La agente fiscal Belinda Bobadilla imputó al abogado Víctor Luis Benítez Rodríguez, quien habría sido contratado por la firma Auto Logic SA para iniciar diligencias preparatorias y luego un juicio ordinario contra una empresa ubicada en China continental. La actuación del profesional del derecho se habría limitado a iniciar las diligencias preparatorias el 11 de julio del 2017 y solamente diligenciar algunos oficios dispuestos por el Juzgado en lo Civil y Comercial.
Sin embargo, ante los pedidos de su representado sobre el resultado del juicio, el hoy imputado habría manifestado al mismo que ya había sido dictada la sentencia por le jueza en lo Civil y Comercial Vivian López, haciendo lugar a la demanda; además de remitirle un ejemplar de la misma, presuntamente en fecha 1 de junio de este año, la cual habría sido falsificada pues la sentencia judicial no habría sido dictada por la referida jueza ni el juicio ordinario habría sido promovido ante su juzgado.
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Es importante hacer saber a la ciudadanía que por Acordada de la Corte N° 1335/2020 del 3 de setiembre del 2019 se implementó el Código QR en las resoluciones judiciales. Esto permite comprobar al usuario del sistema de justicia la validez del contenido de una resolución judicial.
Ahora será un juzgado penal de garantías el que deberá admitir la imputación y a su vez se deberá fijar la fecha para el desarrollo de la audiencia de imposición de medidas cautelares donde se definirá si el abogado será beneficiado con medidas alternativas a la prisión o será trasladado al penal de Tacumbú.
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El JEM investiga a jueza de Encarnación por mal desempeño en sus funciones
La presidenta del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, Alicia Pucheta, solicitó copias completa del expediente caratulado “Banco Río S.A.E.C.A. c/ Sergio Luiz Tosetto s/ Acción Ejecutiva” en el que la jueza en lo civil y comercial Nilda Concepción Benítez Caballero fue denunciada por mal desempeño en sus funciones.
Una vez que se remitan las copias del expediente judicial, los integrantes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados deberán estudiar si corresponde iniciar el enjuiciamiento contra la magistrada. Los integrantes del JEM son Alicia Pucheta, Orlando Arévalos, Derlis Maidana, Enrique Berni, Manuel Ramírez Candia, Alejandro Aguilera, César Garay y Mario Varela. Los mismos tendrán que estudiar si corresponde enjuiciar a la citada magistrada.
Días atrás el rematador público Raúl Sosa Navarro formuló acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados en contra de Nilda Concepción Benítez Caballero, jueza en lo civil y comercial 4to Turno de la ciudad de Encarnación, Itapúa.
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En la denuncia presentada por Sosa Navarro ante el órgano juzgador de magistrados, refiere que el 18 de julio del presente año, estaba programada la subasta pública ordenada en el expediente caratulado “Banco Río S.A.E.C.A. c/ Sergio Luiz Tosetto s/ Acción Ejecutiva que se tramita ante la referida magistrada, pero al revisar el expediente se encontró con una providencia de suspensión de la subasta emitida en respuesta a una solicitud de suspensión presentada por Daniela Tosetto Casaril, sucesora del Sergio Luiz Tosetto, quien había comunicado el fallecimiento del demandado mediante el acta de defunción adjunta.
Asimismo, el escrito de acusación refiere que “la jueza Nilda Concepción Benítez Caballero, en una clara muestra de negligencia y omisión de sus deberes, ordenó la suspensión de la subasta sin observar lo estipulado en el Art. 167 del Código de Organización Judicial (C.O.J.), que establece que el peticionante de la suspensión de un remate deberá consignar la suma que el juzgado fije para el reembolso al rematador de los gastos de publicación o transporte de las cosas, más el cincuenta por ciento de la comisión que le correspondería de haberse llevado a cabo la subasta”, señala el documento.
Igualmente dice el escrito que “el accionar de la magistrada generó un perjuicio económico significativo, superando los G. 20 millones debido a los costos asociados con la publicación de edictos realizada en un medio escrito.
“El daño económico ocasionado no solo se limita a los costos directos de publicación, sino que también ha afectado mi reputación profesional y la de mis colegas, creando un entorno de desconfianza e incertidumbre en el ejercicio de nuestra profesión. La falta de consideración por parte de la magistrada y el incumplimiento de los procedimientos legales han puesto en riesgo la credibilidad y el prestigio de nuestro desempeño en el ámbito profesional”, refiere.
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Denuncian falsificación de documentos para desalojo irregular de 10 hectáreas
Este martes, integrantes de una familia reportaron que el pasado 6 de agosto, fueron desalojados de la propiedad donde residen hace más de 30 años en la compañía Costa Salinares de la ciudad de Capiatá y de la cual tienen el título. Denuncian que el desalojo fue totalmente irregular y que existe complicidad de la Fiscalía y la Municipalidad, desde donde aparentemente expiden títulos falsos.
Doña Agustina Vera Vda. de Cabrera, esposa de quien en vida fuera don Venancio, legítimo dueño de las 10 hectáreas desde 1945 y que falleció en el 2003, y su hija Elvira, denuncian que fueron cruelmente desalojadas de la propiedad. La familia fue sacada del sitio por una comitiva encabezada por el fiscal Hugo Marcelo Pérez.
“El fiscal me dijo que estaba cumpliendo con el protocolo de denuncia por invasión y que el procedimiento está hecho dentro de la ley. Ante mi reclamo me dice que si tengo los documentos que me presente en la Fiscalía, de inmediato llegué al lugar, pero Pérez ya no se hizo encontrar”, detalló Fabián Ferreira, abogado de la familia afectada, en “Dos en la Ciudad” de canal GEN/Nación Media.
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Amenazas
El abogado afirmó que presentó los documentos sobre la causa 800/2024 y solicitó las copias como la intervención, pero cuando fue a retirar las copias le dijeron que no era la causa. Entonces le volvieron a pasar otro número de causa para volver a realizar el trámite, de esta forma intentaban desviar del caso al representante de los afectados.
“El fiscal me dijo que deje de presentar los documentos porque se trata de una denuncia contra una persona innominada, por lo que mis representados no tenían intervención ni yo como su representante legal. Le reclamé eso y me pidió que le lleve a mis clientes para declarar”, apuntó.
Explicó que una vez que llegaron a la unidad fiscal como para declarar y mientras esperaban para realizar el trámite fueron amenazados con ser detenidos. “Salió la asistente del fiscal y me dijo; te manda a decir el fiscal que si declaran saldrán de acá detenidos. Les pregunté por qué y me dijeron que no tenían porqué darme explicación porque no teníamos intervención”, refirió.
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Doble identidad
Según la denuncia, un exfuncionario de la Municipalidad de la ciudad, que utiliza dos identidades una como Federico Joel González y otra como Federico Ramón González, es quien empadronó la finca de los Cabrera y vendió parte de la propiedad a otras personas. Estas personas nunca recibieron los títulos de propiedad.
“El cuando inscribe o empadrona en catastro lo hace como Federico Ramón, pero cuando hace el contrato de compra-venta lo hace como Federico Joel. Tienen doble identidad y dos números de cédulas, todo ya fue denunciado y solicitamos al Ministerio Público que solicite el prontuario de este hombre”, indicó. Afirmó, que ofrece los terrenos en redes sociales y solicita una entrega, pero nunca da los documentos.
Superposición de fincas
Ferreira detalló que en la Unidad 3 de la Fiscalía se presentaron todas las pruebas del Servicio Nacional de Catastro y Registro Público que demuestran que esta propiedad de 10 hectáreas se trata de la finca 819 padrón 1375 y que corresponde a la familia Cabrera Vera.
“Ellos están superponiendo fincas y padrones que ellos inventaron porque tienen contactos en el catastro creando problemas a personas humildes. Tengo todos los informes del catastro y registro público en los que queda demostrado que son un grupo de delincuentes dedicados a la falsificación de títulos”, indicó el abogado. Solicitan al Ministerio Público que tome cartas en el asunto e investigue el caso.
Único heredero
Por su parte, el abogado Joel González, explicó en canal GEN/Nación Media que no estaban enterados de esta situación y que esa propiedad siempre perteneció a su familia desde hace casi 80 años. Afirmó que no tienen doble identidad, sino que, su padre es Federico Ramón, que es el único dueño de la propiedad, y que él es Federico Joel.
“Este es un problema de 1945 y no puedo influir en nada de lo que pasó antes. Yo soy heredero de Federico Ramón González, que es mi papá y a su vez heredó de su papá, lo que es de él es nuestro. Lo que están diciendo sobre falsificación de documentos para mi es muy relevante porque está registrada nuestra finca en el Registro Público”, indicó.
Agregó que cuentan con todas las documentaciones legales de la propiedad y que se trata de la finca 43.063 en el año 1998. “El único dueño es mi padre, esta propiedad viene de mi bisabuelo Ignacio González. Mi padre fue el heredero solo del remanente y otra parte fue parte de pago de los abogados, porque no tenía dinero en ese momento”, concluyó.
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Abogado califica como “forzada y apurada” la imputación fiscal contra Nenecho Rodríguez
El abogado Claudio Lovera, representante legal del intendente de la ciudad de Asunción, Óscar “Nenecho” Rodríguez, sostuvo que la imputación del Ministerio Público contra el dirigente político adolece de ciertas falencias. Agregó que colaborarán con la investigación y fue contundente en indicar que no existe una conducta penalmente relevante cometido por su defendido.
La denuncia por supuesta corrupción pública contra el jefe comunal fue formulada en el 2021, por un grupo de exdiputados y concejales de la oposición; sin embargo, la imputación fiscal contra Rodríguez por lesión de confianza y asociación criminal en el denominado caso “detergentes de oro” fue promovida en la noche de este último lunes, 2 de setiembre del 2024.
“Que el acta de imputación todavía relate una aproximación muy lejana a la reconstrucción de los hechos me llama la atención, todavía es una cuestión demasiado incipiente, en todo estos años evidentemente no se profundizó”, expresó en una entrevista con el programa “Arriba hoy” emitido por el canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Asimismo, Lovera acotó: “esta construcción que se realiza respecto al intendente es muy forzada desde el punto de vista del derecho penal, se nota que hubo cierto apuro para la redacción de la imputación y este apuro no es congruente con la antigüedad del caso”.
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Señaló que la defensa del jefe comunal se abocará en lograr que el Ministerio Público realice una reconstrucción completa y concreta de los hechos. “Vamos a trabajar contratación por contratación, pago por pago, pero remontándonos a la época de los hechos para poder ver qué es lo que aconteció en ese momento. En las explicaciones que da la Fiscalía en su imputación a nivel de sospechas, se hace una aproximación muy genérica”, comentó.
El abogado siguió argumentando que “La Fiscalía identifica que los procedimientos de selección de oferentes, adjudicaciones y luego los procesos posteriores que tiene que ver con la constatación de la provisión de los bienes adjudicados y el pago, tiene una particularidad que no son procesos llevados a cabo por el intendente y el mismo no cumple una función de ordenador de gastos en el marco de los mismos”.
Agregó además que “siempre en el derecho penal lo primero que se analiza está relacionado con la persona que está más cerca del resultado que se sospecha, pero esta no es la situación del intendente. A partir de esto la Fiscalía trata en forma genérica de construir una supuesta participación penal, pero en verdad responsabilizándose genéricamente de los supuestos resultados que ocurrieron, pero eso que se denomina responsabilidad objetiva por el resultado en materia de derecho penal no rige”.
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Filtración de Seprelad: gavilla de Abdo chicanea y vuelve a paralizar proceso penal
El abogado Emilio Fúster, defensor de Arnaldo Giuzzio quien está imputado por varios delitos en el caso conocido como filtración de información de Seprelad, volvió a recurrir a chicanas con el objetivo de seguir dilatando para que el presente proceso penal pueda avanzar. Esta vez el citado profesional del derecho presentó una apelación general contra la resolución del tribunal de apelación que confirmó la competencia de la jueza penal de garantía Cynthia Lovera.
Ahora el expediente deberá ser estudiado por la sala penal de la Corte Suprema de Justicia, integrado por Manuel Ramírez Candia, César Diesel y Gustavo Santander que tendrá que destrabar por segunda vez el presente proceso penal que involucra al expresidente de la República Mario Abdo Benítez y su gavilla.
El escrito dilatorio de Fuster menciona que el tribunal de apelación no estudió los argumentos de la recusación contra la jueza Lovera por lo que pide a los ministros de la Corte que analicen y hagan lugar a la apelación y separen del caso a la referida magistrada.
Ahora los ministros Ramírez Candia, Diesel y Santander deberán estudiar el presente caso y resolver si corresponde confirmar la competencia de la jueza Cynthia Lovera.
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Cámara de Apelación
La Cámara de Apelación, integrada por los camaristas María Belén Agüero, Digno Arnaldo Fleitas y Gustavo Aguade, confirmó la competencia de la jueza penal de garantías Cynthia Lovera tras estar casi 5 meses trabado el proceso penal que enfrenta el expresidente de la República, Mario Abdo Benítez, y su gavilla por varios hechos punibles que tienen que ver con el caso conocido como filtración de la Seprelad.
Igualmente el tribunal de alzada otorgó seis meses más de tiempo al Ministerio Público para que pueda culminar la presente investigación contra Marito y su exministros. El 11 de marzo del 2025 la fiscalía deberá presentar su requerimiento conclusivo que puede ser la acusación y el pedido de juicio oral y público o una salida procesal.
Imputados
En el presente caso, están imputados: Mario Abdo Benítez, Carlos Arregui, Arnaldo Giuzzio, René Fernández, Carmen Pereira, Daniel Farías, Guillermo Preda, Francisco Pereira y Mauricio Espínola.
Los supuestos delitos cometidos que se les atribuyen son: revelación de secretos de servicio, revelación de secretos privados por funcionarios o personas con obligación especial, inducción a un subordinado a un hecho punible, denuncia falsa, simulación de un hecho punible, usurpación de funciones públicas y asociación criminal.