El Ministerio Público apeló la resolución del juez Julián López, quien otorgó el arresto domiciliario a René Olmedo y pidió que el imputado vuelva a prisión. Foto: Gentileza.
Agresión en discoteca: Fiscalía insiste en enviar a prisión a René Olmedo
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La agente fiscal Natalia Cacavelos apeló la resolución del juez Julián López, quien otorgó el arresto domiciliario a René Olmedo, imputado por lesión grave por arrojar una copa de vidrio que causó una herida a la joven Nara Ledesma, hecho registrado dentro de una discoteca de Asunción. La representante del Ministerio Público pide al tribunal de apelación revocar la determinación del juez López y que el imputado vuelva a la cárcel de Emboscada.
Ahora el caso será analizado por un tribunal de apelación, que tendrá que decidir si confirma la determinación adoptada por el magistrado de garantías o revoca y ordena que Olmedo vuelva a prisión.
Días atrás, el juez penal de Garantías Julián López otorgó el arresto domiciliario a Olmedo. El referido magistrado sostuvo en su resolución que existe un acercamiento del abogado del imputado con el representante legal de la joven donde se podría llegar a un acuerdo para que el procesado pueda cubrir todos los gastos médicos y otros que realizó la víctima del hecho. Igualmente, el imputado pidió disculpas a la joven.
Asimismo, el juez López impuso una fianza real, es decir un inmueble por valor de G. 2.000 millones, más la fianza de los padres del imputado que suman G. 1.000 millones, totalizando así G. 3.000 millones de fianza real y personal.
El caso sucedió en la discoteca Morgan, ubicada en Asunción, donde una joven que se encontraba bailando fue herida por un hombre que le arrojó una copa de vidrio contra la cabeza, lo que le produjo graves cortes. Nara Ledesma es la joven que resultó víctima y utilizó sus redes sociales para contar el hecho.
El Ministerio Público apeló la leve condena de 4 años de cárcel para Patricia Ferreira y Nidia Godoy, representantes de la firma Imedic S.A. Foto: Aldo Ynsfrán
Imedic: fiscalía apeló leve condena de Patricia Ferreira y Nidia Godoy
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Los fiscales Néstor Coronel y Luz Guerrero apelaron la leve condena de solo 4 años de cárcel de Patricia Ferreira y Nidia Godoy, representantes de la firma Imedic S.A.
Estas personas fueron juzgadas y encontradas culpables por los delitos de producción de documentos no auténticos y comercialización de medicamentos no autorizados por la falsificación de facturas de la firma Eurofarma. Esta empresa había permitido el ingreso de medicamentos de dudosa procedencia a nuestro país. Igualmente, se apeló la absolución del delito de asociación criminal.
Los representantes del Ministerio Público piden anular el fallo dictado por un tribunal de sentencia y a su vez que se realice un nuevo juicio oral atendiendo a la gravedad del presente caso y a la participación de las condenadas en el suceso. Del mismo modo, la fiscalía apeló la absolución de culpa y pena del despachante de aduanas Néstor Ramírez, quien también estuvo sentado en el banquillo de los acusados.
Los fiscales sostienen que se violó abiertamente los principios de razonamiento adecuado debido a que el tribunal de sentencia resolvió absolver a los tres procesados en el marco del hecho acusado de asociación criminal. Igualmente, señalaron que existe falta de fundamentación en cuanto a la pena de 4 años de cárcel para Ferreira y Godoy.
Durante la exposición de sus alegatos finales, el Ministerio Público solicitó para Patricia Ferreira la pena de 7 años de cárcel; para Nidia Godoy, 6 años de pena privativa de libertad y para el despachante Néstor Ramírez, la pena de 3 años de cárcel.
Los fiscales mencionaron que los acusados jugaron con la salud de la ciudadanía. Igualmente, los representantes del Ministerio Público sostienen que se comprobó que los acusados falsificaron facturas para que puedan ingresar medicamentos a nuestro país sin los controles correspondientes.
Ratifican prisión de Elián López, quien arrojó una copa de vidrio a una joven que perdió el ojo
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El Tribunal de Apelaciones integrado por los jueces Delio Vera Navarro, José Agustín Fernández y Bibiana Benítez, ratificó la prisión preventiva Elián López Torres, imputado por el delito de lesión grave, tras arrojar una copa de vidrio a la joven Dahiana Benítez, ocasionándole la pérdida de un ojo, en un local nocturno. De esta manera, se confirma la resolución del juez penal de Garantía Rolando Duarte, quien había decretado la prisión del imputado.
Los camaristas mencionaron que existe aún el peligro de fuga en el presente caso, así como peligro de obstrucción de la investigación del Ministerio Público, por lo que corresponde ratificar la prisión del imputado, refiere la resolución judicial.
La defensa del procesado había apelado la resolución judicial tratando de que el tribunal de apelación pueda revocar la determinación del juzgado de Garantía y el imputado pueda estar en arresto domiciliario, pero tal situación no se generó y el joven seguirá privado de su libertad.
De acuerdo a la imputación del Ministerio Público, el joven había arrojado una copa de vidrio a la víctima, quien acabó perdiendo un ojo luego del impacto de dicho objeto contra su rostro.
Por su parte, los familiares de la joven víctima del hecho piden justicia por el grave suceso que se registró y que el presente caso no quede impune.
Un tribunal de sentencia integrado por los jueces Olga Ruiz, Celia Salinas y Víctor Alfieri, resolvió absolver de culpa y pena a Pedro Areco, Arnaldo Martínez y Enrique Agüero, quienes fueron juzgados por los delitos de producción de riesgos comunes, perturbación de la paz pública, daños a cosas de interés común y daños a obras construidas, en el marco de la investigación por la quema de Colorado Róga.
Los magistrados de sentencia mencionaron que no se pudo comprobar que los acusados participaron de la quema del local de Colorado Róga. Igualmente, mencionaron que no se observaron que las conductas realizadas por los procesados, se hayan adecuado a la descripción de los tipos penales acusados, en consecuencia corresponde la absolución como también el levantamiento de todas las medidas cautelares sobre los mismos y las costas en el orden causado, expresa la determinación adoptada por el tribunal juzgador.
El Ministerio Público tiene la posibilidad de apelar el fallo judicial y en caso de ser así, será un tribunal de apelación el que defina si ratifica la absolución de culpa y pena o anula la misma y ordena que se realice un nuevo juicio oral y público.
La Policía Nacional logró la detención de Heriberto Antonio Duarte Martinetti, imputado por el hecho punible de estafa. El mismo contaba con orden de captura firmada por la jueza penal de Garantía de Lambaré, Gladys María Fariña.
El imputado no se presentó al llamado de la Justicia y por ende la referida magistrada declaró la rebeldía y ordenó la captura de Duarte Martinetti, quien tendrá que acudir hasta un juzgado de Garantía para la audiencia de imposición de medidas cautelares, donde se definirá si será remitido a la cárcel de Tacumbú o será beneficiado con medidas sustitutivas a la prisión.
La fiscala Laura Romero formuló imputación contra Heriberto Duarte por el delito de estafa atendiendo a que el 18 de agosto del 2020, el señor Darío Ramón Mongelós realizó una transacción comercial con el hoy imputado, quien le ofreció una camioneta Toyota Hilux año 2020 por la suma de US$ 65.000, pero al momento en que la víctima de la estafa exigió a Duarte Martinetti la transferencia del rodado, este se hizo del desentendido y no se pudo realizar la transferencia atendiendo a que la camioneta contaba con demandas judiciales y ejecución de prenda.
Igualmente, el imputado ofreció otro rodado a la víctima, pero igualmente fue grande la sorpresa cuando tampoco se pudo transferir el vehículo porque tenía orden de embargo de la concesionaría. Según la fiscalía se tiene un perjuicio de US$ 91.000.
El Ministerio Público pidió seis meses para poder presentar el requerimiento conclusivo, es decir poder presentar la acusación correspondiente contra el imputado.