La jueza penal de Garantías Clara Ruiz Díaz rechazó la prescripción y la excepción presentadas por dos imputados en la causa de Hyun Jin Moon, conocido como Presto Moon, hijo del exlíder de la Secta Moon procesado en nuestro país por tentativa de estafa y producción mediata de documentos públicos de contenido falso y otros delitos.
La referida magistrada rechazó los incidentes de los imputados John Andrew Mowris English, Thomas Rutherfor Field, Richard J. Perea, Gerónimo Amarilla, Kiantar Betancourt y Marciano Lorenzo Pesoa. De esta manera, el presente proceso penal debe continuar para los procesados y donde debe realizarse la audiencia de imposición de medidas cautelares.
De acuerdo al fundamento de la jueza Ruiz Díaz, “tenemos que el término de la realización de la conducta empezó a correr el 17 de setiembre del año 2014 e interrumpido con el acta de imputación de fecha 17 de octubre del 2017 y nuevamente siendo suspendida por una circunstancia objetivamente insuperable con la declaración de la prejudicialidad en fecha 19 de diciembre del 2017”.
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Asimismo, sostiene la magistrada que “el plazo normal se reanudó en fecha 16 de setiembre del año 2019 al revocar el Tribunal de Alzada por resolución la cuestión de prejudicialidad y habiendo a la fecha de hoy transcurrido seis años y un mes; por lo que no ha operado la prescripción de la acción penal previsto en la norma”, indica parte de la resolución de la jueza Clara Ruiz Díaz.
Antecedentes
El presente caso es por un presunto intento de quedarse con tierras de la Asociación Espíritu Santo de Paraguay valorizadas en US$ 500 millones a través de la ejecución de un presunto préstamo falso de US$ 15 millones.
El expediente bajó días atrás al Juzgado Penal de Garantías para que pueda seguir su curso normal, es decir, se debe fijar la fecha para el desarrollo de la audiencia de imposición de medidas cautelares donde se decidirá si los imputados serán trasladados a una cárcel o, en su defecto, serán beneficiados con medidas alternativas a la prisión.
Es importante señalar que en el presente caso existen imputados extranjeros, por lo que los mismos no tienen arraigo en nuestro país, requisito principal para ser beneficiado con medidas alternativas a la prisión, por lo que podría existir peligro de fuga.
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