El abogado Ricardo Preda fue tajante al señalar que no es un hecho punible el no dejar constancia sobre el estado civil de las personas en la cédula de identidad. Esto debido a que se generó una gran polémica desde la Policía Nacional al afirmar que uno, al momento de renovar su cédula, no informa si es casado o soltero.
El referido profesional del derecho explicó, “cuando vos renovás tu cédula, vos no hacés nada, es decir, vos te vas y pedís la renovación de tu cédula, y según la página de Identificaciones de la Policía Nacional, el único requisito para renovar tu cédula es presentar el documento vencido”.
Agregó, ”no hay un formulario donde vos completás y hagas una declaración jurada, entonces al no haber conducta activa, no puede haber un delito porque no existe un delito de omisión relacionado a los documentos”, señaló el abogado Preda. Acotó, “el Código Penal no castiga una conducta omisiva, solamente castiga conductas activas en cuanto al tema documental”, indicó.
“Por otro lado, la Policía, según su ley, solamente emite documento de identidad; es decir, la identidad del nombre y apellido y la identificación numérica que tiene nuestro país, nada más”, manifestó el profesional del derecho.
Preda sostuvo, “el estado civil de las personas no le compete a la Policía Nacional porque no es el órgano que registra, ni certifica sobre el estado civil de las personas, eso le corresponde al Registro Civil que depende del Ministerio de Justicia”, señaló. Además, afirmó “en el Registro Civil, uno tiene que inscribir la información si es casado o soltero”, concluyó el abogado Ricardo Preda.
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