Una víctima de violencia familiar denuncia que la Policía Nacional no cumple con una orden judicial en contra de su pareja, quien aún no abandona la vivienda y sigue amenazando a la mujer. El escenario de esta grave denuncia de incumplimiento por parte del brazo ejecutor de la Justicia, se presenta en un domicilio de la calle La Merced del barrio La Merced de la ciudad de San Antonio, Central.

El mandato judicial emanado por el Juzgado de Paz de dicha ciudad, abogada María Laura González Rolón, se dirige claramente al jefe de la comisaría 24 Central, de conformidad a la Ley N° 4992/13, a los efectos de precautelar la integridad de la víctima de violencia familiar, Blanca Rossana Mendoza Centurión.

Foto: Gentileza.

Te puede interesar: Extranjero buscado por EEUU guardará prisión en la Agrupación Especializada

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Sin embargo, la orden judicial hasta ahora no fue cumplida por los uniformados de dicha comisaría en contra del acusado identificado como César Augusto Luna Baum.

El incumplimiento efectivamente pone en riesgo la integridad física y psicológica de la demandante, quien incluso apoyada por un mandato legal sigue sufriendo distintos tipos de amenazas en la casa que el hombre no demuestra intención de abandonar.

Luna Baum sigue desobedeciendo una orden de exclusión del hogar ya que hasta la fecha no salió del domicilio donde también reside su pareja, cuando que existe una prohibición de acercamiento a la víctima a una distancia de 500 metros a la redonda y de los lugares donde frecuenta la mujer.

Lea también: Captura de Kassen Mohamad Hijazi: “Son dos años de investigación previa”, dijo fiscal

El documento del Juzgado ordena como medida urgente de protección y seguridad para la víctima, llamativamente la policía jurisdiccional sigue sin intervenir cuando las medidas se otorgan con carácter de protección y seguridad, de conformidad al art. 2do inciso B) y F) de la Ley 1600/00, debiendo ser exhibida ante cualquier autoridad policial, en este caso al puesto policial N° 009 del barrio San Jorge de esta ciudad de conformidad al art. 3ro inciso a) y d) de la Ley 1600/00.


Déjanos tus comentarios en Voiz