La defensa del exministro de Secretaria de Emergencia Nacional (SEN) Joaquín Roa imputado por lavado de dinero y cohecho pasivo apeló la resolución del juez José Delmas quien ordenó la prisión de Roa. Ahora será un tribunal de apelación quien deberá estudiar el argumento de la defensa del procesado y decidir si corresponde confirmar la resolución del juez inferior que decretó la prisión del extitular de la SEN imputado por lavado de dinero y cohecho pasivo agravado.
EL juez de Delitos Económicos Delmas ordenó la prisión de Roa luego de la audiencia de imposición de medidas cautelares llevada a cabo en Palacio de Justicia debido a que el procesado se presente para la diligencia judicial.
Te puede interesar: Implementan el oficio electrónico en la Oficina de Mediación de Luque
El exfuncionario de Estado se está imputado en la misma causa que investiga al presunto narcotraficante Alberto Koube, para quien también se ordenó la prisión preventiva.
Tanto Roa como Koube fueron procesados penalmente en el marco del megaoperativo contra el crimen organizado en Paraguay, denominado A Ultranza Py. El operativo desbarató una megaorganización de tráfico internacional de drogas y lavado de activos.
Consistió en una cooperación internacional que reunió al Departamento Antidrogas de Estados Unidos (DEA), la Policía de la Unión Europea (Europol), así como la dirección antidrogas de Uruguay (Dgrtid). En Paraguay, los principales responsables de las acciones fueron la Secretaría Nacional Antidrogas y el Ministerio Público.
Podes leer: Imputan a un hombre por coacción sexual cuya víctima es su hijastra
Dejanos tu comentario
Imedic: fiscalía apeló leve condena de Patricia Ferreira y Nidia Godoy
Los fiscales Néstor Coronel y Luz Guerrero apelaron la leve condena de solo 4 años de cárcel de Patricia Ferreira y Nidia Godoy, representantes de la firma Imedic S.A.
Estas personas fueron juzgadas y encontradas culpables por los delitos de producción de documentos no auténticos y comercialización de medicamentos no autorizados por la falsificación de facturas de la firma Eurofarma. Esta empresa había permitido el ingreso de medicamentos de dudosa procedencia a nuestro país. Igualmente, se apeló la absolución del delito de asociación criminal.
Los representantes del Ministerio Público piden anular el fallo dictado por un tribunal de sentencia y a su vez que se realice un nuevo juicio oral atendiendo a la gravedad del presente caso y a la participación de las condenadas en el suceso. Del mismo modo, la fiscalía apeló la absolución de culpa y pena del despachante de aduanas Néstor Ramírez, quien también estuvo sentado en el banquillo de los acusados.
Los fiscales sostienen que se violó abiertamente los principios de razonamiento adecuado debido a que el tribunal de sentencia resolvió absolver a los tres procesados en el marco del hecho acusado de asociación criminal. Igualmente, señalaron que existe falta de fundamentación en cuanto a la pena de 4 años de cárcel para Ferreira y Godoy.
Durante la exposición de sus alegatos finales, el Ministerio Público solicitó para Patricia Ferreira la pena de 7 años de cárcel; para Nidia Godoy, 6 años de pena privativa de libertad y para el despachante Néstor Ramírez, la pena de 3 años de cárcel.
Los fiscales mencionaron que los acusados jugaron con la salud de la ciudadanía. Igualmente, los representantes del Ministerio Público sostienen que se comprobó que los acusados falsificaron facturas para que puedan ingresar medicamentos a nuestro país sin los controles correspondientes.
Podes leer: Corte insta a nuevos defensores públicos a ejercer funciones con dedicación
Dejanos tu comentario
Ratifican prisión de Elián López, quien arrojó una copa de vidrio a una joven que perdió el ojo
El Tribunal de Apelaciones integrado por los jueces Delio Vera Navarro, José Agustín Fernández y Bibiana Benítez, ratificó la prisión preventiva Elián López Torres, imputado por el delito de lesión grave, tras arrojar una copa de vidrio a la joven Dahiana Benítez, ocasionándole la pérdida de un ojo, en un local nocturno. De esta manera, se confirma la resolución del juez penal de Garantía Rolando Duarte, quien había decretado la prisión del imputado.
Los camaristas mencionaron que existe aún el peligro de fuga en el presente caso, así como peligro de obstrucción de la investigación del Ministerio Público, por lo que corresponde ratificar la prisión del imputado, refiere la resolución judicial.
La defensa del procesado había apelado la resolución judicial tratando de que el tribunal de apelación pueda revocar la determinación del juzgado de Garantía y el imputado pueda estar en arresto domiciliario, pero tal situación no se generó y el joven seguirá privado de su libertad.
De acuerdo a la imputación del Ministerio Público, el joven había arrojado una copa de vidrio a la víctima, quien acabó perdiendo un ojo luego del impacto de dicho objeto contra su rostro.
Por su parte, los familiares de la joven víctima del hecho piden justicia por el grave suceso que se registró y que el presente caso no quede impune.
Podes leer: Funcionarias denuncian injustificados despidos en empresa de servicios exequiales
Dejanos tu comentario
Con los Súper Tucanos y radares brindarán mayor defensa aérea, sin ley de derribo
El especialista e historiador aeronáutico, Antonio Sapienza, se refirió a la compra de los aviones Súper Tucano, que adquiere el gobierno de Paraguay y comenzarán a operar desde mediado del 2025. Sostuvo que la compra de las aeronaves, junto con los radares, ayudará mucho a la defensa de la frontera aérea, permitiendo que sea menos permeable por el crimen organizado. Indicó que con las leyes vigentes no es necesaria contar con una ley de derribo específico.
El experto mantuvo una charla con el programa “Tarde de Perros”, que se emite por Universo 970/Nación Media, donde señaló las capacidades de defensas de estas aeronaves. En primer lugar, destacó que aumentará la capacidad del Grupo Aerotáctico, que en la actualidad cuenta solamente con 6 aviones tucanos, que datan del año 1987, que están en buenas condiciones, ya que tres de ellos incluso participaron de los ejercicios tácticos en el Brasil hace unos días.
“Con la adquisición de estos nuevos 6 Súper Tucanos se va a reforzar. Contaremos con 12 aeronaves que obviamente se van a desplegar en varias pistas, con el objetivo de cubrir mejor todo el territorio. También el hecho de que se va a adquirir, porque ya está aprobado por el Congreso, y se promulgó el decreto, la compra de radares primarios. El uso de esos radares, con los aviones Súper Tucanos, va a ayudar para que nuestras fronteras aéreas sean menos permeables para los vuelos ilícitos”, indicó.
Derribo de aviones
Por otra parte, fue consultado sobre la necesidad de contar con una ley de derribo, al respecto indicó que en lo personal considera que es necesario contar con esta legislación. No obstante, explicó que ya en conversación con el ministro de Defensa, Oscar González, le explicó que realmente no es necesario contar con la legislación específica.
Mencionó que existe una legislación general vigente en el país, que le faculta a las Fuerzas Armadas la defensa territorial del Paraguay, sea cual fuese la amenaza; sea este un país extranjero, o sea incluso el crimen organizado, narcotráfico y otros.
“De acuerdo a esa ley le faculta a las fuerzas militares, sean estas Aérea, Ejército o Marina, a atacar cuando esas fuerzas irregulares atacan al país de alguna manera. Por ejemplo, no creo que pase mucho tiempo, en que los narcotraficantes, sabiendo que en poco tiempo estaremos mejor equipados para enfrentar los vuelos ilegales, comiencen a utilizar armas en sus aviones cessnas, podrían utilizar alguna ametralladora punto 50, por ejemplo, y comenzarán a efectuar disparos contra aeronaves que lo intercepten”, indicó.
Agregó que si esto llega a ocurrir en algún momento, no existe ningún marco legal que impida a las fuerzas aéreas a proceder al derribo del avión que lo ataque. Por tanto, concluyó que no es necesaria una ley de derribo específico, porque ya existen leyes vigentes que facultan a las fuerzas armadas para ese efecto, para defender la soberanía, sea cual fuese la amenaza interna o externa.
Siga informado con: Luego de cuatro años, reabren paso fronterizo de Ayolas-Ituzaingó
Dejanos tu comentario
Triple choque en Sanber: jueza decretó prisión en la cárcel de Emboscada de Sanabria Vierci
La jueza penal de Garantía, Silvia Carolina Cáceres, decretó la prisión preventiva de Eugenio Sanabria Vierci, imputado por homicidio culposo y exposición al peligro en el tránsito terrestre por el accidente fatal que se registró en la ruta Luque- San Bernardino.
Sanabria Vierci pasará a estar recluido en la penitenciaria de Emboscada una vez que tenga el alta médica. Asimismo, los médicos del centro asistencial donde está internado el imputado deberán informar del estado de salud al juzgado cada 24 horas.
La resolución se dio a conocer luego de la audiencia de imposición de medidas cautelares, diligencia judicial llevada a cabo en el sanatorio privado.
La agente fiscal Zulma Benítez imputó por homicidio culposo y exposición al peligro en el tránsito terrestre a Eugenio María Sanabria Vierci, de 68 años, luego de que el mismo protagonizara un accidente fatal en el tramo de la ruta Luque-San Bernardino. Otro hecho grave fue que el autor del accidente dio positivo al alcotest con 0,622 mg/l de alcohol en sangre.
En el automóvil de la marca Kía Picanto viajaba una familia con cuatro integrantes, tres de ellos fallecieron. Las víctimas fatales fueron identificadas como Osvaldo Darío Jacquet Valdez, de 39 años; su esposa Kristin María Blumenröther, de 40 años, y un hijo de ellos de tan solo cuatro años.
La única que hasta el momento pudo sobrevivir al accidente es la otra hija de la pareja, de 8 años. La niña está internada luchando por su vida en el área de terapia intensiva del Hospital de Trauma. El tercer vehículo es un Hyundai HB20, que estaba al mando de Víctor Ariel Serafini Bobadilla, de 32 años, quien iba acompañado por Eliane Solange Pattender Chena, de 27 años, y Nancy Angeluz Chena Vallejos, de 57 años, quien falleció en el Hospital del Instituto de Previsión Social (IPS) Ingavi.