La Sala Constitucional ampliada de la Corte Suprema de Justicia resolvió declarar inoficiosa una acción de inconstitucionalidad que se presentó hace 25 años. La acción fue presentada por el Partido Revolucionario Febrerista (PRF) en el año 1997, quien recurrió una resolución de fecha 12 de marzo de 1997 dictado por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) donde se había resuelto homologar un acuerdo político de utilización de los padrones aplicados a las elecciones municipales de 1996 para la determinación del número de electores por departamento y número de bancas de diputados que le corresponde.
De acuerdo a la determinación adoptada por la máxima instancia judicial, el expediente es parte del grupo de acciones que la máxima instancia judicial busca depurar. Debido al caso en cuestión se resolvió remitir los antecedentes a la dirección de auditoría para deslindar responsabilidades y saber por qué se tardó tanto en resolver la referida acción de inconstitucionalidad.
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Una vez que se tenga el resultado de la auditoría al presente caso se tendrá que elevar un informe a cada ministro de la Corte Suprema de Justicia y a su vez se deberá decidir si se inicia un sumario o se archiva el mismo.
La resolución que tiene fecha del 17 de agosto de este año, tienen los votos de Jiménez Rolón, Luis María Benítez Riera, César Garay, Alberto Martínez Simón, César Diesel, Carolina Llanes, Antonio Fretes, Manuel Ramírez Candia y el camarista Linneo Insfrán.
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