los que infrinjan esta prohibición serán sancionados según las previsiones de la ley penal”, refiere el artículo citado.
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Caso Samuelito: madre indignada por libertad de condenado por la muerte de su hijo
Ciudad del Este. Agencia Regional.
En setiembre de 2023, Lucas Gabriel González Leiva fue condenado a 12 años de cárcel por la muerte del niño de 11 años, Francisco Samuel Moreira Benítez, por atropellarlo en la vereda donde compartía con su familia. El joven estaba alcoholizado y drogado, según se demostró en juicio. El 1 de noviembre pasado obtuvo arresto domiciliario y la medida generó mucho dolor en la familia del niño. Sonia Benítez Duarte, madre del pequeño, anunció que continuarán exigiendo justicia y apelarán la medida otorgada.
“Me siento indignada, impotente, es una situación que no esperábamos, una condena de 12 años, un juicio que nos llevó casi tres años concluir y, en un día, resuelven arresto domiciliario, es de no creer, pero había sido que se puede”, dijo Sonia Benítez a La Nación/Nación Media. Explicó que la defensa de Lucas Gabriel había apelado la sentencia de condena y un tribunal le concedió sobre la medición de la pena y “nos querían mandar nuevamente a un juicio oral que debía realizarse el 1 de noviembre, lo que es una total injusticia”.
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Comentó que presentaron un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia y, “al día siguiente, (defensores de Lucas Gabriel) ya pidieron revisión de medida que el tribunal rechazó, porque era imposible justificar eso con un condenado a 12 años de prisión”. Agregó que “los defensores del autor volvieron a apelar y en menos de 24 horas, la Cámara de Apelaciones resolvió concederles el arresto domiciliario”.
Anunció que recurrirán a la CSJ porque “no podemos permitir esta desfachatez, cómo vamos a hablar de justicia si es tan fácil que un condenado a 12 años tenga su prisión domiciliaria”. “De los tres miembros de la cámara, dos votaron a favor de la medida; la preopinante y la principal es Marta Isabel Acosta Insfrán, no sé cuanto habrá recibido, lo diré así directamente, porque es demasiado obvio”, dijo la madre del niño fallecido.
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Antecedente de la causa
El hecho que llevó a la condena y ahora la medida de arresto domiciliario, ocurrió el 15 de noviembre de 2020, a las 20:50. Lucas Gabriel González Leiva, bajo los efectos del alcohol y las drogas, al mando de un automóvil, atropelló y causó la muerte de Francisco Samuel Moreira, quien tenía 11 años. El trágico accidente fue sobre la avenida San José, en el kilómetro 6,5. de Ciudad del Este. Lucas conducía a alta velocidad un automóvil Toyota Premio de color perla, con matrícula AACU 314.
Primero chocó contra un vehículo estacionado al lado de la carretera y, mientras huía de ese primer percance, atropelló y mató al niño, quien estaba con su familia en la vereda de una hamburguesería. Luego del atropello, el vehículo se estrelló contra una columna de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), que por el impacto cayó sobre el rodado y ocasionó lesiones al conductor.