La fiscal adjunta Soledad Machuca ratificó la salida procesal de la suspensión condicional del procedimiento para la empresaria Liz Paola Doldán y otros procesados por un caso de megaevasión. Foto: Archivo.
Fiscalía ratifica salida procesal leve para acusados por megaevasión
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La fiscal adjunta de Delitos Económicos, Soledad Machuca, ratificó el pedido de suspensión condicional del procedimiento para la empresaria Liz Paola Doldán, procesada por evasión de impuestos y asociación criminal en el marco del caso conocido como megaevasión, donde se realizaban grandes negociados con celulares de alta gama. La mujer había sido sancionada e incluida en la lista negra por los Estados Unidos.
Igualmente están procesados en el presente caso y con pedido de suspensión condicional del procedimiento Vilma González de Doldán, Edison Doldán, Tamara Brunetto Vallet, Manuel Balletbo Cabrera, Charles Edison Doldán, Reinaldo Páez Velázquez y Julio Vera Melgarejo.
Ahora, el juez de Delitos Económicos José Delmas tiene que fijar la fecha para el desarrollo de la audiencia y el referido magistrado no tiene otra opción que hacer lugar al pedido del Ministerio Público sobre la suspensión condicional del procedimiento para los procesados.
En su momento, el Ministerio Público sostuvo que los procesados son accionistas de las firmas Mobile Zone Internacional Import-Export, Excellence Import SA y Tenug Internacional SA, y que entre los años 2017 y 2019 evadieron impuestos por más de G. 5.385.743.435. Otra de las empresas mencionadas en la acusación es P&D Import SA, representada por el acusado Páez Velázquez. En el caso particular de esta firma, el Ministerio Público alega que se realizaron unas 35 transacciones comerciales de importación que generaron una evasión al fisco de G. 6.152.466.740 en concepto de IVA e Iracis.
Caso Berilo: confirman al juez Penal de Garantía Miguel Palacios
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El Tribunal de Apelación ratificó la competencia del juez Penal de Garantía, Miguel Palacios, para que siga siendo el magistrado que lleve adelante el proceso penal que enfrenta Reinaldo “Cucho” Cabaña, y otros acusados por delitos relacionados con el narcotráfico.
Ahora el expediente deberá bajar al juzgado Penal de Garantía para que el referido magistrado pueda fijar una nueva fecha para la realización de la audiencia preliminar, en la que se definirá si el caso se eleva a un juicio oral y público.
Reinaldo Javier Cabaña, alias Cucho, fue aprehendido en Ciudad del Este el 18 de septiembre de 2018 junto a otras 23 personas, en el marco del Operativo Berilo, llevado a cabo por el Ministerio Público y agentes de la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD). El mismo se encuentra procesado por la presunta comisión de los hechos punibles de tráfico de drogas, asociación criminal, lavado de dinero y comercialización de estupefacientes.
La audiencia preliminar para las personas acusadas fue suspendida en más de ocho ocasiones durante todo este proceso por lo que se espera que se pueda llevar adelante la referida diligencia judicial donde se aguarda que el presente caso se eleve a un juicio oral y público.
Acusación
El fiscal adjunto Marcos Alcaraz fue quien presentó la acusación contra Cabaña, por los hechos punibles de tráfico internacional de estupefacientes, tenencia de estupefacientes en el marco de la ley antidrogas, mientras que otros procesados fueron acusados por los hechos punibles de asociación criminal en el marco de la ley antidrogas y lavado de dinero. En el caso están procesadas otras 20 personas más.
Operativo Berilo
El operativo Berilo se realizó en setiembre del 2018 en distintos puntos del departamento de Alto Paraná. Fiscales junto con agentes de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) realizaron más de 20 allanamientos, en los que decomisaron 23 vehículos lujosos, 21 kilogramos de cocaína y alrededor de USD 800.000.
Quema de Colorado Róga: tribunal de sentencia absolvió de culpa y pena a los tres acusados
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Un tribunal de sentencia integrado por los jueces Olga Ruiz, Celia Salinas y Víctor Alfieri, resolvió absolver de culpa y pena a Pedro Areco, Arnaldo Martínez y Enrique Agüero, quienes fueron juzgados por los delitos de producción de riesgos comunes, perturbación de la paz pública, daños a cosas de interés común y daños a obras construidas, en el marco de la investigación por la quema de Colorado Róga.
Los magistrados de sentencia mencionaron que no se pudo comprobar que los acusados participaron de la quema del local de Colorado Róga. Igualmente, mencionaron que no se observaron que las conductas realizadas por los procesados, se hayan adecuado a la descripción de los tipos penales acusados, en consecuencia corresponde la absolución como también el levantamiento de todas las medidas cautelares sobre los mismos y las costas en el orden causado, expresa la determinación adoptada por el tribunal juzgador.
El Ministerio Público tiene la posibilidad de apelar el fallo judicial y en caso de ser así, será un tribunal de apelación el que defina si ratifica la absolución de culpa y pena o anula la misma y ordena que se realice un nuevo juicio oral y público.
Durante los alegatos finales, el Ministerio Público pidió la pena de 6 años de prisión para los tres acusados de la quema de Colorado Róga, hecho ocurrido el 17 de marzo de 2021 en medio de una manifestación contra el Poder Ejecutivo.
Las investigaciones del Ministerio Público se dieron tras el incendio del 17 de marzo de 2021 en la sede de la ANR, ubicada en las calles Tacuary y 25 de Mayo, de Asunción. Los presuntos responsables de la quema del local partidario fueron identificados mediante pericias desarrolladas por los investigadores.
Quema de Colorado Róga: el 5 de noviembre se conocerá la sentencia contra los acusados
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El próximo 5 de noviembre se dará a conocer la sentencia para los tres acusados por la quema de Colorado Róga, en un hecho que había ocurrido en marzo del 2021. En el presente proceso penal están juzgados Pedro Areco, Arnaldo Martínez y Enrique Agüero.
Los procesados fueron juzgados por los hechos punibles de producción de riesgos comunes, perturbación de la paz pública, daños a cosas de interés común y daños a obras construidas o medios públicos de trabajo, tras el incendio a Colorado Róga.
A raíz de los elementos de prueba que se presentaron durante el desarrollo del juicio oral, el Ministerio Público pidió una condena de 6 años para los acusados por los actos vandálicos en la sede de la ANR ocurridos hace tres años. El Ministerio Público sostiene que se tiene suficientes elementos probatorios contra cada uno de los acusados.
El tribunal de sentencia que tiene a su cargo valorar las pruebas ofrecidas en el juicio oral está integrado por los jueces Olga Ruiz, Celia Salinas y Víctor Alfieri.
La quema de Colorado Róga se había registrado el 17 de marzo del 2021 tras el rechazo del juicio político al presidente Mario Abdo Benítez y al vicepresidente Hugo Velázquez. La sede incendiada está ubicada sobre las calles Tacuary y 25 de Mayo, en la ciudad de Asunción.
Es de mencionar que los hechos ocurrieron en el día 11 de las protestas en contra de las autoridades del Gobierno nacional en ese entonces, en medio de la crisis generada por la pandemia del coronavirus. Fue uno de los días con mayor descontrol y violencia por parte de este grupo.
El incendio de la sede partidaria afectó a estudiantes residentes de Colorado Róga, causando destrozos a sus pertenencias. Los manifestantes ingresaron a la ANR hasta que la policía antidisturbios se encargó finalmente de dispersarlos.
Ratifican condena de 30 años de cárcel por tortura para excomisario
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Un tribunal de apelación en mayoría integrado por Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y Arnulfo Arias, ratificó la condena de 30 años de cárcel para el excomisario Eusebio Torres, quien fue sentenciado tras ser encontrado culpable del hecho de tortura. Ahora la defensa del condenado tiene la posibilidad de poder recurrir a la Corte Suprema de Justicia.
Actualmente el condenado está cumpliendo su condena bajo el régimen de arresto domiciliario debido a que tiene 88 años de edad. Durante el juicio, quedó demostrado que Eusebio Torres Romero sometió a torturas físicas y psicológicas a los hermanos Carlos y Luis Alberto Casco, y a Teresa de Jesús Aguilera.
Torres Romero era el jefe del Departamento de Investigaciones de la Policía Nacional durante el gobierno de Alfredo Stroessner. Los hechos ocurrieron en abril de 1976. Los relatos durante el juicio indican que Carlos Casco recibió diversas agresiones físicas y sociológicas tras su detención y posterior traslado en una embarcación hasta el Departamento de Investigación de Delitos de la Policía Nacional, donde permaneció privado de libertad.
El tribunal que dictó este histórico fallo estuvo integrado por los jueces Juan Francisco Ortiz, Rossana Maldonado y Manuel Aguirre y al inicio de la lectura de la sentencia hablaron de que los crímenes de lesa humanidad no prescriben.
El colegiado aplicó la pena máxima tras analizar las pruebas y testificales que hallaron culpable a Torres Romero de los crímenes de lesa humanidad. Debido a la avanzada edad del condenado, este no irá a prisión y gozará de arresto domiciliario, especialmente mientras quede firme la condena, con posibilidad de salir de su casa en caso que tenga problemas de salud.