Ciudad del Este. Agencia Regional.

Concluyó el miércoles pasado el juicio oral y público al intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto Vallejos, en la querella presentada por el director de Radio Concierto de Presidente Franco, el periodista Héctor Guerín, por los hechos de calumnia, difamación e injuria. El tribunal unipersonal a cargo de la jueza Zunilda Martínez Noguera declaró culpable al acusado por haber cometido injuria, pero lo eximió de una sanción penal.

La resolución contradice el escrito divulgado por el jefe comunal, quien luego del juicio, celebró lo que consideró como derrota del director de la radio. “Acabo de ganarle un juicio a Héctor Guerín! Qué felicidad!”, escribió Prieto. Sin embargo, fue encontrado culpable en el caso de injuria y las costas del juicio las deberá pagar Prieto, tal como dictó la jueza.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

La acción judicial se había iniciado en febrero de 2022 cuando Miguel Prieto acusó al periodista de una serie de “hechos calumniosos”, como ser el supuesto robo de la propiedad de la radio. El escrito del intendente fue a raíz de otra publicación de Radio Concierto sobre “descarados hechos de corrupción” en la gestión municipal del encausado.

Puede interesarle: Gremio estudiantil rechaza control de mochilas y pide soluciones de fondo

Ante eso, Miguel Prieto escribió: “Héctor Ignacio Guerín Gómez, descaro es que tu hijo sea concejal sin ningún mérito. Descaro es que tu hija entre a Itaipú porque amedrentas a los directores. Descaro es como le robaste la radio a los Jebai. Descaro es todo lo que quisiste hacer con la Muni y no te permitimos. Descaro es que un criminal como vos se haga llamar periodista…”.

La jueza Zunilda Martínez descartó los hechos de calumnia y difamación y, si bien no dictó ninguna pena sobre la culpabilidad en el hecho de injuria, condenó a Miguel Prieto a pagar las costas del juicio. Justificó su fallo de irreprochabilidad o falta de pena en la excitación emotiva del acusado para la comisión de la injuria. El juicio se desarrolló en unas siete audiencias durante dos meses.

El doctor Lulio Gamarra, abogado de Héctor Guerín, dijo a La Nación/Nación Media que los hechos por los cuales fue declarado culpable el intendente Miguel Prieto siguen en su mismo portal de publicación, sin que haya eliminado hasta ahora.

Argumento no discutido

Es medio rara la decisión de la jueza, se inclinó por el artículo 155 del Código Procesal Penal que le sustrae la pena, cuando que en ningún momento se discutió la reacción emotiva durante el juicio. Considero una salida casi kafkiana la sentencia de la jueza Martínez”, sostuvo el doctor Lulio Gamarra.

También refirió que la propia defensa de Miguel Prieto admitió la comisión de la injuria en el alegato final y sacó el argumento de la excitación emotiva cuando eso no fue debatido durante el juicio ni presentado ningún documento que demuestre que hubo esa excitación en el encausado.

Puede interesarle: Allanaron local denunciado por estafa en CDE y detuvieron a dos empleados

Para el doctor Lulio Gamarra “es nula la sentencia, porque la jueza sacó de la galera algo que no fue tratado en el juicio, para dictar su sentencia”. “Para que haya una situación emotiva deben existir pruebas, prueba de que fue al sicólogo, prueba que fue a Tesãi, tuvo un shock y que traiga documentos médicos que tuvo una reacción emotiva en ese momento cuando recibió la publicación de crítica a su gestión municipal. No hubo nada”, explicó el abogado.

Además, dijo que “la jueza se tomó por ese único punto que ni se discutió y el artículo 125 del Código Procesal Penal dice claramente que ninguna sentencia se puede sustentar en hechos, circunstancias de hecho y de derecho que no han sido discutidos en el juicio y eso no se discutió; en la fase probatoria tiene que haber una sustentación fáctica para que tenga un sustento jurídico y pueda servir de base firme en una sentencia”.

Déjanos tus comentarios en Voiz