El caso Derlis’i, un joven acusado de robo, detenido y entregado a las autoridades por su presunta víctima, trajo a colación un debate en la sociedad: ¿es posible que un civil detenga a sus victimarios? El abogado y escribano público Martín Barba afirmó que todo ciudadano está en su derecho de detener a un delincuente, siempre y cuando no se incurra en una medida de “justicia por mano propia”, lo cual está prohibido por la propia Constitución Nacional.
“Pero en este caso, con la actuación de este ciudadano hastiado por la situación de inseguridad que debe vivir, se desnuda la total dejadez del sistema de justicia, que es incapaz de actuar de manera efectiva sobre los delincuentes. Las instituciones deben funcionar y hacer su trabajo, para que luego no lleguemos a casos en donde se registren actuaciones como el ‘ojo por ojo, diente por diente’”, refirió Barba en contacto con La Nación/Nación Media.
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Aclaró además que siempre que una persona tenga la capacidad de detener a una persona y posteriormente entregarla a las autoridades competentes, solo estará coadyuvando a las mismas para proceder a la aprehensión del presunto victimario. Agregó que al momento en que se está cometiendo un hecho punible no existe ningún impedimento legal para actuar de la manera en que sea posible para detener el hecho, recordando así la legítima defensa.
Al respecto, el abogado Ricardo Preda puntualizó, que la flagrancia es un elemento clave a la hora de detener a un presunto victimario, es decir, si está cometiendo un hecho, está por cometerlo o está huyendo de la policía. No obstante, si el caso ya no se trata en medio de una hecho flagrante, un civil ya no se encuentra habilitado para detener a otra persona, aunque diga que fue asaltado por ella la semana pasada, por poner un ejemplo.
“En el caso de Derlis’i, quedó imputado porque pesa en su contra denuncias por hechos punibles, pero no se tuvo en cuenta la denuncia realizada por el individuo que lo detuvo porque se considera que la confesión de Derlis’i en ese momento fue en medio de una coacción”, aclaró el letrado para La Nación/Nación Media, haciendo referencia a la manera en que se llevó a cabo la detención del joven.
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Sobre la detención de Derlis’i
La madre del presunto victimario denunció secuestro y tortura por la forma en que su hijo fue detenido. No obstante, al respecto, el abogado Preda indicó que no corresponde condenar a nadie por presunta tortura porque el hecho no constituye al tener en cuenta que Derlis’i solo fue demorado y no se aplicó en él ningún tipo de acción que atente contra su persona para causarle algún daño.
“El ciudadano puede tener algo que se conoce como error de prohibición, lo que significa cometer un hecho por creer que está permitido. Puede estar convencido de tener el derecho de actuar con esa aprehensión porque fue víctima del denunciado, pero no necesariamente piensa en hacerle un daño a su presunto victimario”, expresó.