Los celos enfermizos llevaron a una mujer de 20 años a maltratar verbal y físicamente a su pareja. La agresión fue tan fuerte y desmedida que llevó incluso a un centro asistencial a la víctima, un hombre de 22 años. El hecho habría ocurrido el 15 de julio pasado a las 23:30 en el barrio Las Carmelitas de la ciudad de Santa Rita, departamento de Alto Paraná, según datos remitidos por el Ministerio Público.
En este sentido, el agente fiscal José Silguero formuló acusación en contra de la joven que habría agredido a su pareja tras una discusión que mantuvieron. La misma está identificada con las iniciales E.A.P, de 20 años de edad, quien enfrenta cargo por el supuesto hecho punible de violencia familiar y se expone a una pena privativa de libertad.
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Según antecedentes, la agresión se produjo supuestamente en una vivienda ubicada en el barrio Las Carmelitas de la ciudad de Santa Rita, donde ambos vivían. Luego, el afectado fue asistido en el Hospital Distrital de Santa Rita, constatándose las lesiones sufridas, conforme obra en la carpeta de investigación fiscal.
Aquella vez, la mujer primeramente habría maltratado verbalmente a la víctima y luego le aplicó un fuerte golpe en la nariz, ocasionándole lesiones de consideración, conforme al diagnóstico médico. El motivo del ataque habría sido los celos desmedidos de la denunciada, según refieren los datos.
El afectado refirió que esa no fue la primera vez que la mujer ejerció violencia física sobre su persona. Incluso, en una oportunidad, amenazó con suicidarse frente a su hija menor de dos años. El fiscal Silguero solicitó la elevación de la causa a juicio oral. El proceso se tramita en el Juzgado Penal de Garantías, a cargo del magistrado Bernardo Silva Vera.
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Procesan a un hombre que golpeó repetidas veces a su novia cuando iban en auto
Ciudad del Este. Agencia Regional.
La agente fiscal Susan Vega imputó a un hombre porque habría agredido brutalmente a su novia cuando se desplazaban en un automóvil, luego de una discusión originada por celos. El procesado es Wilder Eusebio Vera Torres (29), quien está siendo investigado por violencia familiar y se encuentra detenido, a disposición de la Justicia.
De acuerdo a la denuncia consignada en el acta de imputación, la agresión se produjo el 6 de noviembre de 2024, en horas de la noche, en el interior de un automóvil Toyota Vitz, color celeste, siendo la víctima una estudiante universitaria, de 20 años.
En esa ocasión, el hombre buscó a su novia en la Facultad para llevarla a su casa, ubicada en el barrio Ciudad Nueva de la capital del Alto Paraná. Sin embargo, al subir al vehículo, el novio comenzó a maltratarla verbalmente, denigrándola por su condición de mujer, motivado por celos, supuestamente.
Acto seguido, le propinó golpes de puño en el rostro, los brazos y la cabeza, de manera repetida. Durante el trayecto, la víctima se percató de que su pareja había desviado el rumbo, ingresando a una zona oscura, donde continuó agrediéndola en la cabeza.
En un momento de descuido del agresor, la víctima logró abrir la puerta del vehículo, bajó y corrió hasta llegar a una vivienda ajena, donde pidió ayuda a los vecinos, y de esa manera evitó seguir siendo agredida.
Desde la casa donde la auxiliaron, la joven contactó con su familia, que la rescató y la trasladó al Hospital Regional, donde recibió atención médica y luego presentó la denuncia sobre el hecho de violencia.
Intervino en el caso la fiscal Susan Vega, quien reunió elementos incriminatorios y ordenó la detención preventiva de Wilder Vera Torres. El hombre está detenido en la Dirección de Policía, en espera del pedido de prisión preventiva de la fiscal, al Juzgado de Garantías, considerando la gravedad de sus actos, según la agente del Ministerio Público.
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Fiscalía dice que es prematuro sacar conclusiones definitivas
El Ministerio Público, encabezado por Emiliano Rolón Fernández, emitió ayer viernes un comunicado afirmando que resulta prematuro sacar conclusiones sobre si el fallecido diputado y dirigente de Amambay Eulalio “Lalo” Gomes Batista disparó o no contra los efectivos policiales durante el allanamiento en su vivienda en la madrugada del lunes 19 de agosto, en el marco del operativo Pavo Real II.
“Las evidencias deben ser evaluadas en forma conjunta y armónica, conforme el artículo 175 del Código Procesal Penal. Para ello serán determinantes los resultados de informes técnicos, pericias, testimonios y otras diligencias aún pendientes”, indica.
Añade que “serán determinantes las diligencias pendientes. El elemento invocado, según la difusión, deberá observar dicho proceso de integración, por lo que es prematuro intentar conclusiones definitivas, que solo enervarán el normal proceso de la investigación”.
El posicionamiento de la Fiscalía surge a raíz de las disparidad en los informes dados a conocer por el Ministerio Público y la Dirección de Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Nacional de Asunción (UNA) sobre las pruebas balísticas practicadas a Gomes.
INFORME DE LA UNA
De acuerdo al informe de la UNA se encontraron valores de plomo, bario, antimonio en los brazos y manos del legislador. Los valores en el brazo izquierdo de plomo ascienden a 139, bario a 237, antimonio a 11,4. En la mano, los índices de plomo son 224, bario 277 y antimonio 21,5.
En cuanto al brazo derecho, el plomo es menor a 5, la detección de bario es de 258 y antimonio menor a 10. En la mano, el plomo hallado fue de 120, bario 332 y antimonio menor a 10. Esto demuestra la presencia de residuos de disparos de arma de fuego y fueron hallados a partir de las muestras de hisopos tomados luego del allanamiento en su vivienda en Amambay, que derivó en el fallecimiento de Gomes.
“El Ministerio Público garantiza objetividad y basará los requerimientos en las constancias emergentes de la investigación, según las reglas del debido proceso, que su vez, es el norte del Estado de derecho, premisa fundamental del modelo constitucional vigente”, sostiene el documento firmado por Rolón.
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Informe de CGR expone el apuro fiscal para blanqueo a Bataglia
El Ministerio Público decidió desestimar una denuncia por daños patrimoniales estimados en más de G. 1,5 billones sin haber tomado en cuenta todos los elementos detectados por la Contraloría General de la República (CGR). Los fiscales encontraron documentos respaldatorios por menos de la mitad del monto denunciado.
Un detallado informe basado en la auditoría realizada por la CGR al IPS deja aún más al descubierto el apuro de la Fiscalía por blanquear al extitular del ente previsional Vicente Bataglia. El mismo documento que fue remitido al Ministerio Público, cuyos fiscales desestimaron a las apuradas una denuncia sobre el caso, revela datos que no fueron tenidos en cuenta por los agentes.
En concreto, la CGR remitió varios informes de auditoría que revelaron posibles daños patrimoniales por más de G. 1,5 billones, aproximadamente USD 130 millones. Sin embargo, de forma sorpresiva, la Fiscalía solicitó la desestimación de la denuncia contra Bataglia. Darío Ortega, director jurídico de la CGR, aseguró que el Ministerio Público no tuvo en cuenta todos los documentos o que incluso se tomaron elementos que no forman parte de la denuncia para el pedido de desestimación.
Los agentes fiscales encontraron documentos que respaldan pagos por G. 350.000 millones (USD 50 millones). La denuncia era por G. 1,5 billones (USD 130 millones). O sea dejó de averiguar entre 80 y 90 millones de dólares sin tener la documentación”, dijo Ortega días atrás al canal GEN.
El equipo de investigación de Nación Media accedió a los informes comparativos entre las auditorías y el pedido de desestimación presentado por la Fiscalía, dando inicio hoy a una serie de varias entregas sobre las groseras omisiones realizadas por los representantes del Ministerio Público.
UNO DE VARIOS EJEMPLOS
Uno de los varios puntos utilizados por la Fiscalía para el pedido de desestimación de la causa contra Bataglia tiene que ver con un millonario crédito otorgado al IPS por un banco local.
En concreto, el informe final de la CGR sobre el IPS concluyó que había una discrepancia significativa entre el monto de la línea de crédito aprobada por la Resolución del Consejo de Administración y el pagaré firmado con la entidad financiera.
La auditoría encontró que, aunque se aprobó un préstamo de G. 50.000.000.000, el pagaré inicial se emitió por G. 65.379.679.514, incluyendo intereses y otros montos adicionales. Esto levantó dudas sobre la transparencia y la adecuada gestión de los fondos del IPS, sugiriendo posibles riesgos legales y financieros.
La Fiscalía argumentó que el contrato y el pagaré original, aunque por un monto mayor, habían sido aclarados y corregidos. En agosto de 2023, meses después de la auditoría y del cierre del ejercicio fiscal 2022, se realizó un intercambio de pagaré, corrigiendo el monto a G. 50.000.000.000 más los intereses compensatorios. Según la Fiscalía, esto subsanó la discrepancia señalada y, por lo tanto, no justificaba una investigación penal, ya que la corrección había sido formalizada.
Sin embargo, la propia Fiscalía reconoció en la argumentación del pedido de desestimación la existencia de las irregularidades detectadas por la Contraloría. Aunque el pagaré fue corregido, la modificación se realizó después del cierre del ejercicio fiscal 2022 y en la etapa final de la auditoría. Esto confirma la observación inicial de la CGR: la discrepancia existió y representó un riesgo real para el IPS y sus asegurados.
Fuentes del órgano extrapoder señalaron, sin la intervención y observación de la auditoría, que el IPS podría haber enfrentado graves consecuencias legales y financieras en caso de incumplimiento de pago. La CGR subrayó que el cambio de documentos no exime a los responsables del IPS de sus acciones u omisiones previas, las cuales comprometieron la transparencia y la gestión adecuada de los fondos
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Tobilleras electrónicas: implementación gradual iniciaría a finales de noviembre
Desde la Oficina Técnica Penal indicaron que están expectantes a la llegada de las primeras 100 tobilleras electrónicas, dispositivos que se utilizarán inicialmente para los casos vinculados a violencia familiar. La jueza Silvana Luraghi, coordinadora de la mencionada unidad, manifestó que esto garantiza el monitoreo para los victimarios y también la seguridad de las víctimas.
“Tenemos información desde el Ministerio del Interior que a fines de noviembre y entre los primeros días de diciembre se estaría implementando el uso de estos dispositivos electrónicos que en nuestro caso serían las tobilleras electrónicas. La implementación va a ser de manera gradual y en un principio solo para la circunscripción judicial de capital”, explicó.
La ley establece que esta medida podrá ser aplicada para los casos de medidas cautelares de arresto domiciliario (procesados) y para las personas con condenas de prisión domiciliaria (condena firme). De acuerdo a lo expuesto por la jueza, en contacto con la 780 AM, la legislación no establece un límite respecto a los tipos de hechos punibles para los cuales se utilizarán las tobilleras, no obstante, existe un criterio que tendrán en cuenta.
“Todos los magistrados sabemos que tenemos mucha responsabilidad al momento de utilizar esta herramienta legal, pero creemos que la política criminal que vamos a seguir en este sentido es otorgar en casos en que no pongamos en peligro a la sociedad, como son los casos con mucho éxito de otros países en donde se aplica, que son para los casos de violencia familiar”, sostuvo.
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Seguridad para víctimas
La jueza Luraghi indicó que se contará con una oficina de monitoreo dependiente del Ministerio del Interior donde se contará con personal especializado para el control tecnológico de los dispositivos. Los protocolos establecen también que las víctimas puedan utilizar las tobilleras, en caso de que presten su consentimiento.
“Las víctimas también van a tener un sistema de comunicación a través de botones de pánico y van a poder tener registro de que el agresor está acercándose a ella, al igual que la oficina de monitoreo que va a tener la ubicación precisa de las víctimas y victimario en caso de restricciones de acercamiento. La ley contempla la revocación inmediata del beneficio penitenciario en caso de incumplimientos y la emisión de la orden de captura para guardar prisión preventiva en los centros penitenciarios”, sentenció.
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