El ministro de la Corte Suprema de Justicia Alberto Martínez Simón presentó este jueves 3 de agosto la segunda edición de la obra “Alterum. Derecho de daños”, de su autoría. La obra en 16 capítulos desarrolla temas relacionados a la responsabilidad civil.
En su discurso, el ministro Martínez Simón dijo que esta es una obra que siempre será inconclusa, al referir que “por ende, el derecho de daños que trata esta nueva edición será una materia de inagotable estudio, para nosotros, los falibles y dañinos seres humanos”.
El alto magistrado enfatizó que “el daño es un fenómeno inevitable en la vida humana, los causamos siempre, aun de buena fe, aun cuando cumplimos deberes y obligaciones y, muchas más veces, cuando no observamos las conductas idóneas o cuando decidimos libre y voluntariamente”, indicó.
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Acompañaron la presentación el vicepresidente segundo de la CSJ, Eugenio Jiménez Rolón, los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia, Víctor Ríos y Gustavo Santander. La mesa principal también estuvo ocupada por la doctora Miryam Peña, decana de la Facultad de Derecho de la UNA y ex ministra de la CSJ, así como por la doctora Alicia Pucheta, expresidenta de la CSJ.
La presentación del libro estuvo a cargo del doctor Marcos Riera Hunter, quien expresó que el ministro Martínez Simón es conocido por su larga y fructífera trayectoria en el derecho y ejercicio de la magistratura. Agregó que esta obra puede ser analizada y valorada como conjunto sistemático de conocimientos en la materia de daños.
Según el prólogo de la obra “Alterum. Derecho de daños”, segunda edición, “el autor bucea profundamente materias relevantes del Derecho de daños: la indemnización en la responsabilidad contractual y excontractual, los elementos de la responsabilidad civil, el daño, antijuricidad, la relación de causalidad, los factores subjetivos y objetivos de la responsabilidad contractual y la excontractual, la responsabilidad precontractual y la poscontractual, la indemnización predeterminada, la cláusula penal o arras, las obligaciones de medios o resultados, las obligaciones de seguridad, la responsabilidad civil colectiva, la pérdida de chance y, por último, las muy especiales relaciones que existen entre la acción civil y la acción penal derivadas del mismo hecho”.
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