Un tribunal de sentencia absolvió de culpa y pena al exintendente de Lambaré Roberto Cárdenas, quien está en prisión por otra condena. Foto: Gentileza.
Absuelven de culpa y pena al exintendente de Lambaré Roberto Cárdenas
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El tribunal de sentencia integrado por Claudia Criscioni, Cándida Fleitas y Yolanda Morel absolvió este martes de culpa y pena al exintendente de Lambaré Roberto Cárdenas en el marco del proceso penal por el desvío de fondos jubilatorios. Mientras que el colegiado condenó a tres años de cárcel a Guido Salcedo, exadministrador de la referida comuna.
El colegiado consideró que no se probó en la audiencia oral la acusación del Ministerio Público, por lo que corresponde absolver de culpa y pena a Cárdenas. Mientras que sí se pudo demostrar la responsabilidad del exadministrador de la comuna de Lambaré Guido Salcedo, por lo que la pena justa es la de 3 años de cárcel.
Por su parte, los fiscales Luis Said y Teresita Torres analizarán la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y, en caso de ser así, será un tribunal de apelación el que deberá decidir si confirma la resolución de primera instancia.
En su momento, el Ministerio Público consideró que ambos procesados participaron de hechos irregulares consistentes en las transferencias intercuentas de pavimentación y royalties a la cuenta institucional entre los años 2011 y 2015 durante su gestión como administrador de la Municipalidad de Lambaré. El monto de transferencias realizadas es de G. 6.764 millones que no fueron restituidos a sus cuentas de origen.
El exintendente de Lambaré Roberto Cárdenas está cumpliendo la condena de privación de libertad de 2 años por el hecho de usurpación de funciones públicas. El mismo se presentó en el departamento de Judiciales de la Policía Nacional para cumplir con su condena. Al respecto, el juzgado de ejecución de Luque, a cargo de la jueza Rosalía González, ya emitió el oficio de remisión a la cárcel de Tacumbú para el exjefe comunal.
Tribunal de Sentencia define si sigue juicio contra Giuzzio
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El juicio oral y público por cohecho pasivo que enfrenta Arnaldo Giuzzio, exministro del Interior del gobierno de Mario Abdo Benítez, deberá seguir este viernes, pero la defensa del acusado presentó una reposición y apelación en subsidio contra la fecha que debe proseguir la audiencia oral alegando que la sala constitucional de la Corte dio trámite a la acción de inconstitucionalidad presentada por Giuzzio.
El Tribunal de Sentencia que preside la jueza Adriana Planas informó a la Corte en qué estado se encuentra el juicio oral contra Giuzzio y a su vez ha remitido compulsas, es decir, fotocopias del expediente judicial a los efectos de que se estudie la acción planteada. Giuzzio está siendo juzgado por el delito de cohecho pasivo agravado por presuntamente recibir favores del supuesto narcotraficante detenido en Brasil Marcus Vinicius Espíndola Marqués de Padua.
POSIBLE VÍNCULO DE GIUZZIO CON OTRO NARCO
El pasado martes se inició el juicio oral y público para el exministro del Interior Arnaldo Giuzzio, acusado por cohecho pasivo agravado.
Al iniciarse la audiencia oral, el fiscal del caso, Jorge Arce, solicitó al Tribunal de Sentencia integrado por Adriana Planas, Matthías Garcete y Yolanda Morel, que se pida vía exhorto el resultado de la extracción de datos del teléfono celular del presunto narco detenido en Brasil Lindomar Regis Furtado, quien se había fugado de un barrio cerrado en Ciudad del Este.
La Fiscalía sospecha que Giuzzio pudo haber mantenido vínculo con Regis Furtado atendiendo a que este último es integrante del grupo de Marcus Vinicius detenido en Brasil.
Tribunal de Sentencia condena a 15 de años de cárcel a exministro Bower
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El Tribunal de Sentencia, integrado por los magistrados Fabián Weisensee, Laura Ocampo y Cándida Fleitas, condenó este sábado al exministro del Interior, Walter Bower a la pena privativa de libertad de 15 años, por hechos de torturas, cometidos contra policías, ante el supuesto intento de golpe de Estado contra el gobierno de Luis González Machi.
En la causa también están procesadas los comisarios Merardo Palacios Melgarejo, y Osvaldo Javier Vera Espínola, quienes fueron sentenciados a sufrir la pena privativa de 12, y 6 años de cárcel, respectivamente.
Las víctimas, quienes fueron detenidas y sometidas a malos tratos durante los interrogatorios, eran sospechosas de estar vinculadas a esta tentativa de golpe contra el gobierno del entonces presidente González Macchi, hecho ocurrido en mayo del año 2000. Los apremios que recibieron entonces fueron los policías Alfredo Cáceres y Jorge Luis López Sosa.
El presente proceso judicial es el más largo de la historia penal del Paraguay, ya que este mes de mayo próximo se cumplirán 25 años de los sucesos ocurridos.
Los sentenciados deberán guardar reclusión en la cárcel de Viñas Cué, según la disposición judicial.
Ayer lunes se dio continuidad al juicio oral por el feminicidio de la joven Dahiana Espinoza, cuyo cuerpo sigue sin ser encontrado. Su expareja es el principal sospechoso.
El reinicio del juicio oral por el presunta muerte de Luz Dahiana Espinoza Colmán (22) se realizó en la sede del Juzgado de Fernando de la Mora. El principal (y hasta ahora único) acusado por este caso es su expareja Joel Guzmán Amarilla, quien fue imputado por el hecho punible de feminicidio. La agente fiscal Daysi Sánchez explicó al canal C9N que para esta jornada está prevista la continuación de la etapa testimonial, con la declaración de varios testigos importantes.
Entre las personas que ya prestaron declaración ante el Tribunal de Sentencia figuran la bióloga de la Fiscalía, encargada de analizar las muestras de sangre halladas en la supuesta escena del crimen. “Ella vino a confirmar ante el tribunal que la comparación del ADN con los fluidos de los padres había sido con información completa, eso significó que dio positivo (para la sangre) de Dahiana”, afirmó. Con todos los indicios y pruebas que existen, se avanza en la teoría del Ministerio Público que acusa a Guzmán por la muerte de la joven, enfatizó la fiscala. Este caso sentará un precedente jurídico en nuestro país, teniendo en cuenta que es el primero que llega a instancias de un juicio oral sin producirse el hallazgo del cadáver de la presunta víctima.
Quema de Colorado Róga: tribunal de sentencia absolvió de culpa y pena a los tres acusados
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Un tribunal de sentencia integrado por los jueces Olga Ruiz, Celia Salinas y Víctor Alfieri, resolvió absolver de culpa y pena a Pedro Areco, Arnaldo Martínez y Enrique Agüero, quienes fueron juzgados por los delitos de producción de riesgos comunes, perturbación de la paz pública, daños a cosas de interés común y daños a obras construidas, en el marco de la investigación por la quema de Colorado Róga.
Los magistrados de sentencia mencionaron que no se pudo comprobar que los acusados participaron de la quema del local de Colorado Róga. Igualmente, mencionaron que no se observaron que las conductas realizadas por los procesados, se hayan adecuado a la descripción de los tipos penales acusados, en consecuencia corresponde la absolución como también el levantamiento de todas las medidas cautelares sobre los mismos y las costas en el orden causado, expresa la determinación adoptada por el tribunal juzgador.
El Ministerio Público tiene la posibilidad de apelar el fallo judicial y en caso de ser así, será un tribunal de apelación el que defina si ratifica la absolución de culpa y pena o anula la misma y ordena que se realice un nuevo juicio oral y público.
Durante los alegatos finales, el Ministerio Público pidió la pena de 6 años de prisión para los tres acusados de la quema de Colorado Róga, hecho ocurrido el 17 de marzo de 2021 en medio de una manifestación contra el Poder Ejecutivo.
Las investigaciones del Ministerio Público se dieron tras el incendio del 17 de marzo de 2021 en la sede de la ANR, ubicada en las calles Tacuary y 25 de Mayo, de Asunción. Los presuntos responsables de la quema del local partidario fueron identificados mediante pericias desarrolladas por los investigadores.