Para este miércoles, a las 10:00, se fijó la audiencia preliminar para la exjueza en lo Civil y Comercial Tania Irún, imputada por el delito de prevaricato por entregar supuestamente de forma irregular 310 mil hectáreas de tierras ubicadas en zona de seguridad fronteriza a empresas extranjeras.
La audiencia preliminar se debe realizar ante el juez penal de Garantías Yoan Paul López, pero la diligencia judicial se podría suspender debido a que hasta el momento no se resolvieron varias chicanas presentadas por la defensa de la exmagistrada procesada.
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Más tiempo para investigar
La representante del Ministerio Público Natalia Fuster pidió un año más de plazo para seguir recolectando más elementos de prueba contra la exmagistrada.
El requerimiento provisional del Ministerio Público revela que aún falta recibir algunos informes del extranjero y es por ello que se pide más tiempo al juez del presente caso para poder presentar el requerimiento conclusivo definitivo.
Imputación
El acta de imputación señala que la entonces jueza civil Tania Irún, en fecha 23 de noviembre del 2018, en el marco del juicio caratulado “Cusabo Limited y otros c/ Asociación del Espíritu Santo para la unificación del cristianismo mundial sobre cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública”, resolvió hacer lugar a una demanda de cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública promovida por las firmas Cusabo Limited, Kyveloria Limited, Firstar Investments y Elite Kingdom Investments, otorgándoles 310 mil hectáreas a favor de dichas firmas, cuyos accionistas no se sabe quiénes son.
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A Utranza Py: el 5 de diciembre se define si el pastor José Insfrán irá a juicio oral y público
La jueza de Crimen Organizado, Rosarito Montanía, fijó para el 5 de diciembre, a las 09:00, la audiencia preliminar para el pastor José Insfrán, acusado por hechos punibles relacionados al narcotráfico en el marco de la investigación del operativo A Ultranza Py.
En la diligencia judicial se definirá si el caso se eleva a juicio oral y público, así como pidió el Ministerio Público en su requerimiento conclusivo. El fiscal Deny Pak fue quien presentó la acusación, solicitando que el caso se discuta en un juicio oral y público.
De acuerdo a una parte de la extensa acusación, Insfrán Galeano creó varias empresas con dinero producto del narcotráfico, que fue ganancia obtenida por su hermano Miguel Ángel Insfrán, alías Tío Rico, para abrir varias cuentas bancarias y así acceder a créditos para blanquear la ganancia que deja el narcotráfico.
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Según la acusación, José Alberto Insfrán Galeano creó empresas con recursos del narcotráfico obtenidos por su hermano Miguel Ángel Insfrán, y así abrió cuentas bancarias para obtener créditos y blanquear ganancias ilícitas mediante una red de documentos falsificados y vínculos en cooperativas y bancos.
También se describe que se crearon varias empresas como Metalúrgica El Porvenir S. A., Barakah S.R.L. y Agroganadera e Industrial Nuevo Horizonte. En ese proceso presentó certificados de trabajo falso con salarios elevados para lavar dinero.
Del mismo modo, la Fiscalía sostiene que Insfrán Galeano cumplía un papel importante dentro de la organización liderada por su hermano Miguel Ángel Insfrán y del narcotraficante uruguayo Sebastián Marset Cabrera.
Otro punto que se detalla en la acusación es que el pastor Insfrán usó una asociación religiosa como fachada para insertar las ganancias ilícitas en el sistema económico de Paraguay. Esta organización, llamada Centro de Convenciones Avivamiento (CCA), se transformó en una herramienta clave bajo la dirección de José Insfrán, quien asumió su presidencia en 2020. Bajo su liderazgo se realizaron inversiones millonarias en propiedades y proyectos vinculados al CCA.
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Acusan por mal desempeño en sus funciones ante el JEM a dos camaristas
El abogado Adrián Enríquez Rivas, en representación de la Asociación Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial, presentó acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por supuesto mal desempeño contra los camaristas Cristóbal Sánchez y Agustín Lovera Cañete, luego de haber -de forma llamativa- anulado la resolución del juez penal de Garantía Yoan Paúl López, quien elevó a juicio oral y público el proceso penal por prevaricato que enfrenta la exjueza en lo civil y comercial Tania Irún, quien había entregado presuntamente de forma irregular 310 mil hectáreas de tierra ubicadas en zona de seguridad fronteriza en Alto Paraguay.
De acuerdo al escrito presentado ante el JEM, los dos camaristas acusados actuaron de manera arbitraria y fuera de la ley violando el principio constitucional del debido proceso ya que juzgaron el fondo de la cuestión, situación que está prohibida.
Con la presentación hecha por el citado profesional del derecho, los integrantes del JEM deberán estudiar si corresponde iniciar el enjuiciamiento contra los camaristas Sánchez y Lovera Cañete y en caso de que los mismos sean enjuiciado podrían ser suspendidos en sus funciones.
El JEM está integrado por Alicia Pucheta, Enrique Bernis, Derlis Maidana, Orlando Arevalos, César Garay, Mario Varela, Manuel Ramírez Candia, y Alejandro Aguilera.
Acusación fiscal
En julio pasado, la fiscal Adjunta Soledad Machuca acusó y pidió juicio oral y público para la exjueza en lo Civil Tania Irún, procesada por el delito de prevaricato. Machuca fue contundente al señalar que la exjueza obligó de forma irregular a la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial y en consecuencia habría intimado a la parte demandada, a otorgar la escritura pública traslativa de dominio de los inmuebles ubicados en el departamento de Alto Paraguay.
También señala la acusación que “como bien podrá advertirse la entonces magistrada Irún al referirse al cumplimiento de lo previsto en la Ley especial N°2532/05 (que establece la zona de seguridad fronteriza de la República del Paraguay), tan sólo se habría limitado a hacer mención a lo referente al cumplimiento del artículo 2° de la ley, en lo que respecta a la nacionalidad de las personas actoras; afirmando que las mismas no serían oriundas de los países limítrofes, sin embargo en el expediente civil no existirían constancias de dichas afirmaciones”, refiere el escrito de la acusación del Ministerio Público.
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El 9 de diciembre se sabrá si religiosas van a juicio por servidumbre de adolescente
El juez Osmar Legal fijó para el 9 de diciembre, a las 8:30, la realización de la audiencia preliminar para Olga Bogado Cubas y Rufina Salinas Acuña, acusadas por trata de personas. En la diligencia judicial se definirá si las acusadas estarán sentadas en el banquillo de los acusados.
La Fiscalía sostiene que existen suficientes elementos probatorios para que el proceso penal se pueda elevar a un juicio oral y público, por lo que se ratificará en la audiencia en la acusación fiscal.
La fiscal Vivian Coronel fue quien presentó la acusación contra Olga Bogado Cubas, religiosa que presuntamente mantuvo durante varios meses a una adolescente de 16 años en régimen de servidumbre y trabajo forzado, además de maltratarla física y psicológicamente. Igualmente, el Ministerio Público analiza presentar el requerimiento conclusivo en relación con la procesada Rufina Salinas Acuña.
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La acusación fiscal señala que Olga Bogado Cubas acogió a la adolescente el 27 de marzo de 2023 en un lugar denominado “Casa de la Reina de la Paz”, ubicado en el barrio Molino de Luque. Esto ocurrió después de que la menor fuera captada, bajo engaño, por Rufina Salinas Acuña, para una supuesta formación como novicia religiosa en un local conocido como “Nuestra Señora de Caacupé”, en el Km 14 de Minga Guazú.
Desde su llegada a Luque, la víctima fue presumiblemente sometida a un régimen de servidumbre y trabajo forzado durante siete meses. Según los investigadores, Bogado la habría sometido a todo tipo de malos tratos, llegando a abofetearla y golpearla en la nuca constantemente. Además, la obligaba a besar el suelo hasta cien veces cuando no le gustaba su trabajo, según la acusación.
Posteriormente, el 20 de septiembre, Olga Bogado trasladó nuevamente a la víctima a la zona de Minga Guazú y la dejó a cargo de Rufina Salinas. Esta última finalmente abandonó a la menor frente a su vivienda y le dio instrucciones, amenazándola para que mintiera a su madre sobre las condiciones en las que había vivido en Luque.
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El efecto Netflix: fiscal recomendará una nueva sentencia para los hermanos Menéndez
El fiscal de distrito en Los Ángeles dijo recomendaría una nueva sentencia para los hermanos Lyle y Erik Menéndez, encarcelados de por vida por el asesinato de sus padres en 1989, dictamen que los haría elegibles para libertad bajo palabra. El fiscal George Gascon afirmó que pediría a un juez que dictamine que los dos hombres, cuyo caso ha vuelto a recibir atención por una serie y un documental emitidos en Netflix, deberían ver reducida su sentencia de forma que fueran elegibles para libertad condicional en los próximos meses.
“Luego de una muy cuidadosa revisión de todos los argumentos... Creo que bajo la ley, una nueva sentencia es apropiada y voy a recomendar esto a una corte mañana”, dijo Gascon a reporteros. Los hermanos Menéndez fueron sentenciados a cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional tras el juicio que fue televisado y que ocupó los titulares de medios en todo el mundo.
En la época, los fiscales argumentaron que ambos hombres conspiraron para acabar con la vida de sus padres ricos en un intento por acelerar una herencia por 14 millones de dólares. Sin embargo, la defensa se basó en que los hermanos habrían sido víctimas de abuso sexual y físico continuo por parte de su padre, y del silencio cómplice de su madre, por lo que estallaron después de años de sufrimiento.
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El auge de la serie
El fiscal reconoció que el auge de la serie sobre el caso llevó a la fiscalía a ver el proceso con nuevos ojos. “Creo que muchas veces, por razones culturales, no les creemos a las víctimas de agresión sexual, ya sean mujeres u hombres”, afirmó el fiscal. El asesinato en 1989 de José y Mary Louise Menéndez en su elegante casa de Beverly Hills fue objeto de un auténtico frenesí mediático en Estados Unidos.
El juicio de Lyle y Erik se retransmitía diariamente por televisión, una novedad para la época, e incluso se considera la antesala mediática del “juicio del siglo”, que comenzó meses después contra el futbolista estadounidense O.J. Simpson. Los hermanos, que en ese entonces tenían 18 y 21 años, no fueron condenados en primera instancia porque el jurado se estancó sin la unanimidad necesaria para pronunciar su veredicto.
En 1996, un segundo juicio en el que el juez se negó a examinar numerosos elementos relacionados con agresión sexual concluyó con su condena a cadena perpetua irreductible por asesinato premeditado. El padre de la familia era José Menendez, inmigrante cubano impulsado por el sueño americano, que amasó una fortuna y fue vicepresidente de la empresa de alquiler de autos Hertz y luego director de operaciones del sello discográfico RCA.
Los dos hijos, que inicialmente no fueron considerados sospechosos, desviaron la atención de los investigadores y acusaron del crimen a la mafia, pero una denuncia reveló la confesión del asesinato, grabada durante las sesiones con un psicoterapeuta. La serie de ficción “Monstruos: La historia de Lyle y Erik Menéndez”, producida por Netflix, reavivó el interés por este caso, al punto de que el gigante del streaming también le dedicó al caso un nuevo documental.
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Nuevos elementos
Ambas producciones han sido ampliamente comentadas y replicadas por en TikTok e Instagram, y provocaron una amplia movilización digital a favor de los dos hermanos, que ya completan 35 años en prisión. El nuevo examen al caso reveló nuevos elementos, como una carta en la que Erik le cuenta a una prima sobre las agresiones sexuales de su padre, o el testimonio de un artista en el que dice haber sido drogado y violado por José Menéndez en los años 80.
El fiscal Gascon dijo que su recomendación solo sería para una nueva sentencia por asesinato en un grado menor, un cargo que podría acarrear una pena desde 50 años de prisión hasta cadena perpetua. “La decisión final la tomará el juez”, aclaró. “Sin embargo, debido a su edad, bajo la ley, al tener menos de 26 años al momento de los crímenes, ellos serían elegibles para libertad condicional de forma inmediata”, explicó.
Fuente: AFP.