Anulan condena de 4 años de cárcel del exintendente de Lambaré Roberto Cárdenas
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Los camaristas Fabriciano Villalba, María Eugenia Giménez de Allen y Lourdes Cardozo anularon la condena de 4 años de cárcel del exintendente de Lambaré Roberto Cárdenas, quien fue sentenciado por lesión de confianza por la caída del Colegio Nacional de Lambaré.
Ahora el Ministerio Público tiene la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia para tratar de dejar sin efecto la resolución de segunda instancia y confirmar la condena de 4 años de cárcel.
Además de Cárdenas también fue condenado a 4 años de pena privativa de libertad Guido Salcedo, exdirector de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Lambaré. En tanto, el exdirector del Colegio Nacional de Lambaré Vicente Acosta fue sentenciado a 2 años de cárcel. Esta última condena se dio con la suspensión de la ejecución de la pena, lo que implica que no pisará la cárcel.
Igualmente, Francisco Javier Cantaluppi, exarquitecto de la obra, fue encontrado culpable y condenado a 2 años de cárcel con suspensión de la ejecución de la pena, por lo que tampoco irá a prisión.
Los jueces de sentencia Liz Ramírez, Miguel Ruíz y Javier Sapena son los magistrados que condenaron al exjefe comunal de Lambaré. Mientras que los fiscales del caso fueron Teresita Torres, Karina Sánchez y Luis Said.
Otras condenas
En diciembre del 2021 un Tribunal de Sentencia integrado por las juezas Yolanda Portillo, Elsa García y Yolanda Morel condenó a 8 años de cárcel al exintendente de la ciudad de Lambaré Roberto Cárdenas, tras ser encontrado culpable por lesión de confianza y actividades peligrosas en el marco de la investigación por la sobrefacturación en la construcción de 15 instituciones educativas de la citada ciudad. El perjuicio patrimonial es de G. 859 millones.
Asimismo, Cárdenas soporta otra condena de 2 años de cárcel con suspensión de la ejecución de la pena por el uso irregular de royalties de pavimentación y usurpación de funciones públicas.
Condenan a dos personas a 10 años de cárcel por robar un camión Scania
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Un tribunal de sentencia condenó a 10 años de cárcel a dos personas luego de ser encontrados culpables por robo agravado. Los condenados son Jorge Pavón Cohene y Cristhian Jara Coronel. La fiscala que probó la responsabilidad de los dos acusados fue Alejandra Vera. El colegiado sostuvo que el Ministerio Público pudo probar la responsabilidad de los dos acusados en el grave hecho registrado.
La investigación, llevada adelante por la representante del Ministerio Público, logró llegar hasta los responsables de un violento hecho ocurrido el 2 de agosto de 2021, cuando Adelio Giménez y Fernando Giménez se dirigieron a la compañía Curupicayty de la ciudad de Itá con la intención de mostrar y vender su camión Scania a un supuesto comprador. Una vez en el lugar, fueron interceptados por Pavón Cohene y Jara Coronel, quienes los redujeron con un arma de fuego, maniatando y amordazando a sus víctimas, manteniéndolas retenidas en la cabina del vehículo de gran porte.
Luego fueron trasladados a otro sitio y obligados a abordar otro vehículo en compañía de personas hasta ese entonces no identificadas. Finalmente, Adelio y Fernando Giménez fueron abandonados en el Km 15, calle Quintana, de la compañía Takuara de la ciudad de Nueva Italia, y los ahora sentenciados se dieron a la fuga en el camión Scania.
Ahora la defensa de los dos condenados tiene la opción de apelar el presente fallo judicial y en caso de que sea así, un tribunal de apelación tendrá la última palabra sobre si confirma la sentencia de primera instancia o si se ordena la realización de nuevo juicio oral y púbico.
La Cámara de Apelación declaró la prescripción de los hechos y sobreseyó al extitular de la Ande, Carlos Heisele, y otras dos personas, acusadas por lesión de confianza. Foto: Archivo
Caso 500 kV: declaran prescripción y dejan impune perjuicio de G. 9.400 millones a la Ande
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La Cámara de Apelación, en mayoría y con los votos de Andrea Vera y Cristóbal Sánchez, declaró la prescripción de los hechos y sobreseyó definitivamente al extitular de la Administración Nacional de Electricidad (Ande), Carlos Heisele, René Aranda Cáceres y Ángel Javier Galeano Barrientos, acusados por supuesta lesión de confianza.
El Ministerio Público sostenía que los mismos causaron un perjuicio patrimonial de unos G. 9.400 millones. Con esta resolución el caso queda impune a raíz de las innumerables chicanas presentadas en el proceso penal que hicieron que el caso no avance y llegue a sobrepasar más de 12 años de haberse iniciado la investigación.
Según los antecedentes del caso, el extitular de la Ande habría otorgado indemnizaciones irregulares a propietarios de inmuebles de la franja de dominio de la línea de transmisión de 500 kV, que une la Itaipú Binacional y el departamento de Presidente Hayes.
El proceso judicial se dio inicio tras varias publicaciones periodísticas que señalaron un sobrecosto en el pago a los propietarios de los terrenos que fueron afectados por la construcción de la línea de transmisión de 500 kV.
En ese marco hay que señalar que el fiscal Leonardi Guerrero había señalado que la Ande pagó a los 17 dueños de inmuebles montos superiores a lo establecido por el dictamen de la Dirección de Topografía, que fijó el costo estimado de G. 3.000 millones.
Imedic: confirman condena de 4 años de cárcel para Patricia Ferreira
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El Tribunal de Apelación en lo Penal confirmó la condena de 4 años de cárcel para la presidenta de Imedic S.A, Patricia Ferreira Pascottini y 4 años de pena privativa de libertad para la directora general Nidia Godoy. Así también, se confirmó la absolución del tercer acusado, el despachante de Aduanas Néstor Ramírez. El Tribunal está conformado por los jueces José Waldir Servín, Delio Vera Navarro y Cristóbal Sánchez.
La Cámara de Apelación señala que la pena de 4 años de cárcel impuesta a Ferreira y Godoy son las adecuadas para el caso en particular. El colegiado ha llevado a cabo, en forma efectiva, el proceso de individualización de las penas impuestas, que deben ser útiles y justas, pues se adecuan a las particularidades del caso concreto. Esto atendiendo al marco penal establecido para el hecho punible realizado, y además, se halla dentro de los límites del grado de reproche y conforme a los fines preventivos” indica parte de la resolución de segunda instancia.
En octubre del 2024 un Tribunal de Sentencia condenó a Patricia Ferreira y Nidia Godoy a la pena privativa de libertad de 4 años de cárcel, luego de ser encontradas culpables por los delitos de producción de documentos no auténticos y comercialización de medicamentos no autorizados por la falsificación de facturas de la firma Eurofarma, que posibilitó el ingreso de medicamento de dudosa procedencia a nuestro país.
Los jueces de sentencia mencionaron que “se ha producido la falsificación de las facturas, así como también se falsificaron las guías, que decía país de origen Brasil, pero los documentos originales presentados como pruebas indican que los medicamentos provienen de China, la India y México, y una de Colombia. Hubo una manipulación de los representantes de Imedic”.
Un tribunal de sentencia en mayoría condenó a solo dos años de cárcel a Ricardo Guerrero, distribuidor de droga, quien había sido detenido en el barrio Loma San Jerónimo de Asunción con 262 gramos de cocaína. Foto: Gentileza
Condenan a solo dos años de cárcel a distribuidor de droga
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El Tribunal de Sentencia en mayoría, integrado por los jueces Olga Ruíz, Celia Salinas y Víctor Alfieri, condenó a solo dos años de cárcel con suspensión de la ejecución a Ricardo Daniel Guerrero, quien es considerado uno de los principales distribuidores de droga en el barrio San Jerónimo y que sería uno de los integrantes del clan Rotela.
Los jueces de sentencia que votaron por la leve condena son Olga Ruiz y Celia Salinas, mientras que el magistrado Víctor Alfieri voto por una condena más elevada atendiendo a la gravedad del hecho acusado.
Las magistradas en mayoría hicieron lugar a lo planteado por la defensa y cambiaron su conducta al carácter de cómplice, es decir bajo el artículo 30 del Código Penal, haciendo hincapié en su condición de adicto a las drogas, por lo que solo condenaron a dos años de cárcel.
En la acusación, el Ministerio Público detalla que en marzo de 2023, Guerrero fue detenido en un procedimiento efectuado por agentes de la Secretaría Nacional de Antidrogas (Senad), en el barrio San Jerónimo de Asunción. Al momento de su captura tenía en su poder 262 gramos de cocaína y dinero en efectivo, totalizando 10.000.000, entre otras evidencias, las cuales sustentaron la hipótesis fiscal de que se dedicaba a la comercialización de sustancias estupefacientes.
Durante la etapa de juicio oral, el fiscal Andrés Arriola presentó todos los elementos de prueba que sustentan la responsabilidad del acusado y se pidió la pena de 7 años y 6 meses de cárcel.
El fiscal sostuvo que el argumento de adicción de la defensa no fue documentada en la carpeta por lo que llama la atención la sentencia leve del acusado. Además de la suspensión en la ejecución de la condena, el colegiado ordenó la devolución del dinero en efectivo que fue incautado al momento del procedimiento, actualmente depositado en cuenta de la Senabico.